Tratado doce
Del segundo precepto del Decálogo
Habiendo ya tratado del voto, lo haremos inmediatamente del juramento, que es otro acto de la Religión, y por el cual se toma el nombre de Dios en confirmación de la verdad. Por lo mismo pertenece al segundo precepto del Decálogo. Su noticia es muy necesaria a los Confesores en especialidad, por la demasiada frecuencia de perjurar, o por lo menos de jurar. Del juramento trata el Angélico Doctor inmediatamente después del voto 2. 2. q. 89. en diez artículos.
- Cap. I. Del Juramento
- Punto I. Naturaleza, y división del Juramento
- Punto II. De las diversas formulas con que suelen hacerse los juramentos
- Punto III. De los requisitos, para que sea lícito el juramento
- Punto IV. Del ánimo y certidumbre que se requieren para el juramento
- Punto V. De la justicia, y juicio del juramento
- Punto VI. De la verdad del juramento promisorio
- Punto VII. De la obligación, y materia del juramento
- Punto VIII. De la mala costumbre de jurar
- Punto IX. De cuando el juramento confirma el contrato
- Cap. II. De algunos juramentos particulares
- Punto I. Del juramento anfibológico
- Punto II. De otros juramentos particulares
- Punto III. De qué manera cesa la obligación del juramento
[ Compendio moral salmaticense · Pamplona 1805, tomo 1, página 343 ]