Leonardo Lesio SJ 1554-1623
Famoso teólogo y moralista de los Países Bajos Españoles, soldado de la Compañía de Jesús, catedrático de teología de la Universidad de Lovaina, maestro de Cornelio a Lapide y de Egidio de Coninch, quien le sucede en esa cátedra. Nace en 1554 en Brecht, pueblo de Brabante a seis leguas de Amberes. En 1572, a los diecisiete años, es captado por la Compañía de Jesús, realizando sus estudios en Douai (cuya universidad, fundada en 1562 por Felipe II, era un bastión ideológico católico especializado en combatir los errores protestantes: en 1570 el prudente Duque de Alba había tenido que prohibir a los jóvenes flamencos la tentación de estudiar en otras universidades que no fuesen las católicas de Lovaina y Douai), que comparte con la enseñanza de los grados elementales de filosofía. Ordenado presbítero, en 1582 es enviado a Roma, para estudiar Teología, bajo la dirección de Agustín Justiniani y de Francisco Suárez, mientras ejercía como repetidor de filosofía en el Colegio Inglés. Influido doctrinalmente por Suárez, al ser destinado en 1585 a Lovaina como profesor de Teología, junto con el también jesuita Hamel, comienzan a difundir allí públicamente las nuevas doctrinas sobre la predestinación y la gracia. «La Universidad de Lovaina, por instigación del propio Bayo, que entre sus doctores tenía numerosos partidarios, comenzó a examinar con mucho detenimiento los escritos de los nuevos profesores de teología de la Compañía de Jesús, por si en ellos podía encontrarse algo merecedor de censura. Así, a continuación atacó a Lessio y Hamel, que se contaban entre los primeros y más conocidos teólogos de la Compañía, de la que la Universidad se mostraba claramente celosa; examinó sus escritos y censuró treinta proposiciones, entre las que había una sobre la gracia suficiente. A esta censura le siguió una segunda por parte de la Universidad de Douai, que es “hija” de la Universidad de Lovaina. Seguidamente, las dos pidieron de manera conjunta a la Facultad de Teología de París que hiciese lo mismo, a lo que esta última se negó categóricamente. Más aún, destacados teólogos y obispos belgas también se declararon contrarios a la censura lovaniense, por considerarla injusta: entre otros, Juan de Stryen, obispo de Middelburg; Tomás Stapleton, famoso autor de las Controversias; Octavio Frangipani, obispo de Colazzo y nuncio del Papa; y algunos otros teólogos muy importantes. Entre tanto, el P. Lessio envió las proposiciones condenadas por la Universidad de Lovaina, al papa Sixto V, sometiéndose a su juicio. Este Papa, que tanto sobresalía por su erudición, reunió a los cardenales y, tras una discusión larga y minuciosa, aprobó todas esas proposiciones como artículos de sana doctrina y encargó a su nuncio y legado, al que ya hemos mencionado, que diese a conocer esta su opinión y que, bajo pena de excomunión, ordenase que nadie condenase…» (Habert, apud Gerhard Schneemann [1829-1885], Origen y desarrollo de la controversia entre el tomismo y el molinismo [1879-1880], traducción, estudio preliminar y notas por Juan Antonio Hevia Echevarría, Fundación Gustavo Bueno, Oviedo 2015, página 215). La decisión de Roma favorable a Lesio fue publicada en Lovaina el 10 de Julio de 1588, por orden del nuncio Octavio Frangipani. «Quesnel y Gerberon publicaron cada uno una Apología histórica de la censura, pero fueron condenadas por el papa Inocencio XII en 1697. Lesio hizo declarar también la ortodoxia de sus proposiciones por las universidades de Maguncia, Tréveris e Ingolstadt.» Ver más abajo la versión del cismático y jansenista Cornelis van Riel, en su Historia de las Congregaciones de auxiliis: “§9. La controversia en la Universidad de Lovaina. Lessio y Hamel.”
En 1605 queda impresa en Lovaina su obra más importante, De iustitia et iure cæterisque virtutibus cardinalibus, libri IV, comentarios a las virtudes cardinales de la secunda secundæ de Santo Tomás, cuestiones 47 a 171. Va dedicada al “Serenissimo et potentissimo principi Alberto austriaco, archiduci Austriæ, duci Burgundiæ, Brabantiæ, Geldriæ, et totius Belgicæ dynastæ, &c.” (es decir, al nieto de Carlos I de España que, tras haber sido Canciller Mayor de Castilla, Inquisidor general de Portugal, Arzobispo de Toledo y Gobernador General de los Países Bajos, había renunciado en 1598 al hábito, para matrimoniar con su prima hermana Isabel Clara Eugenia, hija de Isabel de Valois y Felipe II, quien traspasa al matrimonio la soberanía de los Países Bajos, que revierten en 1621 a la Corona Española, al morir Alberto sin sucesor, dos años antes que Lesio, quedando Isabel Clara Eugenia como Gobernadora de los Países Bajos hasta su muerte en Bruselas en 1633), que Lesio firma en día bien preciso: “Lovanii ex Collegio Societatis Iesu, 28 Augusti, ipso die S. Augustini, 1605”. Siguen tres composiciones poéticas dedicadas a Lesio y su obra: cinco versos de su colega y amigo Justo Lipsio (muerto un año después); un poema de 49 versos del profesor en Douai y jesuita Jacobus Bonfrerius (1573-1642), y una oda pindárica con estrofas, antistrofas y epodas a dos columnas, en griego y en latín, del jesuita Petrus Bovillius (1575-1641). Dos aprobaciones: la del superior, Oliverius Manareus (1523-1614), visitador jesuita en Bélgica, autorizado por el general Claudio Acquaviva, dada el 15 diciembre 1603; y la del censor, Guilielmus Fabricius (1560-1634). Y dos privilegios: el cesáreo de Rodolfo II (educado en Madrid junto a su tío Felipe II) “electi Romanorum Imperatoris”, dado en Praga “per totum Romanum Imperium” el 3 marzo 1605; y el archiducal de Alberto e Isabel Clara Eugenia, dado en Bruselas el 26 marzo 1605.
De iustitia & iure… de Lesio había de conocer dos docenas de ediciones íntegras (más algunas en compendio). De las que disponemos, nos hemos entretenido mirando sus circunstancias político editoriales: ¶ París 1606 (ex officina Rolini Thierry). ¶ Venecia 1608 (apud Bernardum Iuntam; dedicatoria al senador Andrea Mauroceno, Lipsius, Bonfrerius, Bovillius, Manareus y Fabricius). ¶ Amberes 1609 (ex officina Plantiniana; editio secunda, auctior et castigatior; Alberto, Lipsius, Bonfrerius, Bovillius, Manareus, Fabricius, privilegio cesáreo de 1605, nuevo privilegio archiducal en el que ahora Alberto e Isabel Clara Eugenia destacan su condición de “Principum Belgarum”, dado en Bruselas el 30 marzo 1609). ¶ París 1610 (ex typographia Rolini Thierry; editio secunda, auctior et castigatior; Alberto, Lipsius, Bonfrerius, Bovillius, Manareus, Fabricius; privilegio de Ignatius Armandus, provincial provincia SI de Francia, dado en París 10 febrero 1610). ¶ Amberes 1612 (ex officina Plantiniana). ¶ París 1613 (ex typographia Rolini Thierry). ¶ Milán 1613 (apud hær. Pacifici Pontii; editio tertia, auctior et castigatior; dedicatoria de Io. Baptista Piccalea a D. Iulio Aresio; Lipsius, Bonfrerius, Bovillius, Manareus, Fabricius; Imprimatur: Frater Aloysius Bariola & Gulielmus Vidonus). ¶ Milán 1613 (apud hær. Pietro Martire Locarno). ¶ Amberes 1617 (ex officina Plantiniana; editio quarta, auctior et castigatior; Alberto, Lipsius, Bonfrerius, Bovillius, Manareus, Fabricius, Rodolfo II; “Principum Belgarum”, Alberto & Isabel Clara Eugenia, dado en Bruselas 17 enero 1612). ¶ Venecia 1617 (apud Andrea Baba). ¶ París 1618 (ex typographia Rolini Theodorici, editio quarta, auctior et castigatior; Alberto, Lipsius, Bonfrerius, Bovillius, Manareus, Fabricius, Armandus). ¶ Milán 1618 (apud Giovanni Battista Bidelli). ¶ Amberes 1621 (ex officina Plantiniana; editio quinta, cum Appendice de Monte Pietatis; portada grabada por Rubens; Alberto, Lipsius, Bonfrerius, Bovillius, Manareus, Fabricius; “Privilegii cæsarei” renovado por Matías, sucesor de su hermano Rodolfo II, dado en Praga el 1 septiembre 1617; privilegio “Principum Belgarum” 17 enero 1612). ¶ León de Francia 1622 (sumptibus Ludocivi Prost; cum Appendice de Monte Pietatis; grabado portada “M. Lasne invent et fecit” representando al papa Gregorio XV y a Luis XIII de Francia; dedicatoria a Dionysio de Marquemont, Lipsius, Bonfrerius, Bovillius; aprobación Ioannes Claudius de Ville de 3 abril 1622; Licencia de Iannes Forerius, prepósito provincial jesuita lugdunense, 4 abril 1622). ¶ León de Francia 1622 (sumptibus Claudii Larjot; editio novissima, cum Appendice de Monte Pietatis; grabado de portada de Pedro Pablo Rubens; Alberto, Lipsius, Bonfrerius, Bovillius, Manareus, Fabricius; aprobación Robertus Berthelot 28 abril 1622; tres autorizaciones: Menardo, De Pomey, De Chaponat, fechadas el mismo día: Lugdunum 29 abril 1622). ¶ Venecia 1625 (apud Andrea Baba). ¶ Amberes 1626 (ex officina Plantiniana). ¶ París 1628 (apud Ioannem Fouët & alii; editio ultima, aucta et emendata; Alberto, Lipsius, Bonfrerius, Bovillius, Manareus, Fabricius). ¶ León de Francia 1630 (sumptibus Claudii Larjot). ¶ Amberes 1632 (ex officina Plantiniana; editio septima; grabado de Rubens, Alberto, Lipsius, Bonfrerius, Bovillius, Manareus y Fabricius; privilegio cesáreo de 1617, y el de Alberto & Isabel Clara Eugenia de 1612). ¶ León de Francia 1653 (sumptibus Philippi Borde; Typographus lectori benevolo, Lipsius, Bonfrerius). ¶ Brescia 1696 (sumptibus Dominici Grumi; post varias impressiones editio prima Brixiana; dedicatoria del editor a Ioanni Baptistæ Cardinali Rubino; Lipsius, Bonfrerius, Bovillius [pero sin el griego], Manareus, Fabricius). ¶ Venecia 1734.
Que sepamos, no se llegó a imprimir De iustitia & iure… en España, aunque sí se editaron otras obras de Lesio en latín (en 1610 en Barcelona: De gratia efficaci decretis divinis libertate arbitrii et præscientia Dei; en 1611 en Zaragoza: Defensio potestatis summi pontificis, obra luego prohibida), y al menos tres de sus textos fueron traducidos y publicados en español: el Tratado para hacer buena eleccion de estado, traducido por el jesuita flamenco Pedro de la Porta, formado en Salamanca y muerto en Arévalo (impreso en 1624 en Pamplona por Juan de Oteyza, el mismo impresor que seis años después publica el Examen de confesores de Antonio Escobar, que liba de él –“Toledo, Tomás Sánchez, Reginaldo, Egidio, Azor y Lesio”– y le incluye en 1644 entre los “Viginti quatuor Societatis Iesu Doctores, quibus libri Theologiæ Moralis septem signacula reserantur”); los Nombres de Dios, opúsculo espiritual y póstumo (Sevilla 1682) y, cien años después, su obrita de autoayuda presuntamente salutífera: La sobriedad y sus ventajas (Madrid 1782), de la que ya dudaba Feijoo medio siglo antes.
1672 «Petrus de la Porta, si Hispanus est, Iesuitarum sodalis, transtulit nostrate linguam: Leonardi Lessii, De Statu vitae deligendo libellum.» (Nicolás Antonio, Bibliothecæ Hispanæ, Roma 1672, tomus secundus, pág. 184.)
1676 «Leonardus Lessius natione Belga, patria Brechtanus in Brabantia, tenui loco natus Calendis Octobris anno salutis 1554. […]» (Pedro Ribadeneira & Nathanaele Sotuello, Bibliotheca Scriptorum Societatis Iuesu, Roma 1676, págs. 550-554.)
Lesio en la Práctica del confesonario (1690) de Jaime de Corella
C1 90 citas (13 recurrentes con 24 menciones)
C2 24 menciones a 14 autores: Adriano 2, Angelo, Cayetano 3, Cordova, Lyra, Medina, NavarraPedro 2, Navarro 4, Sà, Sánchez, Silvestro, Solonio, Soto 4 y Toledo.
C3 38 alusiones de 14 autores: Barbosa, Baseo 3, Bonacina, Caspense, Castropalao, Diana 9, Fagundez 5, Layman 2, LeandroSS 3, Murcia 4, SánchezT, Torrecilla 1, Trullench 3 y Villalobos 3.
1726 «El doctísimo Jesuita Leonardo Lesio, que tradujo de Italiano en Latín el Tratado de Cornaro, dejándose persuadir de él, se estrechó a la misma dieta; pero no vivió más de sesenta y nueve años, y ésos con hartas incomodidades. A un hombre, que comiendo, y bebiendo con tanta escasez vivió cien años, o muy pocos más, podríamos oponer un largo catálogo de aquellos, que sin estos escrúpulos en el modo de tratarse, vivieron muchos más años.» (Feijoo, “Régimen para conservar la salud”, Teatro crítico universal, tomo primero, discurso sexto, punto 21.)
1743 «Hacia el año de 1611 salió a luz el primer tomo del P. Tomás Sánchez sobre el Decálogo. Este muchas veces da en el extremo de las opiniones anchas: defiende el Probabilismo en toda su extensión: sostiene el uso de la opinión menos probable en la administración de los Sacramentos, medicina de los cuerpos, y en materia de justicia. Como valiente teólogo, y agudo dialéctico, comprendía muy bien, que los principios del sistema probabilístico, o concluyen en toda materia, o en ninguna concluyen. Por lo que enseña, que los infieles persuadidos de la probabilidad de su secta, no están obligados a abrazar la Religión Católica, aunque la reconozcan por más probable, y mas verosímil. Cita por patronos del Probabilismo diez y siete autores, todos españoles, a reserva del Padre Lessio, flamenco, y del Padre Sairo, inglés. No hay en su catalogo, ni italianos, ni alemanes, ni franceses. De modo que, según se colige de Comitolo, y de Sánchez, Diana, y otros probabilistas, su probabilismo se estuvo encerrado en el nido, en que nació, por espacio de cerca de cuarenta años; o a lo menos hizo poco progreso en otros países.» (Daniel Concina, O. P., Historia del probabilismo y rigorismo [1743], traducida al español por Matías Joaquín de Imaz, Madrid 1772, tomo 1, página 11.)
1788 «Petrus de la Porta, Antuerpiensis Jesuita, vertit e Latino in Hispanum: El Tratado para hacer buena eleccion de estado, del Padre Leonardo Lesio, Pampelone 1624, in 8.» (Nicolás Antonio, Bibliotheca Hispana Nova, Madrid 1788, tomo 2, pág. 363.)
1846 «Lesio (Leonardo), jesuita flamenco, murió en 1623; tenemos de él Tesis teológicas muy célebres, y un sabio tratado De justitia et jure actionum humanarum, lib. IV, del que hacía gran aprecio San Francisco de Sales.» (Bergier-Monescillo, Diccionario de Teología, Madrid 1846, t. IV, pág. 555.)
1861 «Porta, Pierre de la, né à Anvers, entra dans la Compagnie à Salamanque, après avoir fréquenté pendant deux ans le cours de droit civil. Il mourut saintement à Arevalo, le 7 juin 1628. 1. El Tratado para hacer buena eleccion de estado, del Padre Leonardo Lesio, Pamplona 1624, in 8. Valladolid 1628, in 12. Sotwel, Antonio, Paquot.» (Agustin & Alois de Backer, Bibliotheque des écrivains de la Compagnie de Jésus, Liége 1861, 6:456.)
1862 «Lessius (Leonardo) célebre jesuita. Nació en Brechtan, antiguo pueblo del Brabante, el 1º de Octubre de 1554 de una familia muy distinguida. Desde su más tierna edad descubrió unos sentimientos tan piadosos, que sus condiscípulos le llamaban el Profeta. Esta bella inclinación iba acompañada de una pasión inextinguible al estudio, de modo que a menudo se olvidaba de la comida y se privaba de las horas necesarias de descanso por no abandonar sus libros. Cuéntase que cuando el frío entumecía sus manos tiernecitas calentábaselas a la luz de la lámpara por no distraerse yendo a la lumbre del hogar. Huérfano a los seis años, se vio obligado a interrumpir sus estudios; y solo a duras penas pudo obtener de su tutor el permiso de continuarlos. Habiendo alcanzado una beca en el colegio de Arras de la ciudad de Lovaina, hizo tan grandes progresos en las ciencias, que fue proclamado Príncipe de los filósofos. Con esta fama, adquirida ya a la edad de diez y siete años, entró en la Compañía de Jesus el 23 de Junio de 1572. Dos años después enseñaba filosofía en Douai, y en 1578, obligado por las escisiones religiosas que desolaban los Países Bajos a viajar de incógnito para sustraerse del furor de los reformados, contrajo en un pueblo una dolorosa enfermedad que no le abandonó hasta el último de sus días. Restablecida la tranquilidad, Lessius volvió a ocupar su puesto enseñando filosofía en Douai por espacio de siete años. Después fue ordenado de sacerdote, y pasó a Roma a estudiar teología bajo la dirección de los Padres Agustín Justiniani y Francisco Suárez. En 1585 volvió a Lovaina para dar lecciones públicas de esta ciencia. Seis proposiciones sacadas de sus cuadernos y que encerraban todo lo más esencial de su doctrina sobre la Escritura Sagrada, la Predestinación y la Gracia fueron amargamente censuradas, con otras proposiciones de Hamelius, por las universidades de Lovaina y de Douai en 1587 y 1588, como contrarias a la doctrina de Sto. Tomas y sospechosas de semipelagianismo. Lessius apeló a Roma; y Sixto V, dice Feller, después de haber hecho examinar las proposiciones por una congregación, las declaró Sanæ doctrinæ articuli, y anuló la censura. Este juicio de la Sede Apostólica fue publicado en Lovaina por orden del nuncio Octavio, obispo de Cajazzo, el 10 de Julio de 1588. Quesnel y Gerberon publicaron cada uno una Apología histórica de la censura, pero fueron condenadas por el papa Inocencio XII en 1697. Lessius hizo declarar también la ortodoxia de sus proposiciones por las universidades de Maguncia, Tréveris e Ingolstadt. Puede verse ampliamente relatado este asunto en el libro de Habert, obispo de Vábres, titulado: De la defensa de la fe sobre la Gracia, cap XIV, part. III. Este sabio jesuita asistió a la sexta congregación general de su Orden, y a la séptima que se celebró en Roma. Murió en Lovaina el 15 de Enero de 1623 en tan buena opinión y tan sentidamente llorado, que el pueblo se disputó sus cabellos y cuanto le pertenecía, o se hallaba al servicio inmediato de su persona. Fue sepultado delante del altar mayor de la iglesia de su colegio, donde había enseñado por el largo espacio de treinta y ocho años con extraordinaria reputación. Desempeñó del modo más honorífico los cargos de visitador y definidor de su provincia; y los colegas más distinguidos le pedían siempre su consejo en los asuntos más arduos. Cuando Lessius era, pues, consultado, su opinión formaba siempre autoridad. El Papa le nombró gran penitenciario; y después de su muerte Urbano VIII consignó en un brillante testimonio el valor que daba a su mérito. La Imago primi seculi Soc. Jesu hace de él un elogio pomposo, diciendo que por su intercesión el Señor obró muchos milagros; pero quien habla con más encomio de este virtuoso y sabio jesuita es el autor del libro, De vita et moribus R. P. Leonardi Lessii, reimpreso en París, 1644, en 4º. Sus principales obras han sido reunidas en dos tomos, en folio, Amberes, 1625 y 1630; París, 1655. Las principales de Lessius son las siguientes:
1ª: De Justitia et jure actionum humanarum, cæterisque virtutibus cardinalibus, libri quatuor de la cual se han hecho siete ediciones: las mejores son las de Amberes, 1621, y Lion, 1653, en fol. Esta producción ha sido el caballo de batalla de los teólogos, y juzgada distintamente por altas autoridades de la Iglesia Católica. Nosotros sin entrar en el debate, consignaremos aquí que Labouderie dice, que las Facultades de teología, los obispos de Francia y los Soberanos Pontífices han censurado algunas proposiciones sacadas de este libro sobre el robo, el homicidio, el adulterio, la mentira, la usura, el contrato de Mohatrería, &c., al paso que el abate Feller afirma, que esta obra fue muy apreciada de San Francisco de Sales, como se demuestra por una carta de este gran Santo que trascribe y que nosotros trasladamos aquí por nota. El original de esta carta, añade, se conservó hasta 1773 en el colegio de jesuitas de Amberes; y precisamente en ella se declara el Santo obispo partidario de Lessius sobre la Predestinación y la Gracia. {1. Habiendo el P Gravesson, dice Feller, negado la realidad de esta carta, se hizo grabar el original en 1729 con la mayor exactitud, y se circularon con profusión muchas copias por todas partes. La que transcribimos es sacada, continua este abate, de una que ha llegado a nuestras manos; pues empiezan a ser muy raras: “Admodum reverende […]”.}
2ª: Dissertatio de Montibus pietatis, impresa en París y Lion, 1730. La edición de esta última ciudad es más apreciada.
3ª: Appendix de licito usu æquivocationum et mentalium restrictionum, contra Juan Barnés. Estas tres obras forman el primer tomo de la edición de Lessius.
4ª: De gracia efficati decretis divinis libertate arbitrii et præscientia Dei conditionali disputatio apologética. Aun cuando el Padre Lessius, no es de los que más acuden a la eficacia de la Gracia, sin embargo no puede negarse que cree en ella; pues así lo demuestra el obispo de Meaux en su Defensa de la tradición de los Santos Padres, lib. X, 27.
5ª: De predestinatione, et reprobatione, angelorum, et hominum, item De prædestinatione Christi disputationes, II.
6ª: Quæ fides et religio sit capessenda, consultatio; cum appendice quá quæstionibus quibusdam quæ ipsam consultationem spectant respondetur, Amberes 1610. De esta obra existen dos traducciones francesas: una de Martin Cristóbal, y otra de Drouet de Maupertuy.
7ª: Hygiasticon seu de verá ratione valetudinis bonæ et vitæ, una cum sensuum, judicii et memoriæ integritate ad extremam senectutem conservandam, Amberes 1613 y 1614, en 8º, con un tratado titulado: Luigi Cornaro, ó vero discorsi della vita sobria, traducido al latín por Lessius. Sebastián Hardy tradujo ambas obras en francés con este título: Verdadero régimen para conservar la salud del cuerpo y del alma, París 1646, en 12º. La Bonnodiere la enriqueció con notas, reproduciéndola en francés con este título: De la sobriedad y sus ventajas, París 1701, en 12º. Lessius se hallaba en la flor de su edad cuando los médicos le pronosticaron que no viviría dos años: deseoso, pues, de conjurar este terrible fallo de la ciencia, estudió los principios higiénicos y movido del ejemplo de Cornaro, no solo le imitó perfectamente, si que también tradujo su libro ilustrándolo con el resultado de su propia experiencia, a la cual debió el prolongar su vida más de cuarenta años.
8ª: Discussio magni Concilii Lateranensis de potestate ecclesiæ in temporalibus, impresa con el seudónimo de Guillermo Singleton, Maguncia 1613, en 8º.
9ª: De potestate Summi Pontificis. Rivadeneira dice, que razones de gran conveniencia aconsejaron prohibir esta obra. El catálogo de las que han quedado inéditas del P. Lessius se hallan en Sotwel y en la Vida de este jesuita, página 42, y siguientes. Lessius poseía perfectamente el griego; era consumado en derecho canónico, en el civil y en las matemáticas, y sabía la medicina. A.» (Biografía Eclesiástica completa, redactada por una reunión de eclesiásticos y literatos, Madrid 1862, tomo XII, páginas 155-158.)
1888 «En 1585 volvió a Lovaina con su colega el P. Juan Hamelius a explicar teología, pero sus lecciones hallaron bastante oposición. Especialmente fueron censuradas por las facultades de teología de Lovaina y de Douai, ciertas proposiciones sobre la Sagrada Escritura, la predestinación y la gracia, que se apartaban de la doctrina rígida de San Agustín; pero aquellas proposiciones fueron aprobadas por las Universidades de Maguncia, Tréverius e Ingolstat. Habiéndosele acusado que sus doctrinas eran sospechosas de semipelagianismo, Lessio acudió a Roma, y Sixto V, examinadas las proposiciones, las declaró artículos de sana doctrina, mandando además a la Universidad que se abstuviese de calificar aquellas proposiciones, y que dejasen toda controversia hasta que la Santa Sede hubiese pronunciado su juicio. El Nuncio de Colonia, Frangipani, marchó en nombre del Papa a Lovaina, con objeto de calmar los ánimos y extinguir las divisiones de los dos partidos; y antes de salir para Roma publicó un edicto en 1588, amenazando con excomunión latæ sententiæ a todos los que defendiesen o impugnasen públicamente de palabra o por escrito las doctrinas contrarias, como heréticas, sospechosas, dañosas, &c. Con este motivo se suscitó en Roma una discusión semejante a la que produjo la obra de Molina: Concordia liberi arbitrii cum donis gratiæ, que también vio la luz en 1588. Aquellas cuestiones no se terminaron entonces ni se han terminado todavía.» (“Leonardo Lessio”, Diccionario de ciencias eclesiásticas, Valencia 1888, 6:365-366.)
§9. La controversia en la Universidad de Lovaina. Lessio y Hamel
Las bulas de Pío V y Gregorio XIII no reprimieron la lucha entre los adversarios y los amigos de san Agustín. Con mucha más osadía por el éxito que supusieron las decisiones papales y apoyándose en la autorización de Aquaviva respecto a la nueva teología de la Ratio studiorum, en Lovaina comenzó una oposición pública contra la doctrina de san Agustín y santo Tomás. Tras fracasar estrepitosamente en su ataque contra la Universidad de Salamanca, los jesuitas esperaban mejor suerte en Lovaina, donde parecía que la curia había condenado la doctrina de Bayo.
Sobre todo, se significó el jesuita Padre Lessio, que, junto con su hermano de religión Hamel, comenzó a difundir públicamente en Lovaina las nuevas doctrinas sobre la predestinación y la gracia.
Leonardo Lessio, nacido en Brecht (Amberes) en 1554, ingresó a la edad de dieciocho años en la Orden de los jesuitas. Recibió su formación teológica en Douai. El jesuita que escribió sobre su vida, nos cuenta que, al comienzo de sus estudios, se encontró ante una gran dificultad. No podía conciliar la doctrina hacia la que se sentía atraído con el parecer de los eruditos de más autoridad. En ese momento, la cuestión acerca de si debía sacrificar su razón a la autoridad, no le dejaba descansar: «Como tenía a la autoridad en mayor consideración que a la razón…». Apenado, marchó a Roma. Su biógrafo sigue informando acerca de cómo Suárez eliminó todas sus dificultades y reparos, sosteniendo que no sería ningún sacrilegio apartarse de la opinión de los grandes hombres. Pero Suárez fue lo suficientemente precavido para añadir que esto sólo era válido en cuestiones que no afectasen a la fe, ni a las costumbres. Pero el discípulo se sintió tan poco obligado como el maestro a cumplir con esta reserva. En todo caso, las palabras de Suárez causaron en Lessio una profunda impresión. Con toda su energía se volcó sobre el nuevo sistema y penetró en todos sus detalles. Cuando en 1586, junto con su colega Hamel, comenzó su actividad docente en Lovaina, empezó de inmediato a impartir clases siguiendo el nuevo sistema. Pero los amigos de san Agustín no dormían, mientras el enemigo sembraba la mala hierba en su campo. Después de que los dos jesuitas hubiesen reconocido como doctrina propia las proposiciones que la Facultad de Teología les enviase, se les pidió con toda benevolencia que abandonasen la exposición de sus teorías. Sin embargo, como no se hizo caso a todas las advertencias amistosas y benévolas, la Facultad hizo pública en 1587 una censura, condenando treinta y cuatro tesis de los dos jesuitas{527}. Las tres primeras tesis trataban sobre la inspiración de las Sagradas Escrituras; todas las demás hacían referencia a la doctrina de la predestinación y la reprobación. Los autores de la censura dicen: «Estamos muy entristecidos, como corresponde a la importancia y envergadura del tema, viendo cómo las doctrinas más importantes sobre la gracia de Jesucristo y la predestinación divina cambian y se pervierten con tantas nuevas opiniones o, más bien, con tantos principios peligrosos, que ya en siglos anteriores fueron rechazados y condenados, como resulta evidente por las proposiciones y nuestra censura».
Y continúan diciendo: «Vemos que la doctrina de san Agustín sobre la gracia, el libre arbitrio, la predestinación y la reprobación no sólo se combate en puntos insignificantes, como vosotros decís, sino en casi todos sus puntos, y que realmente resulta atacada y aniquilada por completo». Y siguen diciendo: «Nos preguntamos asombrados por qué en estos tiempos, según Catarino y Pighio, no sólo se renueva y se hace valer esta objeción, sino también todas las demás acusaciones de los presbíteros masilienses, que ya antes en Francia combatieron la doctrina de san Agustín, aunque sabemos que la Santa Sede por medio de su papa Celestino la condenó».
Esta censura sola no fue suficiente; en la Universidad comenzaron a impartirse unas clases públicas en las que se refutaba abiertamente la nueva doctrina y así su condena fue constante. La censura se envió a todos los obispos neerlandeses, recibiendo de casi todos ellos su aprobación. La Universidad de París, que también la recibió, no pudo ocuparse de las dificultades de otros, porque una controversia en su propia tierra se lo impedía{528}.
Los jesuitas se defendieron con todas sus fuerzas y respondieron con una apología, en la que perseveraban en su doctrina. Los obispos neerlandeses instaron a los doctores lovanienses a refutar esta apología de los jesuitas, lo que posteriormente hicieron con una Justificación de su primera censura. Esta Justificación apareció en agosto de 1588 y, al mes siguiente, le fue entregada al nuncio del Papa.
Entretanto, el arzobispo de Malinas preparaba un concilio provincial en Lovaina al que citaría a los jesuitas, con objeto de conseguir que el sínodo condenase su doctrina. También el arzobispo de Cambrai se disponía a hacer lo mismo, junto a sus obispos sufragáneos. Pero antes quiso que la Universidad de Douai, que gozaba de gran prestigio en su obispado, sometiese a examen las proposiciones cuestionadas. Esta Universidad fue del mismo parecer que su «hermana» de Lovaina. Hizo que Guillermo de Estío preparase un escrito (20 de enero de 1588), en el que las tesis de Lessio y Hamel se rechazan de manera aún más detallada y estricta que en la censura de Lovaina.
En estos tres escritos –la censura de Lovaina, la Justificación lovaniense y la censura de Douai–, la doctrina jesuítica se refuta y desmonta completamente. Forman en conjunto un baluarte de la doctrina antigua contra el que se estrellan todas las novedades.
Roma nunca se atrevió a condenar estas censuras. Más aún, no puede negarse que, en cierto sentido, Roma incluso las sancionó{529}.
Aunque en 1722 la Facultad de Teología de Douai, en una censura de cuatro doctores, que contenía ideas completamente pelagianas, negó la doctrina expuesta en las dos censuras de Lovaina y de Douai, sin embargo, la Universidad de Lovaina permaneció fiel a la doctrina antigua. Todavía en 1723 hizo una auténtica declaración, en la que, ante todo el mundo, atestiguaba perseverar en la doctrina de la predestinación gratuitay de la gracia eficaz por sí misma, tal como se estableció en la antigua censura y en la Justificación.
Sobre su postura a finales del siglo XVII, véase §10.
Mientras en Flandes la oposición contra Lessio era cada vez mayor, éste envió seis tesis contrarias –confrontando su doctrina con la de los teólogos lovanienses– al provincial de su Orden en la provincia alemana de Renania, quien por su parte las remitió a las Facultades de Teología de Maguncia, Tréveris e Ingolstadt, para que las valorasen. Sin haber examinado la verdadera censura, las dos primeras Facultades declararon las seis tesis de los jesuitas igual de probables que las de la Facultad de Lovaina. La respuesta de la Facultad de Ingolstadt fue más positiva. Calificaba las primeras cinco tesis de Lessio como buenas, mientras que la sexta sería probable. El doctor lovaniense Enrique Cuickio se quejó ante la Facultad de Maguncia de que ésta habría expresado un juicio sin haber examinado la censura lovaniense. Thyreo, decano de la Facultad, le respondió que sólo habían expresado su juicio sobre los dogmas que los profesores jesuitas les habían presentado. Además, aunque se les hubiese informado mal, con seguridad esto no perjudicaría a la Facultad de Lovaina.
Por cierto, recordamos estas censuras alemanas sólo por su propia rareza. Posteriormente nunca más se mencionaron.
Entretanto, los obispos habían abandonado su proyecto de celebrar en sus diócesis concilios provinciales, porque los doctores lovanienses les aconsejaron no enojar demasiado a los jesuitas; al mismo tiempo, la curia romana hizo saber que se reservaba sólo para sí el fallo definitivo sobre esta causa; es decir, una vez informado el papa Sixto V por su nuncio Octavio Frangipani y por el general de los jesuitas sobre los sucesos de los Países Bajos, el 15 de abril de 1588 envió un breve al primero, encargándole ir a Lovaina, imponer silencio a las dos partes y, de este modo, reprimir la controversia. Por un decreto del 10 de julio del mismo año, el nuncio también prohibió a ambas partes condenarse, hasta que la Santa Sede tomase una decisión sobre esta causa{530}.
Lessio, que había enviado sus tesis a Roma, recibió del Papa una reprensión severa, como relata el jesuita Henríquez{531}.
Así terminó el primer acto del gran drama. Fue un final que, con seguridad, no se correspondió con las expectativas que, sobre la base de los acontecimientos, pudieron haberse albergado. Las dos grandes Universidades de Lovaina y Douai, así como la mayoría de los obispos neerlandeses, condenaron la doctrina de los jesuitas con toda severidad. Las censuras de estas Universidades penetraron hasta lo más profundo de la nueva doctrina. Ya se disponían los obispos a rechazar de manera canónica las falsas doctrinas a través de sus sínodos provinciales, cuando de repente Roma intervino, reservándose el fallo. Sixto V ordenó a su nuncio impedir toda acción posterior de los obispos. A ello se refería con la frase: «… que sólo recaiga sobre el pastor sagrado de Roma, sucesor de san Pedro, y sobre ningún otro, el fallo final en toda controversia que afecte a la doctrina cristiana»{532}. ¿Acaso no estamos oyendo ya en estas palabras –con las que, de manera ignominiosa, se les arrebatan a los obispos los derechos que Cristo les otorgase– las primeras notas del gran canto de alabanza que en 1870 se entonó en el Vaticano?
Este fallo papal sólo podría ejercer un influjo pernicioso sobre el desarrollo posterior de la controversia. En primer lugar, debemos observar que los papas nunca han fallado nada; en todo caso, no lo han hecho de la forma en que se podía esperar. Además, la entrada en escena del Papa tuvo consecuencias nefastas incluso para la pureza de la propia doctrina católica. Como el Papa se reservó para sí el derecho de decidir y, por ello, prohibió toda censura posterior, los jesuitas afirmaron que ellos, mientras el Papa no fallase nada, tenían el derecho de sostener su doctrina y enseñarla. Pero si se hubiesen dejado las manos libres a los obispos en sus diócesis, estos últimos habrían sofocado el mal en su origen y habrían podido detener y hacer retroceder al enemigo, que en un primer momento todavía sembraba dubitativo la mala hierba. Pero desde el momento en que los papas se reservaron el fallo de esta causa, aún transcurrirían varios años antes de procederse a una investigación formal. Entretanto, el mal continuó devorando, la mala hierba echó raíces y el celo de los doctores y también de los obispos comenzó a disminuir. La curia romana pensaba más en su propio interés que en el de la Iglesia. Roma era igual que el médico que se entera de que, en otro lugar, un enfermo languidece de una enfermedad peligrosa y se reserva para sí el tratamiento del caso. A los médicos del lugar les prohíbe ocuparse de él. Gracias a su gran autoridad, consigue que se le obedezca. Mientras tanto, la enfermedad se agrava y la salud del hombre empeora cada vez más. Pero el médico poco se preocupa de ello. Intervendrá cuando a él le parezca y no consentirá que otros pisen sus supuestos derechos, aunque con ello esté poniendo en peligro la vida de su prójimo.
Este fue el comportamiento de Roma en las controversias de Lovaina.
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{527} Apologie Historique des deux Censures de Louvain et de Douai, par M. Gery, Colonia 1688.
{528} Ibid., pp. 151-153.
{529} Sobre esto informa de manera muy detallada la Apologie historique des deux Censures de Louvain et de Douai, pequeña obra de P. Quesnel, aparecida en 1688 bajo el nombre falso de R. Gery.
{530} Serry, Hist. Congr., lib. 1, c. 4.
{531} De ultimo fine hominis, c. 12.
{532} Breve del 15 de abril a Frangipani. Cfr. Serry, Hist. Congr., lib.1, c. 4.
(Cornelis van Riel [1886-1939], Contribución a la historia de las Congregaciones de auxiliis [1921], traducción, estudio preliminar y notas por Juan Antonio Hevia Echevarría, Fundación Gustavo Bueno, Oviedo 2016, páginas 199-203.)
Los jesuitas belgas activan en 1922 la editorial Museum Lessianum, con secciones de filosofía y de teología.
1953 «Por instigación de Bayo, irritado contra los Jesuitas porque habían condenado sus doctrinas, la Facultad de Teología, de Lovaina, censuró, en 1587 (y lo mismo hizo la de Douai al año siguiente), 34 tesis de los cuadernos de Lesio; tres de ellas se referían a la inspiración en las Sagradas Escrituras, y las 31 restantes versaban sobre la gracia y la predestinación. Por encargo del papa Sixto V, quien calificó de “sanae doctrinae articuli” las doctrinas de Lesio, el nuncio Frangipani prohibió en 1588 la censura. La tesis de que un libro pudiera convertirse en “Escritura Sagrada” por aprobación subsiguiente de Dios (“inspirado subsequens”), quedó de libre impugnación; sin embargo, Lesio sólo afirmó una posibilidad abstracta. Sus doctrinas de la gracia y de la predestinación, que en lo sustancial coincidían con Molina, pero como molinismo puro en oposición al congruísmo, figuran en la obra De gratia efficaci.. de pradestinatione et reprobatione (Amberes, 1610); en esta obra, Lesio no determinó con suficiente precisión la gracia eficaz, ya “in actu primo”, de la solamente suficiente. El asunto ocasionó dificultades a la Dirección de la Orden, y el autor fue también desaprobado por Belarmino y Suárez, como representantes de la predestinación absoluta a la gloria “ante praevisa merita” de la predefinición formal de todas las buenas obras. Después de largas negociaciones, que resultaron penosas para Lesio, Aquaviva dictó, en 1613, un decreto en virtud del cual parecía prescribirse a la Compañía de Jesús la doctrina de la predefinición formal, pero no se pronunciaba acerca de la predestinación; en 1616, Vitelleschi aclaró el sentido del decreto, sin que tuviera Lesio que retractar su doctrina, sino sólo explicarla mejor. Durante el pontificado de Paulo IV la obra de Lesio no pudo ser editada nuevamente, por la prohibición general de editar obras sobre estas cuestiones; la reimpresión, no cambiada en lo esencial, apareció en los Opuscula (Amberes, 1626) y después en París (1878).» (“Leonardo Lesio”, Enciclopedia de la Religión Católica, Barcelona 1953, 4:1244-1245.)
1996 «La importancia de la obra de Mercado llega hasta la primera mitad del siglo XVII. Lugo (1642) es el último teólogo que la cita y a partir de esta fecha el escrito queda prácticamente olvidado. Pero, tal vez el olvido no sea del todo cierto si tenemos en cuenta que es a través de Lessio (1554-1623) como el pensamiento escolástico español se transmitió a Hugo Grocio y éste, a su vez, difundió dichas ideas a Pufendorf y Turgot y a la Escuela Escocesa compuesta por Hutchenson (1694-1746), Adam Smith (c.1723-1790) y Ferguson (1725-1816).» (Sergio Lucio Torales, “Moral económica en Suma de tratos y contratos de Fray Tomás de Mercado: estado actual de la cuestión”, El Basilisco, nº 21, 1996, págs. 14-15.)
Los jesuitas belgas fusionan en 1998 tres de sus editoriales en francés bajo el rótulo Éditions Lessius.
Sobre Leonardo Lesio
1888 “Leonardo Lessio”, Diccionario de ciencias eclesiásticas, Valencia 1888, 6:365-366.
1953 “Leonardo Lesio”, Enciclopedia de la Religión Católica, Barcelona 1953, 4:1244-1245.
Algunas obras de Leonardo Lesio
1605 De iustitia et iure cæterisque virtutibus cardinalibus, libri IV. Ad 2.2. D. Thomæ, a quæst. 47 usque ad quæst 171, Ex officina Ioannis Masii, Lovaina 1605. 14+731+58 páginas.
1613 De providentia numinis et animi inmortalite, libri duo, adversus Atheos & Politicos, Ex officina Plantiniana, Amberes 1613. 22+351+16 páginas.
Obras de Leonardo Lesio traducidas al español
1624 Leonardo Lessio, Tratado para hacer buena eleccion de estado, escrito en latín por el padre Leonardo Lessio de la Compañía de Iesus… y traducido en romance por… Pedro de la Porta de la misma Compañía de Iesus natural de Amberes, Juan de Oteyza, Pamplona 1624, 8+159 páginas. [CCPB]
1682 Leonardo Lesio, Nombres de Dios, opúsculo espiritual y póstumo. Contiene cincuenta consideraciones de cincuenta nombres de Dios, distribuidos en tres libros, que corresponden a las tres vías, purgativa, iluminativa y unitiva, para principiantes, aprovechados y perfectos, traducido del latín en castellano por D. Pedro Valenzuela. Tomás López de Haro, Sevilla 1682, 536 páginas.
1782 La sobriedad y sus ventajas, o verdadero medio de conservarse con salud perfecta hasta la más avanzada edad: traducción de Lesio, y de Cornado, hecha por D. Miguel de la Higuera y Alfaro. Joaquín Ibarra, Madrid 1782, xii + 115 páginas (versión de Lesio).