< Tomás Sánchez SJ · Controversias del Santo Sacramento del Matrimonio >
Libro 9. Del débito conyugal
Controversia 46. ¿Son lícitos los tactos, las miradas y las palabras torpes entre los esposos futuros? ¿Cuándo son generalmente graves entre los solteros?
1.º Cuatro partes abarca esta controversia: Primera, de los tactos entre los solteros; segunda, de las miradas torpes entre los mismos; tercera, de las palabras; y cuarta, de todos estos actos entre los esposos futuros.
2.º Primera cuestión. Los tactos no son por sí intrínsecamente malos, sino indiferentes; porque la realidad que se expresa por la palabra tacto es cierta acción de los sentidos, que en sí no es mala y puede ejecutarse lícitamente si es honesta la causa, e ilícitamente si es deshonesta. Así lo enseña Santo Tomás (2, 2, q. 154, art. 4), a quien todos siguen.
3.º De aquí se infiere que los besos y abrazos, que por costumbre se consideran honestos, no son pecado, porque en ellos no hay torpeza, sino amor casto. Esta es opinión de Santo Tomás, a quien nadie contradice. Lo mismo hay que decir cuando se hacen por delectación honesta, aunque sobrevengan movimientos desordenados de la carne y delectación venérea, a los que no se asiente; porque el fin es honesto y los movimientos depravados son involuntarios.
4.º La delectación venérea que se siente en los besos y abrazos y en otros tactos, puede ser de dos maneras. Una es la delectación venérea de la misma cópula, y entonces son pecado mortal los tactos y la delectación tenidos entre solteros, como lo es la misma cópula. Otra es la delectación sensible venérea y libidinosa que resulta de estos tactos, deleitándose en ella y no intentando la cópula. Y sobre esto versa la principal dificultad.
6.º La dificultad, pues, consiste en averiguar si los besos y abrazos que el hombre da a la mujer para experimentar la delectación sensible y venérea que ellos producen sin otra intención, son pecado mortal. Unos lo niegan, fundándose en las palabras de San Pablo a los de Éfeso (c. 5), donde, después que manda abstenerse de la fornicación, de la avaricia y de las cosas torpes, añade: “Todo fornicario, o inmundo, o avaro, no tiene heredad en el reino de Cristo”. Que con el nombre de torpeza se comprenden los abrazos y besos voluptuosos, lo confirma Santo Tomás, que dice que son mortales cuando se refieren a la delectación que puede tenerse en la cópula. Y más claro enseña esto en la q. 15, De veritate, art. 4, con estas palabras: “Sencillamente concedemos que el consentimiento de delectación fornicaria es mortal”. De donde se sigue, que lo que el hombre hace con el consentimiento de esta delectación, es como si la tuviera, como son los actos torpes y ósculos voluptuosos; todo es mortal. Si los besos y abrazos, por sólo la delectación que producen son mortales porque se refieren por su naturaleza a la fornicación, aunque al ejercerlos no se piense en ella, de ningún modo son en sí indiferentes, sino intrínsecamente malos. Lo que todos, como hemos dicho, niegan. Y se confirma, porque la bondad o malicia de una cosa en sí indiferente, pende del fin que se propone el que obra. Luego, cuando éste no refiere la delectación a la fornicación, no puede decirse que es mortal porque a ella se refiera. La fornicación es mala porque se opone a la educación de la prole; no dándose este inconveniente, en los abrazos y besos, no participan de la malicia de la fornicación. La delectación sigue naturalmente al acto y es de la misma malicia; y como la esencia del acto no sea pecado por sí, no lo será la delectación subsiguiente. Luego los tactos, que sin la delectación no son malos, por razón de ella no serán mortales.
7.º La primera conclusión dice así: “Se ha de considerar como doctrina verdadera, que los abrazos y besos entre personas verdaderamente solteras, por sólo la delectación sensible que ellos producen, aunque no se refieran al acto fornicario, son pecado mortal”. Se prueba por las palabras ya citadas de San Pablo a los de Éfeso, que les excluye del reino de Cristo, y en la Epístola a los Gálatas (c. 5), donde añade: “Los que tal hagan no poseerán el reino de Dios”. Que excluir del reino de Dios signifique pecado mortal, lo aseguran San Agustín, San J. Crisóstomo, San Ambrosio y San Ireneo, y en la segunda a los Corintios (12): “Lloraré a muchos que no hicieron penitencia por sus actos inmundos, por sus fornicaciones y hechos impúdicos”. San Ambrosio, refiriéndose a las palabras de San Pablo a los de Tesalónica (capítulo 5): “Saludaos, hermanos, con el ósculo santo”, dice: “Los ósculos de la salutación cristiana son santos; los demás son carnales. Porque todo lo que se hace sin Cristo es carnal, y por esto, mortal”. Donde se ve que estos Santos expresamente enseñan, que los abrazos y besos son mortales porque no proceden de casto amor. Los abrazos y besos que se tienen por el placer venéreo, por propia naturaleza tienden a la cópula como circunstancia de ésta. Así se ve que los animales usan de ellos para prepararse a la fornicación, porque así lo dispone la naturaleza como la cópula, y como ella excitan los apetitos sensitivos y nos deleitan. Estos besos y abrazos son considerados por algunos como verdaderos adulterios, pues son parte de ellos; y así es que, prohibida la fornicación por el sexto precepto del Decálogo, se juzga que también estos tactos se prohíben, pues son medios para ella; y prohibida una cosa, se supone prohibido cuanto a ella se refiere. De esta opinión son Santo Tomás y otros.
8.º Por consiguiente, a fortiori puede decirse que los besos y abrazos entre personas del mismo sexo con el fin de la delectación venérea que en ellos se siente, son pecado mortal, pues tienden a una cópula más repugnante.
9.º Si la delectación que procede de estos tactos es médica, de modo que no haya peligro de polución, no será pecado mortal. Porque no hay razón suficiente para que en los demás preceptos se de la parvidad de materia, y no en éste. Y aunque no se da parvidad en la cópula carnal, puede darse en la delectación venérea que resulta del tacto o del pensamiento torpe.
10. Conclusión segunda. Si los abrazos y ósculos impúdicos se hacen sólo por broma o por vanidad sin delectación venérea, aunque después se suceda, no excede de culpa venial si se reprime, porque se considera materia parva. Como dice muy bien Navarro en el cap. 14, núm. 42, vers. 19, siempre que estos tactos se verifiquen entre personas que no puedan después cometer pecado mortal.
11. Dije a propósito en la conclusión, “tactos que no del todo son torpes o impúdicos”, pues los tactos impúdicos de las partes próximas a los órganos sexuales, o de éstos, no se excusan de pecado mortal cuando se ejecutan sin necesidad entre personas de diferente sexo, como el hombre y la mujer, porque por su naturaleza tienden a la delectación venérea. Y aunque el que toca no se refiera a ésta, sino al coito, son, sin embargo, muy contrarios a la honestidad natural y llevan en sí gran indecencia. Esto con todo puede atemperarse, si los tactos de las partes pudendas se verifican sobre los vestidos, proponiéndose sólo la delectación leve que producen, pues en ésta, por su género, no es tanta ni tan próxima la cópula que se considere como materia grave.
12. De aquí se infiere necesariamente, que es pecado mortal si las personas de un mismo sexo, como el hombre al hombre y la mujer a la mujer, tocan sus partes pudendas a fin de tener la delectación venérea que de ellas resulta. Porque estos tactos se refieren a la sodomía. He dicho delectación venérea, porque no sería así si estos tactos se tuvieran sólo por juego, como sucede a los niños cuando se tocan sus partes.
13. Se infiere en segundo lugar, que no es pecado mortal ni casi venial besar afectuosamente y tocar con suavidad las delicadas carnes de los niños. Pues de otro modo, todos los padres y nodrizas pecarían.
14. Se infiere en tercer lugar, que es pecado mortal tocarse uno mismo las partes genitales por la delectación venérea que produce, a no ser que sea por curiosidad o para calentarse las manos, siempre que no haya peligro de polución.
15. Se infiere en cuarto lugar; que no es comúnmente pecado mortal tocar las partes obscenas de los brutos; pues la delectación que esto produce es módica y se hace sólo por curiosidad; y esto aunque por la frotación el bruto expela el semen, por la curiosidad de verle. Pues no es tal crimen impedir la generación del animal, ni hacerle abortar o matarle.
16. Conclusión última. Los tactos leves, como tocar la mano, el pie o el brazo de una mujer, luchar con ella, &c., no son pecado mortal, sino venial.
17. Mas dúdase si estos tactos leves que se tienen, por la delectación que producen son pecado mortal. A mí me parece duro asegurarlo; porque aunque he afirmado esto de aquellos tactos graves que excitan con vehemencia al coito, estos tactos son tan levemente torpes, que excusan de pecado mortal por la parvidad de materia, aunque se intente la delectación que resulta de ella.
18. De lo dicho se infiere, que en los tactos libidinosos, que por sus circunstancias son mortales, se han de confesar necesariamente los que se refieren a la persona del agente y del paciente, como en la cópula.
19. Además se deduce, que no hay que oír a ciertos Neotíricos que aseguran que ningún acto lujurioso de los cónyuges pertenece al adulterio, ni tiene circunstancia que deba manifestarse en la confesión; como si el hombre soltero abusa sodomíticamente de la mujer casada, o el casado consiente contra la naturaleza el acceso de un soltero. Porque los cónyuges, por razón del matrimonio, sólo están obligados a prestarse el semen, por cuya mezcla se constituyen en una carne y contribuyen a la generación, que es el fin principal del matrimonio. Luego siempre que no hay dispendio del semen, no se falta a la justicia del matrimonio. Pero esta doctrina del matrimonio, como he dicho, no hay que oírla, pues se opone a la de los doctores ya citados. La fidelidad conyugal da el íntegro dominio del cuerpo, no sólo en cuanto a la cópula, sino también en cuanto a ella se relaciona, y obliga a abstenerse de todo acto venéreo a los cónyuges, que pueda referirse al adulterio.
21. Versa la segunda cuestión sobre si la delectación venérea que procede de las miradas torpes, consintiendo en ella sea pecado mortal, como hemos dicho de los tactos. Algunos no hacen distinción entre las miradas y los tactos, porque dicen que la delectación que de unos y otros procede es torpe, aunque no se intente otra cosa. Lo que significó San Mateo (cap. 5.º): “El que ve a una mujer con intención de pecar con ella, ya ha pecado en su corazón”. Lo que también significó San Agustín en el sermón tercero de la Vida común de los clérigos, y en la Epístola 109 a los Monjes, diciendo: “No sólo por el tacto, sino también por la mirada, se puede desear y se desea a la mujer”. Y así otros muchos.
22. Aunque esto es bastante probable, hay que notar alguna diferencia entre las miradas y los tactos, pues éstos, por su propia naturaleza, se refieren al coito; de manera, que consentir en la delectación que ellos ocasionan, es en cierto modo asentir a la fornicación, y este asentimiento es pecado mortal. Las miradas no se refieren así a las cosas venéreas, y no tiene su delectación este carácter, siendo, por tanto, sólo pecado venial.
23. Esto es cierto, siempre que las miradas no sean muy torpes; porque si, no habiendo urgente necesidad, el hombre mira las partes genitales de la mujer, o viceversa, es pecado mortal, aunque sea sin intención libidinosa, sino para mortificación o curiosidad, pues se opone a la honestidad; tanto que nuestros primeros padres, a pesar de estar ya unidos por el lazo del matrimonio, se avergonzaron al verse desnudos, y se hicieron un ceñidor para tapar sus partes sexuales. Además, tales miradas son un estímulo muy urgente de lujuria, como lo demuestra la caída del Santísimo Rey David, que tanto pondera San Agustín en el Tratado de la honestidad de las mujeres sobre el salmo 50, y que lo demuestra de un modo admirable; y lo mismo San Ant. y Silvestre cuando se refieren a las miradas del hombre que hace desnudarse a la mujer a su presencia, si ha de mortificarse con azotes. Yo creo lo mismo respecto a las miradas de los lugares próximos a dichos órganos.
24. Puede atemperarse esta doctrina cuando estas miradas se hacen por poco tiempo y por curiosidad, o hay diferencia de edad, de manera que no sea fácil se siga la delectación venérea.
25. También puede decirse que es pecado mortal mirar esas partes a través de ropas tan sutiles que puedan conocerse perfectamente. Pues estos vestidos casi diáfanos excitan más a la liviandad, como asegura Navarro en su Suma latina (c. 14 , n. 36, versículo 5).
26. De lo dicho se deduce en primer lugar, que mirar las piernas, los brazos o los pechos desnudos de la mujer no es en sí pecado mortal, si no hay otro peligro. Por tanto, Cayetano, Armilla, Navarro y otros excusan de pecado mortal a la mujer que va de tal modo vestida que enseña como desnudos los pechos. Lo mismo hay que decir respecto a los que miran las piernas y pechos desnudos de las lavanderas, aunque resulte alguna delectación de estas miradas, si no hay mala intención.
27. En segundo lugar, se deduce que no es pecado que las personas de un mismo sexo se vean desnudas, como acontece cuando se bañan juntos o se miran sus órganos genitales, siempre que no haya peligro de consentir en cosas torpes; pues entre éstas no debe haberlo, ni estas miradas son tan deshonestas. Entiéndase que hablamos de las miradas entre personas del mismo sexo, como de hombre a hombre, de mujer a mujer, pues de lo contrario sería pecado; como también lo sería cuando el hombre que, por ejemplo, ve a otro desnudo, siente inclinaciones de sodomía y hubiese peligro de consentir en ella, o cuando fuesen personas de cierto carácter, como los obispos, pues faltarían a la decencia que deben a su estado. . . .
29. En cuarto lugar, se infiere que es pecado mortal ver cómo el hombre y la mujer fornican, porque es un peligro próximo de ruina y se opone a la honestidad natural. Es un aspecto muy deshonesto y provocador de la lujuria, mucho más que mirar a una mujer desnuda.
30. Se deduce en quinto lugar, que comúnmente no es pecado mortal ver fornicar a los animales o mirar sus órganos genitales en actitud del coito. A no ser que el que los vea se ponga en actitud de imitarlos y se excite al placer venéreo.
32. Se refiere la cuestión tercera a las palabras torpes, que algunos dicen que son veniales si al pronunciarlas no se propone otra cosa que la delectación que producen al escucharlas. Filiarco, Del oficio del sacerdote (tomo 1.º, p. 2.ª, lib. 4, c. 18), establece esta diferencia entre los tactos y las conversaciones: que aquéllos, por sólo la delectación, son mortales, y éstas no. La misma diferencia admite Alcocer en su Suma (cap. 20, fol. 71, §. Mirar mujeres), donde dice que las miradas y conversaciones torpes son comúnmente pecado venial. Y alado que los tactos por sólo la delectación son pecado mortal.
33. Otros, por el contrario, dicen que es pecado mortal la delectación que procede de las conversaciones torpes, aunque no haya otro peligro.
34. La primera conclusión dice: “Que decir palabras torpes u oírlas, no es por sí intrínsecamente malo, si no indiferente; y por consiguiente, su honestidad o malicia dependen de las circunstancias que les rodean o del fin que se proponga el que habla, oye o escribe”. Y se prueba porque, como las palabras y la escritura son signos de conceptos, en tanto serán malas o buenas en cuanto lo sean los conceptos.
35. Segunda conclusión. Hablar torpemente por la delectación que produce la gracia o chiste de las palabras sin otro propósito grave, es tan sólo pecado venial, pues no hay en ello desorden grave. Lo mismo hay que decir respecto a las canciones y gestos deshonestos, &c. . . .
41. De esto se infiere, que ir a las comedias cuando en ellas no se representan cosas torpes, aunque se representen no se oyen más que por el deleite que produce el escucharlas, no es pecado mortal. Y si preguntas si pueden a ellas asistir los clérigos, diré que no pecan mortalmente si no se proponen otro deleite que el escucharlas, y no habiendo escándalo.
42. Se infiere, además, que los que componen o representan comedias que son muy obscenas y excitan el placer venéreo, pecan mortalmente, como los que hacen o cantan canciones lujuriosas.
43. Lo mismo hay que decir respecto a los que escriben o interpretan libros obscenos.
44. Lo mismo se infiere respecto a los pintores que pintan a Venus o Adonis con sus formas al desnudo o cubiertas con un velo tenue, porque provocan a la lascivia. . . .
[ Tomás Sánchez SJ, Controversias del Santo Sacramento del Matrimonio, Madrid 1887, páginas 192-203. ]