Filosofía en español 
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 < Tomás Sánchez SJ · Controversias del Santo Sacramento del Matrimonio > 


Libro 9. Del débito conyugal

Controversia 47. ¿Les es lícito a los esposos futuros pensar y deleitarse en la cópula futura, y a los esposos viudos en la pasada, durante el matrimonio?

2.º Algunos creen que no es pecado mortal la delectación que produce pensar en la cópula futura, siempre que no haya peligro de polución o de otra deshonestidad grave, porque la delectación se refiere a un objeto lícito; porque es lícito a los cónyuges deleitarse en el coito pasado o futuro; porque me es lícito pensar en la distribución del dinero ajeno, en el tiempo que no lo tengo o en la condición de que lo tengo. Así lo afirman Victoria, Medina; y Zumel dice que es pecado venial deleitarse en esto.

3.º Dicen otros que no es pecado mortal en los viudos deleitarse en la cópula pasada, si no hay peligro de polución. Se prueba, porque el objeto es lícito; esto es, la cópula que durante el matrimonio se tuvo, y la diferencia del tiempo no varía la especie mortal; y siendo lícito a los cónyuges pensar en la cópula que han de ejecutar, también a los viudos lo será de la pasada, pues la diferencia es sólo el tiempo, y nadie castigaría al juez que se deleitase de haber sentenciado a muerte anteriormente a un ladrón. Así lo prueban Cayetano, Armilla y otros doctores.

4.º Dice la primera conclusión: Es pecado mortal buscar delectación en el apetito sensible a los que no se han casado todavía, pensando en la delectación de la cópula futura, porque este acto del apetito sensible siempre se refiere a cópula presente, y se refiere a ella y es como el principio de la cópula. Y se confirma, porque así como la externa delectación venérea, que no honesta al matrimonio, es mortal, lo mismo y por igual razón, la interna. Ni su bondad o malicia se juzga de la cópula pasada o futura, sino de la presente, a que tiende. Así lo enseñan Navarro, España, Luis López y otros.

5.º De aquí se infiere, que a fortiori es pecado mortal el apetito sensitivo de la cópula en que se piensa con la condición de si estuvieran casados. Porque aunque el consentimiento y la delectación se refieren a un acto lícito, supuesta la condición, aquella delectación es presente y no puede referirse a un acto sólo posible en dicha condición, sino a un acto presente. Así lo dicen Cayetano, Armilla y otros.

6.º Segunda conclusión. La delectación del apetito sensible que procede de los tactos, miradas y conversaciones torpes, si se encuentran en el caso que es lícita, no es pecado mortal. Porque versa sobre un objeto completamente lícito, que se refiere a él como de presente, y en el presente les son lícitos.

7.º Por último, pecan mortalmente los viudos que admiten la delectación venérea que nace del pensamiento de la cópula habida durante el matrimonio. Se prueba por las razones dichas en el número 4.

[ Tomás Sánchez SJ, Controversias del Santo Sacramento del Matrimonio, Madrid 1887, páginas 203-204. ]