Punto segundo · De la Justicia, y Fortaleza
La segunda virtud cardinal es la justicia. Esta puede considerarse de dos maneras; una en general, según la cual dice una total conformidad de toda la vida, y acciones con la ley divina. Otra es particular, de la que largamente trataremos en el Trat. 18.
Divídese la justicia, como en partes subjetivas, en legal, distributiva, y conmutativa; y como en partes potenciales, en religión, penitencia, observancia, piedad, gratitud, verdad, amistad, liberalidad, afabilidad, y vindicta. De todas diremos lo conveniente en el discurso de esta Suma; y así no nos detenemos en individuar la naturaleza de cada una, como ni sus vicios por la misma razón.
P. ¿Qué es fortaleza tercera virtud cardinal? R. Que según S. Tom. 2. 2. q. 123. art. 2. Con la autoridad de Tulio se define diciendo que es: Considerata periculorum susceptio, et malorum perpessio: o puede decirse que es: Virtus rectificans irascibilem circa audacias et timores; pues [128] esta excelente virtud, al paso que modera la audacia temeraria, destierra el temor y tristeza en los peligros. Y así sus actos principales son aggredi, et substinere. Entre ellos éste es el principal, y por eso el martirio es el acto principalísimo de la fortaleza. Su objeto formal son los temores, y audacias en cuanto regulados por la razón. El material son las mismas pasiones del honor y audacia. Los actos externos acometer y sufrir, según convenga, o huir los peligros graves, cuando es conveniente, son objeto material secundario. Tiene sus partes integrales, y sus vicios opuestos. Véase el Compend. Punt. 3.
[ Compendio moral salmaticense · Pamplona 1805, tomo 1, páginas 127-128 ]