Filosofía en español 
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Punto cuarto · De las rameras

P. ¿Qué mujeres son llamadas meretrices o rameras? R. Que meretriz se llama aquella mujer, quae multorum libidini patet: o aquella, cuius venalis est turpitudo. Para que esto se verifique bastará, según la sentencia más verdadera, el que la mujer se prostituya públicamente a más que a dos, ya lo haga por interés, ya por deleite sensual, o por torpe amor. Otros piden se prostituya a más sujetos.

P. ¿Pueden ser absueltas las meretrices? R. Que no se les puede absolver, mientras no dieren suficientes pruebas de su enmienda, a no ser en el artículo de la muerte, dando bastantes señales de su arrepentimiento; porque están en un continuo pecado mortal. Están obligadas a los preceptos de la Confesión, y Comunión, y no cumpliéndolos, incurrirán en las penas impuestas contra sus transgresores por el derecho, como también en la excomunión que en algunos Obispados hay fulminada contra los que omiten la Confesión, y Comunión anual; porque son leyes generales que obligan a todos los fieles sin alguna excepción.

P. ¿De qué especie es el pecado que cometen las rameras? R. Que cometen pecado de fornicación y escándalo, y además todos los que están dispuestas a abrazar; pues su intención es general, y abraza todas las especies de lujuria; y todas las deben manifestar en la Confesión, para su integridad, como consta del Tridentino, según les fuere posible, sin que sea suficiente una general declaración de su pravo ánimo, y declarada voluntad de prostituirse a todos sin distinción de clases ni estados. Los Párrocos y Confesores deben amonestar y persuadir a semejantes mujeres, que se confiesen, y enmienden de su mala vida. Perseverando en el estado de públicas rameras no se les puede admitir a la sagrada Comunión, ni aunque se enmienden, y salgan de la casa pública, mientras no conste públicamente de su penitencia, para evitar el escándalo de los demás fieles.

P. ¿Las rameras pueden ser [443] sepultadas en lugar sagrado? R. Que si mueren sin penitencia han de ser sepultadas en lugar profano, como consta del cap. Quibus. Si en su última enfermedad se arrepienten y fueren absueltas, deben ser sepultadas en la Iglesia. Si en dicha ocasión dieron señales de su arrepentimiento, y no quede por su parte el confesarse, queda la cosa al arbitrio del Obispo, quien puede determinar, o que se entierren en lugar profano, para que sirva de terror a las demás, o usando de benignidad conceder se sepulten en lugar sagrado; o finalmente tomar un camino medio, ordenando se les dé sepultura en el cementerio, sin asistencia del Clero, ni aquel honor que se da a los demás difuntos.

P. ¿Es lícito permitirles a las rameras patronos o padres? R. Que se llaman patronos de estas malas mujeres a quienes la república encarga su cuidado, para que las defiendan y cuiden de su salud, y que no inficionen a los demás. Por lo que, supuesta la permisión de ellas, también se hace lícita la de tales patronos, pues el oficio de éstos se ordena al bien público.

P. ¿Los rufianes están en pecado mortal? R. Que rufianes se llaman aquellos que por interés prostituyen las mujeres propias o ajenas, y rufianas las mujeres que con palabras alagüeñas inducen a otros a la torpeza. Esto supuesto, es claro que así los rufianes como las rufianas, están en pecado mortal, mientras no desisten de su diabólico empleo, y que cometen todas aquellas especies de pecados a que inducen a otros, quedando igualmente reos de cuantos se sigan de su inducción, como causa moral de ellos. Por lo mismo se les debe negar la absolución, mientras no desistan de su maldad, y den patentes pruebas de su arrepentimiento.

Todos los rufianes, en especial los padres que prostituyen a sus hijas, pierden la patria potestad, y son castigados con pena de muerte: ex leg. si lenones, cap. de Episcop. audent. La misma pena capital se impone contra los maridos, que prostituyen a sus propias mujeres. Según algunos se mitiga a veces este rigor del derecho, conmutando la pena capital en la de azotes, o en [444] conducir al rufián sobre un burro, vuelto el rostro a la cola de él, y llevándolo del ramal la mujer.

[ Compendio moral salmaticense · Pamplona 1805, tomo 1, páginas 442-444 ]