Filosofía en español 
Filosofía en español

Cuestiones preambulares

[ 704 ]

Pensamiento público / Saberes públicos / Filosofía en sentido estricto

Las características constitutivas de la función “pensamiento público” [703] no son tan universales como para incluir en su concepto a todo aquello que pueda constituir un contenido de los pensamientos subjetivos (a un eminente profesor de matemáticas, capaz de resolver problemas que requieren un gran esfuerzo de pensamiento subjetivo, no se le considera “pensador”). Y ello, aunque, a su vez, sean públicos. Hay muchos saberes públicos propios de una sociedad determinada que no son considerados como pensamientos, sino como constitutivos del espacio ambital de esa misma sociedad: saberes técnicos o tecnológicos (técnicas de caza, metalurgia, agricultura; saberes taxonómicos, como la doctrina de los cuatro elementos de la Antigüedad y de la Edad Media tomada como doctrina cierta; saberes médicos, arquitectónicos…); saberes prácticos de lo agible [236] (saberes morales, dominio de las reglas del parentesco, políticas, jurídicas o militares); saberes dogmáticos (de orden cosmológico, religioso, zoológico, botánico…); y saberes científicos (geométricos, mecánicos, termodinámicos…).

Lo que se llama “pensamiento” presupone desde luego estos saberes y comienza cuando “reflexiona objetivamente” sobre ellos: es un saber de segundo grado, un saber crítico, es decir, no se limita a utilizar o dar por hecho un saber determinado, sino que quiere compararlo, clasificarlo, distinguirlo de los demás, ponerlo en duda (“pensar”, de pensare = pesar, sopesar, confrontar). Según este concepto, el pensamiento público se aproxima a la filosofía, sobre todo cuando se toma en su sentido mundano [15], pero también cuando se toma en su sentido amplio (Weltanschauung), pues esta filosofía mundana [17] es, asimismo, una forma de pensar o confrontar los saberes prácticos en una tradición dada con otros saberes. De ahí que se hable de pensamiento político, de pensamiento religioso, o de pensamiento moral. Sin embargo, la distinción entre pensamiento público y filosofía sigue manteniéndose de algún modo (en los planes de estudio de las facultades, en la bibliografía, etc., se distingue una Historia del pensamiento político de una Historia de la filosofía política). Lo que ya no es nada sencillo es delimitar los criterios operatorios significativos que se utilizan en el ejercicio de esta distinción. A veces, se utilizan criterios particulares, casi empíricos y, en todo caso, arbitrarios o extrínsecos. Por ejemplo, cuando “pensamiento español” va referido, principalmente, a novelistas como Cervantes o a dramaturgos como Calderón, aunque estos “pensadores” no serán considerados como filósofos en sentido estricto: al filósofo se le asignarán tratados o ensayos, pero no novelas y dramas. Otras veces, se tomará como criterio la tradición helénica de la filosofía, a diferencia de las tradiciones variadas que se supone estarán a la base de las diferentes formas de pensamiento; pero, con ello, estaremos procediendo dentro del relativismo cultural, al considerarla una tradición de pensamiento entre otras.

Para establecer una distinción más precisa entre pensamiento y filosofía que conserve la referencia obligada a la filosofía de tradición helénica, pero capaz de superar el relativismo cultural, habilitamos criterios más firmes y universales: su referencia a los saberes científicos y, en concreto, a la Geometría. El “pensamiento geométrico” ofrece un modelo de razonamientos cerrados e instaura un método de pensar lógico que ha de comenzar por recusar a toda revelación como fuente específica de conocimiento. La filosofía estricta (académica) es un pensamiento que prescinde de toda revelación y, en este sentido, se aparta de los saberes positivos revelados y adopta, de hecho, la impiedad (asebeia). La filosofía académica, la filosofía de Platón (“nadie entre aquí sin saber Geometría”), ofrecerá el elenco de contenidos característicos de la filosofía en el conjunto del “pensamiento en general”. En cambio, cuando hablamos de pensamiento en general no exigiríamos esa restricción crítica que asociamos al pensamiento filosófico griego. Por ello, también el “pensamiento” engloba tradiciones y formas de expresión mucho más variadas y heterogéneas que la filosofía en sentido estricto. Por lo demás, el pensamiento en general y la filosofía estricta confluyen una y otra vez.

El alcance del criterio de distinción entre pensamiento y filosofía estricta puede medirse a propósito de dos obras de pensamiento español que suelen figurar en las historias de la filosofía española, y con toda razón: el Lucidario de Sancho IV (hacia 1293) y el Diálogo de la dignidad del hombre de Fernán Pérez de Oliva (siglo XVI). Ninguna de ellas podría considerarse como una obra filosófica en el sentido estricto académico, pero ambas son obras de “pensamiento”, en el sentido funcional crítico que hemos propuesto: obras que se mantienen dentro de los dogmas revelados del cristianismo romano tradicional y que se apoyan, además, en estos dogmas en el curso de su desarrollo (son obras de teología dogmática [21]). Y esto no ocurre en la filosofía estricta, aunque ella esté ejercitada por un hombre religioso: Santo Tomás, sin abandonar su fe revelada, presentaba sus cinco vías para demostrar la existencia de Dios, no a partir de algún dogma sobrenatural, sino a partir de “hechos que constan por el sentido natural” y de conclusiones que la razón extrae de esos hechos.

{BS26 70-71 /
BS26 71-72 / → EM 35-44 / → QF2 / → LFA }

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