Filosofía en español 
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Punto primero · De la distinción específica de los pecados

P. ¿Qué distinción se da entre los pecados, y de cuántas [159] maneras es? R. Que la distinción que hay entre los pecados, y cuya noticia es tan necesaria a los Confesores, es de dos maneras, específica, y numérica. De la primera hablaremos en este punto, y de la segunda en el siguiente.

P. ¿De dónde se toma la distinción específica de los pecados? R. Que primo et per se la reciben de los objetos formales que miran, y en que se terminan; porque esto es común a todo acto que es propio de la voluntad, de quien también lo es el pecado; y así, si los objetos se distinguen formalmente en especie, también se distinguirán del mismo modo los pecados que se terminaren a ellos. Para entender mejor esta distinción se proponen las cinco reglas siguientes, conformes a la doctrina de S. Tom. 2. 2. quaest. 73.

Regla primera. Cuando muchos actos van contra diversas virtudes, hay entre ellos distinción específica de pecados; y por esto los actos que van contra la fe, son distintos pecados en especie de los que van contra la esperanza y caridad.

Regla segunda. Cuando en un mismo acto o en diversos se halla alguna especial disonancia a la razón, se darán pecados diversos en especie, aunque vayan contra una misma virtud, como se ve en la avaricia y prodigalidad, que por esta causa se distinguen en especie, aunque sean contra la misma virtud, que es la liberalidad.

Regla tercera. Aunque los actos sean contrarios a una misma virtud, si quitan bienes distintos en especie in esse moris, habrá pecados diversos en especie. Por este motivo, aunque el homicidio, murmuración, contumelia y hurto sean contra la justicia, se distinguen en especie, por quitar bienes especie distintos in esse moris.

Regla cuarta. Aunque el acto sea uno mismo en el ser físico, si por alguna circunstancia se opone a diversas virtudes, se dará distinción específica de pecados, como sucede en el adulterio, rapto, estupro, hurto de cosa sagrada &c.

Quinta regla. Cuando concurren diversos preceptos a mandar la cosa por distintos motivos formales intrínsecos, y mirados per se, habrá distinción específica de pecados; como en el que quebranta el [160] ayuno mandado por la Iglesia, y prescrito en penitencia por el Confesor.

P. ¿Son iguales todos los pecados? R. Que no. Consta de lo que Jesucristo dijo a Pilatos: Joan cap. 19. Qui me tradidit tibi, maius peccatum habet. Basta saber que unas virtudes son más excelentes que otras, para conocer que los pecados que van contra ellas, han de ser unos más graves que otros. Aquel pecado será más grave según su especie, que directamente se oponga a más noble virtud, y al objeto primario de ella, lo que no sucederá, si sólo se opone a su objeto secundario; porque en este no resplandece tanto la perfección de la virtud, como en aquel; y por este motivo la herejía es más grave pecado que el odio del prójimo. Si el pecado opuesto a la virtud inferior incluye al mismo tiempo oposición a la superior, crecerá la malicia de él sobre la del que se opone a esta solamente; por cuyo motivo el adulterio es más grave pecado que el hurto; porque además de oponerse a la castidad, incluye la malicia de injusticia. Entre los pecados opuestos a una misma virtud es más grave de sí el de comisión, que el de omisión. Puede ser también el pecado más grave atendido el objeto menos grave que otro, por razón de alguna circunstancia; y así el perjurio que es más grave que el hurto, puede estimarse moralmente menos grave que éste por la mayor intensión en el acto, o por ser muy grave la cantidad hurtada.

P. ¿Qué es circunstancia, y de cuántas maneras pueden ser las de los pecados? R. Que circunstancia es: accidens actus humani extrinsecus adveniens; por ser fuera de la esencia del acto moral, y que sólo extrínsecamente lo acompaña.

Comúnmente se numeran siete circunstancias que son las siguientes: Quis, quid, quibus, auxiliis, ubi, cur, quomodo, quando. Quis denota la persona y su estado; como si es Sacerdote, Religioso, o Casado. Quid la cantidad de la materia o del objeto, si es grave o leve. Quibus auxiliis los medios o instrumentos de que uno se vale para pecar; v. g. si de espada o escopeta para matar, o de alguna alcagueta para solicitar a la doncella. Ubi designa el lugar [161] donde se cometió el pecado; v. g. la Iglesia. Cur denota el fin extrínseco del pecador; como si hurta para fornicar. Quomodo declara el modo con que se ejecutó la culpa, su libertad, intensión, duración y cualquiera otra circunstancia que aumente su malicia; como si el homicidio se hizo con sevicia. Quando, manifiesta el tiempo en que se pecó; como si fue en día festivo o de especial devoción.

De estas circunstancias, unas mudan la especie del pecado; v. g. el hurto hecho en lugar sagrado: otras sólo lo agravan dentro de la misma especie; v. g. el hurto de cien doblones; lo cual puede ser en dos maneras, o agravándolo notabiliter, como el hurto dicho, o solamente leviter; como en el hurto de cinco reales, suponiendo que el hurto de cuatro sea grave. También se dan circunstancias diminuentes en los pecados, y éstas pueden igualmente ser dentro de la misma especie, o extrayendo de ella el pecado. Serán del primer modo, cuando siempre queda en la culpa la misma malicia específica, aunque disminuida, como en el hurto cometido por miedo, ignorancia culpable, o inadvertencia, que también lo sea. Lo serán del segundo, cuando la malicia de tal modo se disminuye que pasa a ser de otra especie, como sucede en el que se llega a la casada, ignorando invenciblemente que lo es; en cuyo caso su acceso se muda de la especie de adulterio, a la de simple fornicación.

[ Compendio moral salmaticense · Pamplona 1805, tomo 1, páginas 158-161 ]