Revista Europea | Madrid 1874-1880 |
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Revista Europea, Madrid, 5 de abril de 1874, año I, tomo I, nº 6, páginas 161-167.
CARTA II – (conclusión)
Desde luego aparece que todo cuanto cabe legítimamente como del primer capítulo, se encierra lo primero en los tres términos siguientes: «¿Cuál estado es cuanto a saber o conocer de las cosas el en que el hombre se presenta a Educación en este mismo conocer?» En caso que tal estado sea, no de ignorar, sino de conocer «¿cómo es este conocer en cuanto ha de ser discernible de aquello propio para que la educación (entendida sin limitación de sentido) es de toda verdad un condicional indispensable?» «¿Bajo cuáles condiciones fundamentales debe eficacitarse toda Educación para que el respecto y seguida correspondencia de ella a su objeto (el Hombre precisamente como en estado de Educación) guarde acuerdo y plenitud de vitalidad?» Acerca del primer término, el supuesto hoy universalmente subentendido es: El Hombre se presenta ha ser educado en el conocer de las cosas (por modo y bajo Ley de ciencia) como en estado general de ignorar, de hallarse ajeno a todo conocimiento definido de ellas; y precisamente por esto, se añade, ha menester una Educación.
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