Filosofía en español 
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Individuo y Persona

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Persona humana en el plano “filogenético” (constitución de la)

No procede desarrollar aquí, ni aun esquemáticamente, el proceso de transformación, no ya del homínido en ser humano, sino el de los seres humanos en sociedades de personas. Según algunas escuelas el proceso de hominización y el proceso de personalización debieran considerarse como aspectos de un mismo movimiento. Sin embargo, aquello que antropológicamente se conoce con el nombre de proceso de hominización no puede confundirse con el proceso de constitución de la persona humana o de las personas. Y no ya por referencia al paleolítico más antiguo. Las bandas o tribus que han desarrollado un tipo de vida o de cultura inequívocamente humana, no pueden, sin embargo, considerarse como sociedades de personas. La sociedad de personas requiere, no ya una cultura desarrollada, sino una civilización. Propiamente, la persona humana implica la ciudad, la civilización. Sólo en la ciudad cabe la escritura, al margen de la cual, a su vez, es imposible el derecho como sistema de normas que pueden regir desprendidas de la subjetividad individual del patriarca, jefe o sacerdote que las promulgó. [242]

Cuando se alcanza un nivel de abstracción, culturalmente determinado por el lenguaje que contiene el sistema completo de los problemas personales, tal que se hagan posibles los procesos pertinentes de transitividad y de reflexividad, a través de las materialidades más diversas (movimiento simbólico, trabajo cooperativo, etc.), podrá comenzar a elevarse la figura de la persona como sujeto de derechos y deberes, de normas abstractas funcionales, que suponen a los individuos como variables o argumentos de esas mismas funciones, es decir, como personas. La constitución de las personas es un proceso cultural, pero no por ello arbitrario o convencional. Las personas no son siempre meras ficciones (ficciones jurídicas) pero sí son figuras dadas en un sistema normativo, funcional, por tanto “artificioso”, al margen del cual carecerían de significado, pero dentro del cual pueden alcanzar una necesidad (moral o jurídica), similar a la que alcanzan, por ejemplo, los números imaginarios en el sistema de los números complejos. El proceso de personalización es, en resolución, un proceso histórico, en virtud del cual las primeras prefiguraciones de la personalidad, comenzadas en sociedades antiguas relativamente avanzadas, podrá alcanzar la forma de una ampliación sucesiva (movida desde luego por intereses subjetivos o de clases) cuya naturaleza no es muy distinta a la del proceso en virtud del cual se amplió el reducido círculo originario de quienes detentaban el derecho personal a la ciudadanía romana, en la época de Caracalla. {SV 183-185}

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