Filosofía en español 
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Individuo y Persona

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Persona humana en el plano “ontogenético” (constitución de la)

En el plano ontogenético tampoco puede confundirse el proceso de hominización con el de personalización. El embrión procedente de un cigoto humano es evidentemente un ser humano que tiene programados, desde el momento mismo de su constitución, al menos epigenéticamente, los rasgos morfológicos individuales del feto y aun del adulto. Pero el feto no es una persona. De aquí no se deduce que la eliminación de un niño que todavía no ha alcanzado el uso de razón no deba considerarse un asesinato, porque los ordenamientos jurídicos discurren según una escala prudencial propia que no tiene por qué concebirse como conmensurable con la escala de la biología o de la psicología, ni deducible de ella. Sin embargo, la línea fronteriza que las legislaciones positivas suelen trazar en torno a los tres meses, para diferenciar lo que pueda ser un aborto legal y un asesinato, es puramente convencional y carece, en nuestros días, de todo fundamento biológico: un embrión de dos meses tiene ya prefigurados, al igual que un feto de seis o más, todos los rasgos de su individualidad, que dependen de la herencia genética, desde el color de sus ojos hasta la forma de su nariz. Desde el punto de vista biológico, por tanto, no existe mayor fundamento para prohibir el aborto a partir de los tres meses de la concepción que a partir de los tres días. Si se prohíbe el aborto, debiera ser prohibido en toda su extensión. Por otra parte el aborto, desde el punto de vista “ecológico”, es un despilfarro (que debiera ser castigado, al menos, mediante una fuerte multa); desde el punto de vista social es un indicio de subdesarrollo en todo lo que concierne a los métodos de control de la natalidad [527-529]. {SV 185-186}

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