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Causalidad en las ciencias
Las relaciones de causalidad están presentes, en primer lugar, como relaciones positivas en las ciencias, no como relaciones exclusivas, puesto que incluso en las ciencias reales no es siempre posible aplicar las categorías de la causalidad, sin que por ello haya que hablar de acausalismo [132]. En las ciencias históricas, por ejemplo, la mayor parte de los procesos que ellas consideran (pongamos por caso, la batalla de Cannas) aun siendo resultados deterministas, no pueden considerarse como secuencias causales; y no ya porque no se den relaciones causales, sino porque se dan múltiples líneas de secuencias, cuya reunión, aun sin ser aleatoria, tampoco es necesariamente causal: la llamaremos transcausal. En ellas, aunque no haya causas, habrá razones [133]. En segundo lugar, la presencia de la causalidad en las ciencias (ahora en todas las ciencias, por su lado subjetivo) está asegurada por la naturaleza operatoria de las mismas, en la medida en que las operaciones gnoseológicas tienen mucho de procesos causales [134]. Sin embargo, no creemos que sea de aplicación obvia el concepto de causalidad propuesto a las transformaciones históricas de una ciencia, desde su estado normal –tomado como referencia al equilibrio– hasta el estado determinado por una revolución científica que se hiciera corresponder con las operaciones, puesto que también en la ciencia normal [788] deben reconocerse operaciones.
Las relaciones entre las operaciones causales objetivas de los sujetos gnoseológicos y las relaciones causales establecidas en los campos correspondientes son muy variadas. Consideramos erróneo tratar de presentar las relaciones objetivas de causalidad como “proyecciones” de operaciones subjetivas (inferencias) como sugieren algunos psicólogos inspirados por J. Piaget. Precisamente muchas relaciones causales objetivas, por ejemplo, las astronómicas, hay que verlas no ya como resultado de una proyección antropomorfa de operaciones objetivas, sino como resultados de eliminación (por neutralización) de las operaciones.
{FGB 227}