Filosofía en español 
Filosofía en español


A los representantes de Mutualidades

(Madrid, 25 de abril de 1944.)


Ante ustedes, como representantes de las Mutualidades, futuros colaboradores de una de las obras que más intensamente nos preocupan, quiero sentar lacónica pero diáfanamente el criterio del Ministerio de Trabajo en lo relativo a los Conciertos.

En primer lugar, el Concierto significa para nosotros el comienzo de una unidad de acción, no el principio de una rivalidad. Toda Entidad concertada guarnecerá un sector determinado del Seguro de Enfermedad, y será, en consecuencia, objeto de nuestra vigilancia, pero también de nuestra ayuda. Formará con nosotros en servicio de una empresa común. Este sentido habrá de informar las normas concretas a que hayan de ajustarse todos los Conciertos. Por ello, la Entidad concertada y la Caja Nacional han de proporcionarse mutuamente datos e informes de interés para la buena marcha del servicio. La Caja viene obligada a servir los modelos, fichas, &c., a las Entidades, aun cuando éstas podrán con su autorización confeccionarlos por su cuenta, sujetándose a determinadas características generales. Se cuidará la unidad en la terminología y en la nomenclatura de las enfermedades. Las instalaciones propias de la Caja, singularmente las de hospitalización, podrán ser utilizadas por las Mutuas que carezcan de ellas mediante una compensación estipulada previamente. En estos tipos de fórmulas prácticas ha de concretarse el criterio de unidad.

Si hemos propugnado los Conciertos como sistema en la organización del Seguro, no ha sido por una necesidad absolutamente imprescindible. Estimo oportuno exponer la verdadera razón de nuestra preferencia por el colaboracionismo. Nosotros no entendemos el mando de la política social como un elemento para establecer estructuras incómodas, sin otro móvil que el prurito de la imposición. Por el contrario, nos interesa extraordinariamente como falangistas la colaboración activa en nuestras obras de las fuerzas productoras de la Nación; el encuadramiento en nuestras líneas de formaciones privadas orgánicamente integradas en una Institución. Ahora bien; integradas con naturalidad, sin debilitar con canalizaciones forzadas el rendimiento de su esfuerzo. Por obra y gracia de los Conciertos, la Entidad concertada continúa con la necesaria autonomía ejerciendo su función social –llevando a cabo por sí misma las prestaciones– y constituye al mismo tiempo miembro conectado y armónico en el organismo del Seguro. Se administra ella misma sin rebasar el porcentaje preestablecido para sus gastos de administración.

Hemos prescindido de las teorizaciones y de los experimentos para aprovechar primero que nada las realidades efectivas existentes. Creemos que el medio de hacer estables y eficaces las Instituciones nuevas es adscribir a ellas el esfuerzo de los españoles que trabajan en servicio de sus fines, pero sin dislocarlo. Porque los órdenes nuevos tienen como etapa obligada de su éxito la de amoldarse a las necesidades presentes para irlas transformando, la de aprovechar y encauzar sin desarreglarla la actividad útil de los Organismos que espontáneamente nacieron a la vida nacional. En este sentido, el Concierto es para nosotros una integración perfecta del esfuerzo privado en la obra estatal. Para que esta integración presente garantías de eficacia hacen falta topes concretos de acción mínima que la Entidad concertada se comprometa a alcanzar. El compromiso, en todo caso, deberá abarcar las prestaciones de Medicina General, Especialidades y Farmacia. Es interesante también la orientación sobre el tipo medio de la intensidad de las prestaciones sanitarias. Elijo el número de camas por beneficiario como índice general de este ritmo de intensidad en los servicios: por cada mil beneficiarios es nuestro criterio que la Entidad colaboradora cuente aproximadamente con 4,5 camas para adultos, Cirugía y Especialidades, con una para niños hasta tres años y con 0,4 para Maternidad con cama aneja.

Naturalmente, el cumplimiento de estos compromisos ha de comprobarse con una intervención que para nada afecta a la autonomía de funcionamiento de las Entidades. El principio de elección del beneficiario, sometido exclusivamente a ciertas limitaciones que eviten cambios caprichosos, es, por otra parte, la mejor garantía de prosperidad y de emulación para las Entidades que mejor cumplen.

En resumen, entendemos el Concierto como una interesantísima solución político-social que armoniza la acción privada y la estatal. Este signo de comprensión, de unidad y de eficacia es nuestra decisión que presida la nueva etapa de las Mutualidades integradas en el Seguro.

 
(Madrid, 25 de abril de 1944.)