Filosofía en español 
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Tratado VI. Del sexto mandamiento. No fornicarás


Capítulo II

Del incesto

9  P. Acúsome Padre de haber tenido algunas llanezas indecentes con una parienta mía.

C. ¿Y eran esas llanezas solicitándola a la cópula?

P. No Padre.

C. ¿Y tenía v. m. interiormente deseo della? Porque como el deseo eficaz tenga la misma malicia, que la obra a que mira, es sin duda, que ese deseo tendría malicia de incesto.

P. No tenía tal intención, ni deseo.

C. ¿Y sintió v. m. en esas llanezas alguna efusión de semen, o se puso a peligro de eso?

P. Sí Padre, tuve con efecto esa flaqueza.

C. Cosa llana es, que la cópula, o acceso con persona parienta dentro del cuarto grado, es incesto, y que lo es también el deseo de ella; pero dudará alguno, si los tactos, o llanezas con tal persona parienta, tengan la malicia de incesto; y la razón de dudar, es, porque la cópula sodomítica entre parientes, aunque sea en el primer grado de consanguinidad, no tiene malicia de incesto, en opinión de Bellocho, Homobono, y otros, que cita, y sigue Murcia tom. 1. disq. lib. 2. disp. 2. resol. 19 a n. 5. y en el tom. 2. lib. 4. disp. 10. resol. 6. num. 2 y 4. Diana 3 part. tract. 4. resol. 101. Porque en sentir destos DD. sólo se contrae la malicia del incesto, cuando hay cópula apta para causar afinidad; en los sodomíticos no hay cópula apta para causar afinidad: Luego en ninguno dellos se contrae la malicia de incesto: Luego parece que se infiere desta doctina, que tampoco las llanezas, o tactos con parientas, tendrán la malicia de incesto.

Pero si alguna verdad pudiera tener esta doctrina, se había de entender solo de los tactos sodomíticos; pero no de los que no lo son: y es la razón, porque los tactos ex fine operis, se ordenan al acceso; atqui, el acceso con parientas es incesto: Luego también los tactos.

10  P. Padre, acúsome de haber tenido acceso con una prima consanguínea mía en segundo grado, y otra parienta de afinidad en el tercero.

C. En una, y otra ocasión cometió v. m. incesto. Pero no es necesario, en opinión de algunos, explicar el grado de paeentesco, en que estaba v. m con esas personas, sino decir, que ha pecado con parienta dentro del cuarto grado, sin explicar si era parentesco de afinidad, o consanguinidad, Cayetano, Bonacina, Ledesma, que cita Diana part. 1. tract. 7. resol. 31. y p. 4, tract. 4. resol. 234. Murcia tom. 2. lib. 4. disp. 10. resol. 6. n. 7. Y es la razón, porque la diversidad específica se toma de la oposición a diversa virtud, o diverso modo de oponerse a ella: todos los grados de consanguinidad, y afinidad se oponen a una misma virtud de la piedad, y no la miran de diversa manera. Luego no se distinguen en especie.

Si bien es verdadero, y común lo contrario por lo menos si el grado es el primero, se habrá de explicar con expresión. Véase a Baseo vers. Incestus, n. 3.

[ Práctica del confesonario (Pamplona 1686); según la octava impresión (Imprenta Real, Madrid 1690), “edición canónica”, páginas 55-56. ]