[ El grado de doctor en filosofía recibido conforme al plan literario de 1824 equivale al de doctor en ciencias con los derechos y prerrogativas que concede a esta clase el Real decreto de 17 de Setiembre de 1845 ]
parte oficial
Presidencia del Consejo de Ministros
La Reina nuestra Señora (Q. D. G.) y su augusta Real familia continúan en esta corte sin novedad en su interesante salud.
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Ministerio de Gobernación de la Península
Sección de Instrucción pública.= Negociado núm. 2.
He dado cuenta a la Reina de una instancia de Don Fernando Santos y D. Francisco García Portillo, remitida por V. S. en 13 de Enero último, solicitando que mediante a estar graduados de doctores en filosofía con arreglo al plan de estudios de 1824, se entienda que lo están según el novísimo de 17 de Setiembre próximo pasado. Enterada S. M. de las razones en que los interesados fundan su solicitud, y de lo expuesto en su apoyo por el decano de la misma facultad en esa escuela general; teniendo presente que para recibir los grados de licenciado y doctor en filosofía, según el art. 43 del plan de estudios de 1824, bastaba que los bachilleres ganasen cuatro cursos en cátedras superiores; esto es, de matemáticas y ciencias naturales, según el art. 39 del mismo: considerando que por el nuevo plan de estudios es preciso para ser doctor en filosofía haber recibido igual grado en cada una de las secciones de letras y ciencias en que se divide la facultad; resultando ahora que según el mismo plan el licenciado en ciencias habrá de hacer más estudios y adquirir mayor suma de conocimientos que los exigidos anteriormente para recibir el grado de doctor en filosofía, según se deduce del art. 11 del plan de estudios vigente; teniendo muy en cuenta que la común denominación de doctor en filosofía no es la que establece equivalencia de derechos, sino que estos se fundan en la suma y clase de conocimientos que bajo esa común denominación se exigían antes y se exigen ahora; y considerando por último la injusticia que habría en conceder iguales derechos y ventajas a los que, conforme al plan antiguo, solamente abrazaban ciertos y determinados conocimientos en una sección especial de la filosofía, y a los que, con arreglo al plan moderno, abrazan ambas secciones, y por consiguiente cuantiosa suma de conocimientos universales en la referida facultad, lo cual establece entre ambas clases de doctores una diferencia muy considerable, S. M. ha tenido a bien declarar por punto general, y como parte adicional del plan de estudios vigente, que el grado de doctor en filosofía recibido conforme al plan literario de 1824 equivale al de doctor en ciencias con los derechos y prerrogativas que concede a esta clase el Real decreto de 17 de setiembre del año último.
Asimismo se ha servido resolver, siguiendo igual principio de equidad, que si alguno de los doctores recibidos según el plan de 1824 tuviese hechos, aunque sea privadamente, los estudios relativos a la sección de letras, y quisiere optar a los grados de licenciado y doctor en las mismas, pueda desde luego ser admitido a ellos para obtener el título de doctor en filosofía con arreglo al actual sistema.
De Real orden lo comunico a V. S. para su inteligencia y demás efectos. Dios guarde a V. S. muchos años. Madrid 17 de Febrero de 1846.= Isturiz.= Sr. rector de la universidad de Sevilla.