Filosofía en español 
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Aventura del Pensamiento

Cartas de Bentham a José del Valle

Por Rafael Heliodoro Valle

José Cecilio Díaz del Valle (1780-1834), el pensador que más ha discurrido formalmente sobre los problemas sociales y políticos de Centroamérica, y que por su preparación y su intuición de estadista ha sido uno de los pocos hombres de gobierno que han enaltecido el poder, tuvo la amistad de uno de los grandes judíos ingleses, Jeremías Bentham (1784-1832), que influyó profundamente en la historia de las ideas políticas y económicas de América Española, desde Argentina con Rivadavia, hasta Centroamérica con Valle.

Dice Ramón Rosa: “El eminente jurisconsulto Jeremías Bentham, representante de la escuela utilitarista, tuvo la más amistosa correspondencia con Valle. El nombre de este ilustre americano figura, entre los nombres de los grandes sabios de Europa, en el testamento de Bentham, quien dejó a sus amigos predilectos anillos con su retrato y pelo de su cabeza en prueba de su cariño y de su aprecio”.

Mientras Jorge del Valle Matheu, biznieto de Valle, nos da a conocer el texto completo de las cartas de Bentham para éste –que seguramente guarda en su biblioteca– he logrado que el Dr. R. H. Humphreys, de la Universidad de Londres, me proporcione copia de algunos de los papeles de Bentham que, por vez primera en español, permiten hacer el anticipo documentado de la amistad intelectual que les unía.

Ante todo, hay que hacer notar que el intermediario de esas relaciones fue don Próspero Herrera, Ministro de Centroamérica en Europa y, además, un asiduo corresponsal de Valle. Parece que la primera carta de Valle a Bentham fue suscrita en Guatemala antes de la del 3 de agosto de 1821 (Anexo nº 1) en que lo llama Padre y al anunciarle que hará circular su Código Constitucional, le dice que envidia a su primo Herrera y que con gusto permutaría su puesto con él para poder vivir en la residencia del mejor legislador del mundo. Es oportuno hacer notar que pocos días después Valle redactó (15 de septiembre) el acta de independencia de Centroamérica.

La segunda carta recibida por Bentham en 1826 (Anexo nº 2) parece haber motivado las dos que éste dirigió a Valle el 10 de noviembre de 1826, porque en ellas le habla de su Código Constitucional. Le dice que el doctor Puigblanc, un miembro distinguido de las Cortes Españolas, ha sido el traductor de dicha obra. También le habla, con alto encomio, del gran argentino don Bernardino de Rivadavia, con quien Bentham tenía correspondencia y quien hizo la traducción de los Elementos de Economía Política, “generalmente considerada la mejor obra instructiva que se ha dado a la estampa de esa ciencia tan importante y recién aparecida”. Y agrega: “El autor es James Mill, un discípulo mío, que, además, es autor de la historia más instructiva que hasta hoy se ha escrito –la Historia de la India Británica, que le ha procurado una poderosa influencia en la dirección de los negocios de aquel país que cuenta con 60 millones de súbditos ingleses y medio millón en estado de virtual dependencia. Hace algunos años Mr. Rivadavia me dijo que había traducido una parte considerable de un Tratado de Legislación que por entonces se proponía publicar, haciéndole adaptaciones de acuerdo con la situación de Buenos Aires”.

En este epistolario hay dos cartas de Bentham –mejor dicho, borradores de cartas, que, por eso llevan algunas veces la misma fecha– que fueron dirigidas a Del Valle el 10 y el 11 de enero de 1827 (Anexo nº 3). Después de la del 14 de marzo de dicho año van las del 18, (Anexo nº 4) 19 y 20 del mismo mes, en las que Bentham le brinda sugestiones como economista y legislador, con una amplitud que evidentemente es el mejor testimonio del aprecio intelectual que tenía a Del Valle. El 18 de marzo de aquel año Bentham le decía que estaba frisando en sus 80 años y que temía morir sin que estuviera terminado su Código, pues éste lo estimulaba “como un látigo a un caballo”. No deja de expresarle que es sincera su afirmación al saber los acontecimientos de Centroamérica; y que al señor Herrera, en cuanto le comunicó su deseo de visitar París, le dio cuatro cartas de recomendación “para los cuatro hombres que, al conocerlos, me imaginé serían de más provecho para su país y para él”: el Marqués de La Fayette, el editor de la Revue Encyclopédique –que era la publicación mensual más renombrada en francés–, Jean B. Say –“el más hábil escritor sobre Economía Política”, en el mismo idioma–, y Félix Bodin, uno de los principales colaboradores de Le Constitutionnel, periódico liberal muy leído (Anexo nº 5).

Bentham hizo un claro elogio de Valle: “De acuerdo con los medios que tengo para formarme un juicio según mis lecturas, si hay alguien en su América Central que pueda salvarla de que sea tragada por el golfo del despotismo (como mucho me temo que ha ocurrido con Colombia) ese es usted”. Y luego elevaba el tono de su admiración, diciéndole que si tuviese el don de hacer milagros le dividiría en tres personas: una para que fuera a los Estados Unidos del Norte, otra a Inglaterra y la otra que se quedara en Centroamérica en donde era tan indispensable para salvar al Estado. Con esa carta le enviaba copia de la que recibió de Rivadavia en 1823 cuando éste era jefe del gobierno de Buenos Aires; y recalcando su estimación por el prócer argentino –su “actitud intelectual”, “su habilidad natural”– le dice que no creía que hubiese uno que le emulara en la América Española; “pero por las aptitudes mentales además de las intelectuales, Ud. es en cierta manera mi única esperanza”.

Bentham escribía el 24 de marzo de 1827, desde Londres: “En respuesta a la carta mencionada anteriormente, con que Ud. me honró, le envié una traducción española de aquellos opúsculos míos que tratan de legislación y también más de 200 páginas del proyectado Código Constitucional que tengo en prensa para su publicación en Inglaterra”.

No pueden ser más trascendentales para la biografía de Del Valle las cartas que dirigió a Bentham: la primera el 18 de abril de 1827, en la que le anuncia el envío de sus discursos y otros escritos políticos; y le dice que años antes había sentido que una de las primeras necesidades de la América y especialmente de Centroamérica, era la de derogar los códigos españoles que han regido en ella, y formar otros nuevos, dignos de las luces del siglo difundidas por los sabios que han sabido perfeccionar la jurisprudencia. Con la del 19 de mayo de 1829 (Anexo nº 6) Del Valle le envía una colección de las monedas de oro y plata de Centroamérica, por medio del señor Y. Ackerman, y a ella respondió Bentham con la que parece haber sido su última carta para Del Valle, la que escribió del 8 al 13 de septiembre de 1829 y en la que le da ciertas sugestiones respecto al estilo de la moneda y esboza sus opiniones sobre la libertad de imprenta: es esa carta la más amplia que le escribió (Anexo nº 7), y va después de ella una lista de las ediciones de los libros de Bentham que habían aparecido en España y que era enviada para uso de Del Valle: Espíritu de Bentham o la Ciencia Social, por el Dr. Toribio Núñez, dedicado a las Cortes Españolas (Salamanca, 1820); las Panópticas de Bentham, traducidas por Jacobo Villanueva en 1821 y que sirvió para que en lo futuro las Cortes decretaran que las prisiones de España se construyeran conforme al plan de Bentham; la traducción de los Tratados de Legislación Civil y Penal por Ramón Salas en1822; el Tratado de pruebas judiciales y teoría de penas legales, edición en cuatro volúmenes hecha en París en 1825 y que podía obtenerse por medio de Bossange Frères; y la traducción de las obras de Bentham al portugués, en 1822, por cuenta de la nación, conforme al decreto de las Cortes de Portugal.

En esta preciosa documentación hay dos listas de libros que mucho servirán en la historia de las ideas en América: la primera está firmada por Valle en Guatemala el 26 de julio de 1825 y se titula Factura de los libros, instrumentos, i géneros qe. espero me remita de Londres el Ciudo. Prospero Herrera en cuenta de la factura qe. debe proporcionar la Casa de Viré segn. lo contratado con Dn. Francisco Lavagnino; y la segunda, de fecha 15 de enero de 1827, aparece con el de Ouvrages en Français que Monsieur Bentham prend la liberté de recommander a Mr. Herrera pour le compte de M. del Valle.

Bentham en Hispanoamérica

Fue Bentham en el siglo XIX, como economista y jurista, uno de los pensadores europeos más influyentes en la nueva ideología política de Hispanoamérica, y ello no sólo gracias a la que ejerció sobre hombres de Estado como como José del Valle, sino a las diversas traducciones y ediciones que de sus obras se hicieron en español, pudiendo afirmarse que fue un autor tan leído como lo eran Humboldt, Rousseau, Voltaire y Cuvier. Están de muestra las siguientes:

1823.– Tratados de legislación civil y penal, de… Traducción al castellano, con comentarios, por Ramón Salas. Masson e Hijo, calle de Erfurth, Nº 3, París, Imprenta de A. Bobée.

1824.– Tratado de los sofismas políticos. París, Imp. de J. Smith.

1825.– Teoría de las penas legales. París, Imprenta de J. Smith.

1826.– Teoría de las penas y de las recompensas. Traducida al español de la tercera edición, publicada en 1826, por D. L. B. Tomo III. París, Casa de Masson e Hijo.

1828.– Defensa de la usura, o cartas sobre los inconvenientes de las leyes que fijan la tasa del interés del dinero. Con una memoria sobre los préstamos de dinero, por Turgot; y una introducción que contiene una disertación sobre el préstamo a interés: traducidas del francés, por don J. E. París, en la Imprenta de Casimir.

1836.– Deontología o Ciencia de la Moral, obra póstuma de… revisada y ordenada por M. J. Bowring, y publicada en francés sobre el manuscrito original. Traducida al español por D.P.P. México, Librería de Galván, Portal de agustinos, Imprenta de J. Ferrer de Orga (Valencia).

1838.– Tratado de los sofismas políticos. Nueva edición aumentada con el tratado de los sofismas anárquicos por el mismo. Madrid, Imp. de D. L. Amarita.

Hay que leer a Bentham para convencerse de que mucho de su pensamiento sigue teniendo validez. Basta advertirlo cuando en su Defensa de la usura dice: “La sociedad entera puede considerarse dividida en dos clases: una que posee actualmente los instrumentos del trabajo, tierras y capitales, sin querer o sin saber emplearlos; y otra que sabiendo y queriendo emplearlos, trata de adquirirlos. Hasta ahora la primera de estas dos clases se ha reservado constantemente una parte del trabajo de la segunda, cediéndole el uso de los instrumentos de que estaba en posesión. Esta parte que se ha reservado ha sido siempre proporcionada a su poder político; y ha ido siempre menguando a medida que ha crecido la existencia social y extendídose el influjo político de la clase de los trabajadores, o lo que es lo mismo a proporción que se han debilitado los privilegios inherentes a la persona de los no-trabajadores propietarios, o al título abstracto de propiedad”.

Se impone una revisión de la influencia del pensamiento de Bentham en aquellos que más lo seguían durante el primer cuarto del siglo pasado, cuando algunos de los pensadores de Hispanoamérica trataban de echar las bases de los Estados que les tocó en suerte dirigir. He ahí la importancia de la documentación que nos permitimos anticipar y que estaba inédita o utilizada fragmentariamente en inglés.

Bibliografía

1. Obras de José Cecilio del Valle, compiladas por José del Valle y Jorge del Valle Matheu. Guatemala, 1929 y 1930, 2 tomos.

2. Muerte de Jeremías Bentham. “Gazeta Federal”, Guatemala, 3 septiembre 1832.

3. The works of Jeremy Bentham, ed. John Bowring, Edimburgo, 1842, vol. XI.

4. Alberto Palcos. Rivadavia y la amistad de los filósofos. “La Prensa”, Buenos Aires, 27 febrero 1938.

5. Ricardo Piccirilli.–Rivadavia y Bentham. “La Nación”, Buenos Aires, 10 julio 1938.

6. El Dr. Francisco Lavagnino, autor de un diario interesante del viaje que hizo desde Omoa a la ciudad de Guatemala, era amigo de don José del Valle. Extractos de su diario aparecieron en el New Monthly Magazine, Londres, 1825, vol. XIV, pp. 583-88, y se hallan traducidos al español en la Revista del Archivo y la Biblioteca Nacional, Tegucigalpa, 1906-7.

7. Los documentos epistolares que van como anexos de este trabajo se encuentran originales en el British Museum (Additional Mss. 33,546) y en el University College de Londres (Bentham Mss., Box 12, Nos. 346, 348, 353-357, 359-362, 381-385 y 370. La carta que Del Valle dirigió a Bentham (3 agosto 1831) y la de Bentham a Del Valle (8-13 septiembre 1829) y que Bowring publica en el vol. IX de The works of Jeremy Bentham no aparecen originales.

Anexo nº 1

Del Valle a Bentham

3 agosto 1821.

La carta que Valle dirigió a Bentham desde Guatemala el 3 de agosto de 1821,{1} aparece traducida al inglés en The works of Jeremy Bentham (ed. John Bowring, vol. XI, p. 71) y podría traducirse nuevamente al español en estos términos:

“Mi siempre querido padre: Cómo envidio a mi primo,{2} –con cuanto placer cambiaría yo mi suerte por la de él, para que yo pudiera vivir en la residencia del mejor legislador del mundo!

“Me ocuparé en hacer circular su Código Constitucional. La luz de Westminster iluminará estas tierras.

“Usted desea, como yo, la instrucción universal: y yo trabajo para que ésta avance. Hay autoridades a las que es necesario referirse continuamente, en todas las ramas de la ciencia–y usted es una de ellas: en todos los países yo sigo sus huellas”.

Anexo nº 2

Del Valle a Bentham

1826.

Señor:

Sus obras le dan el título glorioso de legislador del mundo. Los qe. han sido llamados pr. sus destinos a formar o discutir Proiectos de Códigos civiles o criminales han pedido luces a V.; y yo tengo mas qe. otros necesidad de ellas.

La Asamblea de este Estado de Guatemala se ha servido nombrarme individuo de la Comisión qe. debe formar nuestro Código civil. Yo he vuelto los ojos a V. y sus dignas obras. Tengo algunas: me faltan otras; y sus pensamientos serían pa. mi de precio infinito.

Permítame V. le suplique vuelva su atención á una República qe. acaba de nacer, y cuia felicidad me intereza en el grado mas alto. Sírvase comunicarme sus pensamientos. Sabrá apreciarlos quien ofrece á V. los respetos y consideración con qe. tengo el honor de ser su mas ato. servr. José del Valle.

A Mr. Jeremías Bentham.

Anexo nº 3

Bentham a Del Valle

11 enero 1827.

Como entre la forma ordinaria o sea la forma no compuesta de Gobierno, y la compuesta o sea la forma federal, mi Código trata de la primera, por ser una cosa que no varía y que está libre de las muchas dificultades que se presentan en la otra. Porque en cuanto a la compuesta, ofrece dificultades no sólo en el estado menos susceptible de heterogeneidad, esto es en la suposición de que todos los estados se hallan en las mismas circunstancias, sino que la dificultad se agrava con esto: que el número de los estados confederados y constituyentes tengan un grado indefinido de variaciones susceptibles, pues en una gran variedad de aspectos, cada uno puede ser diferente de los demás.

En esta ocasión se presentan tres fuentes de mutuo error y desacuerdo: 1º Contribuciones en dinero para las exigencias comunes; 2º Contribuciones en hombres para las exigencias comunes; 3º Detrimento capaz de producirse, con o sin justicia, en el comercio entre uno y otro.

De estas tres dificultades, las dos primeras son las que se presentan como más fáciles de solucionar, y si no se eliminan, por lo menos pueden disminuir. La tercera y última presenta tal masa de detalles que un extranjero no puede fácilmente aventurarse a tratarla, a la distancia en que me hallo.

En cuanto a las contribuciones pecuniarias en otros puntos, Guatemala, así como otros de los Estados que fueron españoles, parece haber tenido de modelo a los Estados Anglo-americanos. Y para un modelo tomado en conjunto, sin duda no se encontró afuera nada mejor. Teniendo esto en cuenta, cuanto a los puntos en cuestión, el curso más obvio y natural es hacer lo que estos Estados Unidos han hecho y proceder respecto a las contribuciones –imponiendo a cada Estado componente un grupo de contribuciones para ese Estado y otro grupo de contribuciones para el uso del gobierno central y para los gastos de seguridad colectiva de todos los Estados contra cualquier adversario común que puedan tener.

Pero esta solución tropieza con muchos inconvenientes considerables; aun en el caso de aquella confederación; y por varias circunstancias que tengo presentes, esos inconvenientes parecen aumentar en grado infinito en el caso de ustedes.

En primer lugar, en los Estados Unidos se requieren los gastos para un Establecimiento Judicial separado; y un segundo establecimiento que, para ser eficiente, no puede ser menos numeroso ni exigir menos gastos que el primero.

En seguida vienen las dificultades de trazar líneas adecuadas de demarcación entre ambas jurisdicciones.

En tercer lugar, en cuanto al tema de impuestos y contribuciones, ya sea de producción, exportación o importación, existe el peligro de que, sea o no con intención, un impuesto sobre un beneficio que se aplica sobre este o aquel artículo con determinado propósito puede interponerse y disminuir las ganancias de la producción, de la importación o de la exportación de este o aquel artículo al cual se aplicaba con el otro propósito.

Anexo nº 4

Bentham a Del Valle

18 marzo 1827.

Con vista al arreglo de libros para la biblioteca que usted proyecta y habiéndome mostrado una lista de los que desea le manden, le di una carta de presentación para Bossange Frères en París, cuya probidad y espíritu cívico he conocido por experiencia propia, además de la muy amplia que de ella tuvieron mi hermano y su familia.

En una época en que el gobierno de su país se halla envuelto en tan negra nube de incertidumbre, respecto a la seguridad de las personas y de la propiedad, me inclino a pensar que juzgará Ud. prudente suspender el envío de los anteriormente mencionados y otros artículos impresos y esperar que lleguen informes más alentadores.

Respecto a la ventaja de sacar primero a luz lo más sencillo antes de lo más complicado, mi Código Constitucional no contiene ningún arreglo que sirva al uso de un gobierno federal. Por lejos que se vaya, responde tanto al propósito como a la forma al primero. Fue hecho teniendo en mente que respondiera al mismo estado de cosas a que había de contribuir. Sobre cada uno de los distritos que son los núcleos de la división primaria de todo el territorio del Estado, mi código establece una Legislatura, que estando subordinada al cuerpo de legisladores de todo el territorio, yo denominé una Sublegislatura. Esta la constituyen autoridades sublegisladoras. Las autoridades superiores en sus diversos Estados independientes y confederados requerirían sólo algunos arreglos adicionales hechos para este propósito particular: añadir algunos pequeños cambios. Desgraciadamente, en la verdadera naturaleza del caso, ésta es, con mucho, la tarea más difícil en la legislación. Pensaré en forma muy especial respecto a su carta. La dificultad se acrecienta con lo difícil que es trazar líneas precisas de demarcación entre las autoridades de los diversos Estados confederados y las autoridades del Gobierno central. Pero esta dificultad es cada vez menor, proporcionalmente, cuando la distinción es cada vez más clara entre los campos de autoridad en un Estado no federal considerado en sí mismo: cualquier cosa que yo haya hecho en este sentido (ya esto he consagrado mi mayor atención) será útil a Ud. y a su Estado, si puedo decir que sea útil. Sea como fuere, en el presente, la mejor cosa que puede hacerse es adoptar, en cuanto sea aplicable, lo que se ha planeado en los Estados Unidos anglo-americanos.

Anexo nº 5

Bentham a Del Valle

18 marzo 1829.

Con la prisa con que hago cada cosa (pues estoy en mis ochenta años de edad y el temor de morir antes de que esté concluido mi Código actúa sobre mí como el látigo sobre un caballo) no sé si seré capaz de repetir una lista correcta de lo que envié a Ud. en ocasión anterior o una nota correcta acerca del asunto; o aun de lo que envío a usted ahora, ya que es de diferentes fuentes de donde tendrá que recogerse y debe pasar por dos manos diferentes antes de que sea puesta a bordo del barco, cuyo nombre no sé en estos momentos.

En aquella anterior ocasión, pensando que era cuestión de decoro y de necesidad enviar al Presidente de su Estado una copia de mi carta para usted, lo hice así: pero como según los documentos impresos antes mencionados, me parece que ese decoro, por lo que se relaciona conmigo, ha cesado, no mando copia de esta carta a ninguna otra persona.

No necesito emplear muchas palabras para afirmarle cuán sincera es mi aflicción al ver en su patria las cosas en ese estado; y mi consideración al pensar que nada está a mi alcance poder hacer (teniendo en cuenta la distancia y tantas otras cosas) tampoco me proporciona la menor esperanza de ser útil para contribuir a la restauración de la paz y la armonía.

Habiéndome comunicado su primo el deseo de visitar París, le ofrecí y las aceptó, cartas para los cuatro hombres que, según pensé, serían de más provecho, para su país y para él, que conociera: es decir La Fayette, tan renombrado ahora en todo el mundo civilizado –el asociado con Washington en la emancipación de los Estados Unidos anglo-americanos; Jullien,{3} el competente editor de la “Revue Encyclopédique”, la publicación mensual más renombrada en lengua francesa, y con ellos Juds. Murray…{4} (borrado); Juan Bautista Say, el escritor más inteligente sobre Economía Política en lengua francesa y Félix Bodin,{5} uno de los principales colaboradores del “Constitutionnel”, el periódico de más profusa venta en el bando liberal.

Tuve la satisfacción de que él mismo me dijera que no había quedado defraudado al ser recibido por ellos.

Anexo nº 6

Del Valle a Bentham

Guatemala 19 de maio de 1829.

Señor

La falta de portadores, producida pr. la de relaciones entre esta y esa capital, ha sido la causa de mi silencio en los meses anteriores. Yo no he podido dirigir mis letras: no he tenido el honor de hablar en ellas al señor Bentham. Pero he oído su voz respetable en las obras qe. ha escrito pa. bien universal del genero humano. V., señor, se ha multiplicado en ellas: vive en todos los países del mundo civilisado: vivirá en todos los siglos. Un sabio es, entre todos los seres, el qe. se aprocsima más á la Divinidad, qe. está presente en todo el universo.

Yo aprovecho desde luego la ocasión qe. se presenta ahora. El señor J. Ackerman va á salir pa. esa ciudad; y con el tengo la satisfación de remitirle una colección de las monedas de oro y plata de esta república.

Ni las de aquí, ni las de otra nación del mundo antiguo y nuevo son como yo deseo qe. sean. En las monarquías tienen el busto del rei, y sus armas: en los Estados-unidos el busto de la Libertad y un águila con la divisa del sistema federal, Et pluribus in unum: en la república megicana el gorro de la libertad, y un aguda sobre un nopal con una serpiente en el pico: en la de centro-america el árbol de la Libertad, y cinco volcanes representantes de los cinco Estados qe. forman la república: en la peruana una dama qe. representa la Libertad, y las armas de Lima: en las provincias- unidas de la Plata el sol, el símbolo de la unión, y el gorro de la Libertad: en Chile un volcán arrojando fuego, una columna sosteniendo una esferita, arriba una estrella, y mas alto la palabra Libertad, etc.

En todas las naciones qe. no sean oprimidas pr. tiranos ó déspotas debe haber Libertad legal. El símbolo qe. la representa podría á este aspecto ponerse en las monedas de todos los gobiernos constitucionales: es pr. consiguiente demasiado general; y los de una moneda deben ser tan propios del país donde ha sido acuñada qe. no puedan extenderse a otros. Los demás símbolos de las repúblicas de América tienen igual defecto pr. qe. son diversas las naciones donde hai águilas, nopales, etc. En las pinturas de serpientes, soles, águilas, etc. veo no sé qué reliquias de la antigua barbarie; y el gorro de la Libertad me parece una afectación, innecesaria cuando la hai positivamte., y visible cuando ha llegado a ser nominal.

Yo deseo qe. en las monarquías y en las repúblicas, las monedas tengan en el anverso una imagen qe. represente el congreso, parlamento, ó cortes, y en el reverso el busto del rei o gefe supremo de la república: qe. en el primero se esprese el nombre del congreso, parlamento, ó cortes, y el numero de diputados y senadores qe. deban formarlo; y en el segundo se manifieste el nombre del monarca o gefe respectivo de la nación.

Las monedas participarían entonces del carácter augusto qe. distingue á los altos poderes. Serían pa. la historia monumentos preciosos de los periodos constitucionales, y oprobio eterno de los tiranos qe. sofocacen la constitución de los Estados pa. ser absolutos.

Otro pensamiento qe. me ocurre en este instante sería á mi juicio de igual importancia. Podría ponerse en el anverso una imagen qe. representase los dos Poderes supremos, el legislador y el Executor; y en el reverso el mapa del reino ó república, reducido á un punto mínimo.

La carta de una nación daría a sus monedas el carácter mas inequívoco de nacionales. Serían mas conformes al espíritu del siglo qe. no se place, como los anteriores, en leones, castillos, escalas y monos, sino qe. busca lo qe. es positivamte. útil y conforme a la cultura de los tiempos. Se inspiraría gusto pr. la geografía respectiva del país, y hasta los últimos hombres del pueblo tendrían alga. idea del mapa de su patria.

No sé si V., señor Bentham, ha vuelto alga. vez a las monedas el pensamiento qe. ha sabido fixar con tanta utilidad en la ciencia legislativa. Si los míos fueren dignos de sus votos, yo tendré esta pura satisfacción; y en caso contrario, gozaré al menos la de desear qe. se mejore lo qe. me parece ecsigir reforma.

Sírvase aceptar las consideraciones con que tengo el honor de repetirme cordialmente.

Su más atento servidor.

José del Valle.

Post-scriptum. Acaba de concluirse la impresión de la obrita qe. he publicado á los primeros momentos de libertad de imprenta. Yo la remito á V. como un testimonio pequeño de mis respetuosos afectos.

Anexo nº 7

Bentham a Del Valle

8 al 13 septiembre 1829.

Monedas. Lo que Ud. dice sobre este tema muestra la amplitud y elasticidad de su mente. No obstante que más me habría agradado verla aplicada a asuntos en que el trabajo hubiera sido para producir efectos en que fuese más concreta e indispensable la felicidad pública.

Primero, respecto a que exhiban el perfil del territorio del Estado. Por guerras y por tratados estaría éste constantemente expuesto a variantes; y en caso de una cesión lo estaría en peligro de excitar comparaciones y recuerdos penosos.

Segundo, respecto al número de los miembros de las Asambleas Legislativas. También ahí, sea cual fuere el número de las asambleas que compongan la legislatura, continuamente sufrirían variaciones: natural y generalmente en cuanto a un aumento –tales variaciones se han producido en Inglaterra, en Francia y en los Estados Unidos anglo- americanos, etc., etc., y estoy inclinado a creer que en todas partes.

La libertad de Prensa, en la acepción ordinaria de la palabra. Hasta cierto punto es buena; pero en ese sentido puede tener lugar y al mismo tiempo ocurrir un estado de cosas opuesto a lo que se espera de ella. Bajo cualquier gobierno, y en particular en un gobierno democrático, el periódico es el instrumento literario más eficaz para el bien y para el mal; y entre las publicaciones periódicas las más eficaces, aquellas cuya aparición es más frecuente: el diario más que los periódicos que aparecen cada dos días; luego siguen los periódicos de cada dos días más que el semanario; y así sucesivamente. Supongamos que sólo existiese uno de estos periódicos y ningún otro, entonces la libertad sería mera ilusión; en vez de ser útil, dicho periódico podría ser peor que inútil. Primero, supongamos que sea más natural –que tal periódico sea editado por el gobierno, o bajo la influencia del gobierno. Todas las verdades que señalen las imperfecciones del sistema de gobierno, o la mala conducta de los gobernantes, son suprimidas: todos los malos argumentos y las mentiras, tendientes a que el pueblo apruebe semejantes imperfecciones, o mala conducta, o falta de fe en su existencia, serán insertadas; y todas las refutaciones a esas mentiras y las réplicas, y las refutaciones de esos malos argumentos, son excluidos. Aun supongamos que, durante un tiempo, el editor del periódico –este amo de la opinión pública– es honrado, y permite la inserción de comunicaciones, que por cualquiera de las causas antedichas, son desagradables al Gobierno. Debido a ese estado de cosas, la duración siempre será precaria. Pues cuanto más activo sea él en esa línea de beneficio, más molesto será para las autoridades constituidas, y más fuerte será el interés que ellas tendrán para ganárselo a cualquier precio. Una vez ganado, él no sólo será inútil a la causa sino peor que inútil. El bien en la forma de recompensa, tan mal aplicado aquí, duplica el perjuicio que podría hacer el mal, así mal aplicado, en la forma de castigo. Todo lo que el miedo al castigo podría lograr, sería impedir que el hombre sirviese a la causa del pueblo; mientras que la esperanza de recompensa, además de producir ese mal efecto negativo, podría en diverso grado, producir el mal efecto positivo de obligarle a hacer perjuicios positivos a los intereses del pueblo.

Lleguemos hasta a suponerle honrado, y honrado hasta el fin, aun dando publicidad a sus propias opiniones, con exclusión de todas las demás, puede desviar la opinión pública cuanto quiera, y estaría seguro así de hacerlo, en un grado más o menos considerable, aun sin proponérselo.

Habría, pues, que alejar este mal, o reducirlo a su menor expresión: o dicho con una de las nuevas palabras que he acuñado, habría que minimizarlo. Esto es poco fácil; y no se ha intentado jamás en parte alguna, que yo sepa.

En cuanto a lo que se escriba firmado por el editor, eso es sin remedio: a este respecto la tendencia será la que quiera darle por cualquier motivo. El único remedio contra semejante parcialidad es el que pueden aplicar otras personas con el carácter de corresponsales suyos. De poder arreglarse las cosas de modo que se obliguen a dar igual espacio a observaciones contrarias a las suyas, o a las de otro escritor del lado opuesto a lo que él sostiene, esto sería todo lo que se podría hacer. Cuando Miranda,{6} hijo del célebre general Miranda, con quien estuve en términos de intimidad, salió hace algunos años de este país, en donde había nacido y se había educado, creo que para Colombia –en aquel tiempo Venezuela– a fundar un periódico a la inglesa, le redacté un breve plan, que tenía por finalidad esta especie de imparcialidad e independencia, en cuanto fuese practicable. Con tan poco tiempo que usted me concede, no he podido encontrarlo, pues si no se lo habría enviado a usted o una copia de él; si lo consigo se lo remitiré por el próximo correo. Mientras tanto, quizá tenga usted tiempo para meditar en qué forma puede obviarse la dificultad, tomando en cuenta la situación de ese país.

El rey de Francia está decidido a esforzarse para restablecer el despotismo. Tengo a la vista las palabras de una conversación breve pero decisiva que sobre ese tema tuvo con el Duque de Orleans. Y ello procede de alguien que se la escuchó al propio Duque. El pueblo está resuelto a resistir al rey, caso en el cual, si ellos tienen éxito, el Duque de Orleans le sucederá en la corona: probablemente con autoridad más limitada que hoy. Y ahí tendrá lugar una guerra civil, a menos que el rey se asuste y ceda, lo que parece más probable.{7} En una prensa que tengo, un empleado está sacando copia litográfica de un folleto en defensa de la aspiración popular, destinado a que circule en Francia.

Creo que esta hoja contendrá las últimas palabras de mi larga carta miscelánica. Tome lo largo de ella como una prueba del afecto con que soy de Ud. etc.

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{1} “El original no se encuentra. En los manuscritos de Bentham que están en el University College, hay varias cartas para Herrera”. R. A. H.

{2} (Nota de Bowring.–Don Próspero Herrera, Ministro de Guatemala en Francia, que por algún tiempo visitó a Bentham).–Don Próspero era hermano de don Dionisio y don Justo José de Herrera, que más tarde fueron jefes del Estado de Honduras.

{3} Marco Antonio Jullien, llamado Jullien de París (1775-1848) fue miembro del Comité de Salvación Pública durante la Revolución Francesa y eminente periodista, fundador de la “Revue Encyclopédique”; habiendo acompañado a Napoleón al Egipto.

{4} John Murray, editor inglés que fundó la “Quarterly Review”.

{5} Félix Bodin (1795-1837), fue diputado en Francia en 1830 y es el autor de un resumen de la historia de Francia que apareció en 1821 y de “Estudios históricos sobre las Asambleas representativas”.

{6} En el “Archivo del General Miranda”, Caracas, 1938 (publicación de la Academia Nacional de la Historia), tomo XV, p. 304 aparece un recado de Michel Woronzow, del 17 de septiembre de 1798, en el que le dice que ignora si Bentham está en Londres. Leandro Miranda, primogénito del prócer, fue periodista en Bogotá hacia 1826 y más tarde banquero en Caracas.

{7} En 1830 se cumplió el vaticinio hecho por Bentham.