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Sinexión: conexiones alotéticas
Vínculo entre términos que, siendo diversos, y en cuanto diversos, los enlaza de un modo necesario. El polo positivo y el polo negativo de un imán están vinculados sinectivamente. El reverso y el anverso de un cuerpo dado (dejamos de lado las superficies de Moebius) están unidos por sinexión. La disociación [63] tiene mucho que ver con la sinexión [208-218].
Las conexiones alotéticas pueden considerarse como una forma particular de sinexión. Característica compartida por todos aquellos procesos denominados alotéticos, en cuanto se oponen a los supuestos procesos “auto-téticos” [816]. Un objeto o un proceso es alotético (de allós = otro, thesis = poner) cuando nos remite a una realidad distinta de él mismo, como si fuese el término consiguiente y correlativo de lo que los escolásticos llamaban término antecedente de una relación “trascendental”.
Por ejemplo, un proceso o un objeto, en tanto es efecto de una causa, es alotético respecto de su causa; el movimiento elíptico de un planeta es alotético en la medida en que la desviación constante de su trayectoria respecto de la recta inercial que toca cada uno de sus puntos, como tangente a la curva, la pone internamente (“trascendentalmente”) en relación con una masa gravitatoria distinta de la suya propia, la del Sol.
La relación alotética no puede confundirse con la relación de “intencionalidad” de la tradición escolástica, renovada en el siglo XX por Husserl y Searle; porque aunque las relaciones de intencionalidad pueden considerarse, con algunas precisiones, como alotéticas, las relaciones alotéticas no son necesariamente relaciones de intencionalidad. Por supuesto, la relación alotética no tiene por qué ser entendida como una relación de semejanza (isológica o icónica) o como una función de representación, la llave es alotética respecto a la cerradura. Dicho de otro modo, tampoco la relación alotética es una relación signitiva (que, en cambio, suele ser considerada como una relación de intencionalidad). Todo significante (por ejemplo, toda parte del “símbolo” que ha sido fracturado respecto de otra parte con la que habrá de “ajustar”) es, por definición, alotético, pero no todo lo que es alotético es por sí mismo un signo, sin perjuicio de que, sobre una relación alotética, previamente establecida, pueda un sujeto operatorio formar un signo (la relación alotética, a título de efecto, que tiene el humo respecto del fuego, en cuanto efecto suyo, es, sin duda, el origen de la función asignada al humo en cuanto signo del fuego). La relación alotética, a título de parte morfológica respecto de otra parte, de la cabeza del fémur a su acetábulo, no es una relación de signo, aunque sobre ella el paleontólogo puede interpretar la cabeza de un fémur como indicio de una pelvis.