La Falsa Filosofía, o el Ateísmo, Deísmo, Materialismo, y demás nuevas Sectas, convencidas de crimen de Estado, contra los Soberanos y sus regalías, contra los Magistrados y Potestades legítimas.
Conclusión del libro segundo, donde se disipan las cavilaciones sangrientas de los falsos Filósofos contra las vidas de los Príncipes. Se desvanecen sus calumnias contra la Religión Católica. Se muestran las ventajas de ésta para cualquiera forma legítima de Gobierno. Se desata el problema de la grandeza de la Monarquía de España; y se ve que a pesar de los límites puestos por los Filósofos, dura por la Religión y no por la tiranía como ellos fingen.
Tomo sexto.
Su autor Fr. Fernando de Zevallos, Monge Gerónimo del Monasterio de San Isidro del Campo.
Et nunc Reges intelligite: Erudimini qui judicatis terram. Psalm. 2. ℣. 10.
Con privilegio y las licencias necesarias.
En Madrid.
En la Imprenta de Antonio Fernández. Año de 1776.
Tabla de las materias del tomo VI. Conclusión del libro segundo.
Disertación IX
El Tiranicidio y aún el Regicidio son las Acciones más aplaudidas por los falsos Filósofos, y las empresas más recomendadas por las máximas de los Deístas y demás Impíos, pág. 1.
Núm. I. Cuán arduo es el objeto de esta Disertación.
II. Las buenas artes sin la necesidad no bastan para tratar estas cuestiones.
III. Dos causas que nos necesitan a tratar la presente.
IV. Orden que se guarda en esta Disertación.
Artículo I
Es tan proprio de los impíos el Regicidio, que se convierten, por otra estas dos voces Impiedad y Parricidio, pág. 5.
V. Explicación de unas difíciles palabras de David.
VI. ¿Qué significa propiamente impío o impiedad?
VII. Toma David por impiedad el Regicidio.
VIII. Se usó generalmente de este sentido entre los antiguos.
IX. Lugares de Virgilio y de Quintiliano.
X. Ser proverbio que del impío saldría el Parricidio arguye mucho.
XI. Se nota la conformidad del Concilio Constanciense con la Santa Escritura y con toda la antigüedad, llamando herejes a los Patronos del Regicidio.
XII. ¿Por qué el Parricida se dice Impío?
XIII. A la ruina de Religión según Puffendorf, se siguen los Parricidios.
Artículo II
Se demuestra que la doctrina de los Protestantes aprueba y llama piedad al Regicidio, pág. 12.
XIV. Justa declamación de un Historiador contra los Herejes.
XV. Sus Pseudo-Sínodos para autorizar los Parricidios y asesinatos.
XVI. Observación de Montesquieu poco feliz en los Luteranos.
XVII. Máximas Luteranas para el Regicidio.
XVIII. Máximas de Zwinglio y otros impíos.
XIX. Máximas de Bucanan.
XX. Máximas sangrientas de Knox, Pareo, Bodino, Sleidan y de todos los Reformados.
XXI. Erasmo detesta dichas máximas, y las enseña.
XXII. Ha querido Hornio defender de esta atrocidad a los herejes pero en vano.
XXIII. Defiende propiamente el error, mas que excusa a los errantes.
Artículo III
Los falsos y nuevos Filósofos con los demás Libertinos provocan universalmente a la acción del Regicidio y Tiranicidio, pág. 24.
XXIV. No distinguen entre Príncipes y Tiranos como Luciano.
XXV. Máximas de los Pseudo-Filósofos modernos.
XXVI. Máximas furiosas de Voltaire.
XXVII. Se han imitado en nuestros días sus sangrientas ideas.
XXVIII. Hace acción heroica al Regicidio.
XXIX. También la cree digna de culto.
XXX. Usa para su opinión de los sofismas de los Casuistas condenados por ella.
XXXI. Alaba al Regicida Cromwel, mintiendo con grosera ignorancia.
Artículo IV
Se examina una excusa de los impíos, cubierta con el estilo del diálogo y se prueba que este método de escribir y la representación del teatro malignan más sus opiniones regicidas, pág. 37.
XXXII. ¿Si el Autor del prologo es responsable a las máximas que deja prevalecer en boca de las personas que elige?
XXXIII. Los tumultos, efectos de los teatros y de los discursos personados.
XXXIV. La tragedia enseña los homicidios: La comedia los adulterios.
XXXV. Aborrecido por esto el antiguo teatro Griego y Romano.
XXXVI. Es de temer lo mismo del teatro moderno.
XXXVII. Por estos y otros inconvenientes políticos los prohibió Ginebra, alabada por eso de Rousseau.
XXXVIII. Condenaciones de los teatros por los que fueron experimentados y maestros en ellos.
XXXIX. También el Dialogo hace sombra a las plumas traidoras. Ejemplos del Petrarca.
Artículo V
Se disipan otras cavilaciones que emplean los falsos Filósofos e Impíos contra las vidas y Dignidades Soberanas, pág. 45.
XL. Contra el dicho común Frangenti fidem &c.
XLI. La obediencia a los Príncipes no queda condicional contra los Filósofos.
XLII. Negarles la potestad para mandar injustamente, es darles potestad perfecta.
XLIII. Respecto del ser y poder necesario de Dios, todo otro ser y poder es contigente o condicional.
XLIV. Es maligna ignorancia de los Filósofos llamar por eso condicionales a las Potestades.
XLV. La dependencia que los Filósofos les quitan de Dios, se la dan respecto de los pueblos.
XLVI. Se disipan sus sofismas contra la Soberanía de los Reyes.
XLVII. Se comparan las potencias morales a las físicas, en cuanto a las fuerzas con que obran.
XLVIII. ¿De donde se toma la duración de nuestros actos o decretos?
XIXL. Se desarma otro sofisma de los impíos contra los Soberanos tomado de aquello: Mayor es el todo que la parte.
L. Es de los argumentos que prueban mucho, y por eso prueban nada.
LI. Para lo espiritual es más proprio lo superior e inferior; que lo mayor y menor.
LII. ¡Monstruosidad de estas disputas cismáticas!
LIII. Paradojas políticas y ridículas que se sacan del abuso de su axioma. Primera.
LIV. Segunda. Serán los soberanos interesados en arruinar sus Reinos.
LV. Tercera. Sentían agregar nuevos estados.
Artículo VI
Doctrina constante que la Religión enseñó en el antiguo y nuevo Testamento contra el Tiranicidio, pág. 67.
LVI. Admirable doctrina declarada por David.
LVII. La piedad de David para con los ungidos pasó a la Iglesia.
LVIII. Pensamiento singular del Crisóstomo.
LIX. Doctrina de Santo Tomás.
LX. Reglas Eclesiásticas, y una epístola singular de Inocencio III.
LXI. No hubo para la decisión de Constancia la dificultad que finge Voltaire, sino la que puso el Duque de Borgoñá.
LXII. Causa de esta sentencia del Concilio.
LXIII. Se pide a los Filósofos una regla Católica o Eclesiástica, que favorezca este error.
LXIV. Dicho conteste de un moderno en defensa de nuestra Religión acerca de esta calumnia.
LXV. En la Santa Escritura no se halló algún pretexto para la impía opinión.
LXVI. Se reprueban las razones con que algunos justifican el caso de Aod.
LXVII. Razón literal que lo salva.
Artículo VII
Toda la Escolástica no ha inventado en ocho siglos tantas distinciones cavilosas y malignas como en un solo siglo han afilado para el tiranicidio los impíos, pág. 86.
LXVIII. Los Escolásticos solo usaron de una distinción, que aun no inventaron.
LXIX. I. Ridícula distinción para resolver en Smalchalda la Guerra contra su Soberano.
LXX. II. Entre el Príncipe como tal, y como cristiano; para despreciarlo en el segundo sentido.
LXXI. III. Entre los Magistrados, como tales y en cuanto tienen cuerpo.
LXXII. IV. Que insulten a los Príncipes no como tales, sino como sofistas.
LXXIII. V. Entre el Emperador como Príncipe y como sofista.
LXXIV. VI. Entre la potestad soberana privative y cumulative.
LXXV. VII. Que se les ataque no como a Señores sino como a Capitanes.
LXXVI. VIII. Entre el César como tal, y como uno a modo de César.
LXXVII. IX. La que hace Voltaire en la persona de César.
Artículo VIII
Es más fatal para el Pueblo la doctrina del Tiranicidio que cuanto mal puede temer de parte de un tirano, pág. 93.
LXXVIII. Los Filósofos desprecian el argumento sacado de los inconvenientes.
LXXIX. En negocios políticos se supone la verdad; pero se trata principalmente de la utilidad.
LXXX. Creyó César que Roma no lo mataría por no destruirse juntamente a sí misma.
LXXXI. Cicerón demuestra con ejemplos las malas consecuencias de estos asesinatos.
LXXXII. La decadencia de los Romanos se atribuye a la expulsión de sus Reyes.
LXXXIII. Solón condenó por los inconvenientes, aun intentar contra el tirano de invasión.
LXXXIV. La ira contra la ira es doble mal que contra la paciencia.
LXXXV. ¡Cuánto se imitan estos atentados! veinte y dos veces en un solo Reino en menos de un siglo.
Disertación X
La Religión Católica por entre la impiedad y la superstición viene a dar a los estados la verdadera felicidad y paz, pág. 102.
I. Propósito de esta Disertación.
Artículo I
El temor de Dios que enseña la Religión Católica, nos libra de los peligros que trae el miedo de los supersticiosos y el ningún respeto de los Impíos y Filósofos, pág. 105.
II. Los impíos desterraban todo temor.
III. Los supersticiosos adoraban al miedo.
IV. Hermosa Imagen del santo temor que inspira la perfecta idea de Dios.
V. Los Filósofos desfiguran a Dios para hacerlo odioso y horrible.
VI. Los supersticiosos tiemblan como los esclavos a los tiranos. Los Religiosos temen como hijos a sus Padres.
VII. Los Reyes religiosos, ni son tímidos, ni terribles: Los súbditos Cristianos, ni temen, ni dan que temer.
VIII. Hay revueltas, pero compáranse con las que sufrieron los Emperadores Romanos.
IX. Facilidad con que rebelan los Chinos y destronan o asesinan.
X. Las familias Católicas reinantes poseen pacíficamente por más siglos, que aun los Reyes de Judá.
XI. Se prueba más este beneficio de la Religión Católica por las revueltas de los tronos que se apartaron de ella.
XII. El temor de Dios más eficaz para los súbditos que el falso honor de las Monarquías, que las virtudes republicanas y que el miedo despótico.
XIII. El mismo temor inspira fortaleza en la guerra.
XIV. El terror de los malos les derriba de las manos las armas.
XV. Notable ordenanza militar de los Hebreos.
Artículo II
El amor de Dios y del prójimo, que manda la Religión Católica libra al Gobierno del desorden en que lo precipita el amor de sí mismo que enseñan los Filósofos, pág. 117.
XVI. Fuera de la Religión verdadera no hubo algún precepto positivo de amar a Dios ni a otro.
XVII. La Ciudad del mundo fundada en el amor de sí mismo, la de Dios fundada en el amor de Dios y del prójimo.
XVIII. No es inhumanidad el odio de sí mismo.
XIX. El amor de sí mismo es inhumanidad.
XX. ¿Como se cumple aquello: Erunt homines se ipsos amantes?
XXI. Se cumple en los que defienden por santo el amor propio.
XXII. Consecuencias del amor propio destructivas del universo.
XXIII. Consecuencias opuestas nacidas de la caridad, y que edifican aun temporalmente los Estados.
XXIV. Resumen de las utilidades de la caridad, y de los perjuicios del amor propio para los Estados.
Artículo III
Por los principios antecedentes perfecciona la Religión Cristiana, cada una de las formas de los gobiernos humanos, depravadas por la Superstición o por el Ateísmo, pág. 128.
XXV. Sistema de Montesquieu sobre las naturalezas, principios y formas de los gobiernos.
XXVI. Principio del Republicano el amor: del Despótico el temor: del Monárquico el honor.
XXVII. ¿Cómo se corrompe el amor o virtud de las Democracias y Aristocracias?
XXVIII. Como se corrompe una Monarquía.
XXIX. Montesquieu equivocó los principios de los gobiernos con los principios de los gobernados.
XXX. Se corrige el sistema antecedente, y se reducen los varios gobiernos a un principio que es el amor del bien común.
XXXI. Luego la mudanza de este amor en el amor de sí mismo corrompe el principio de todos los gobiernos.
XXXII. Mudanza de la Democracia en Aristocracia.
XXXIII. De la Aristocracia en Monarquía.
XXXIV. De la Monarquía en Despotismo.
XXXV. Consecuencias importantes del Evangelio para edificar los gobiernos; y de la impía Filosofía para destruirlos.
XXXVI. Aplicación de la regla del Evangelio a cada forma de gobierno en particular.
XXXVII. Contra el bárbaro abuso de algunos pasajes del Evangelio, limitándolos al orden Eclesiástico.
XXXVIII. Aviso de Jesucristo para todos los Príncipes Cristianos.
Artículo IV
Aun el gobierno despótico pudiera sanarse y perfeccionarse por el Evangelio, pág. 144.
XXXIX. Notable equivocación de Montesquieu acerca del Despotismo.
XL. Hace al Despotismo malo por constitución y bueno accidentalmente.
XLI. Se propone ser el gobierno despótico el mejor por naturaleza y el peor por abuso.
XLII. Se corrigen tres errores en la idea que da Montesquieu de este gobierno.
XLIII. El Padre prudente lo gobierna todo por su arbitrio; y no debe recibir leyes de su familia.
XLIV. A falta del Déspota con amor de padre es más seguro un Príncipe sujeto a leyes.
XLV. Los Príncipes son grandes tutores, no dueños.
XLVI. El buen Despotismo fue la antigua y universal forma de gobierno.
XLVII. Nacido de la forma paternal, degeneró en la tiranía.
XLVIII. La Monarquía es reforma del Despotismo corrompido; y la Democracia un rompimiento de la Monarquía.
XLIX. El Evangelio era solamente quien podía restablecer o reformar a su perfección el primer gobierno paternal.
L. Antes del Evangelio eran los Príncipes pedagogos, por el Evangelio deben ser Padres.
Artículo V
Extracto de un gobierno formado y dirigido por el espírita del Evangelio, pág. 156.
LI. Tres calidades que harán útiles para la Monarquía y Despotismo al temor y al honor.
LII. El temor noble y el honor de Dios y de la Ciudad son únicamente ventajosos a los gobiernos.
LIII. Deben hallarse recíprocamente en súbditos y Príncipes.
LIV. Son ventajosos a todos los gobiernos y no deben hacerse peculiares de algunos.
LV. Más peculiar es el honor de las Repúblicas.
LVI. Cada gobierno prevalece en una cosa, y descaece en otras.
LVII. El gobierno Cristiano tiene lo bueno de cada uno y aparta las enfermedades de todos.
LVIII. Primero por los efectos del temor de Dios.
LIX. Segundo, por el temor de Dios y del prójimo.
LX. Tercero, por el honor sólido de Dios, de la patria y de las Santas leyes.
LXI. Idea del gobierno perfecto, recopilada por el Apóstol.
Artículo VI
La Religión Cristiana perfeccionó las leyes y todos los derechos humanos, pág. 167.
LXII. Principios de la ley Evangélica.
LXIII. Perfecciona el derecho natural y de gentes.
LXIV. El Evangelio no hizo libertinos a los siervos.
LXV. Hizo libre a la misma servidumbre.
LXVI. ¿Cómo corrigió y restableció el mejor derecho civil?
LXVII. Torpezas del derecho de los Lacedemonios.
LXVIII. Torpezas del derecho de los Atenienses y otros Griegos.
LXIX. Torpezas que manchaban el derecho de los Romanos.
LXX. Leyes abominables de otras naciones.
LXXI. Elogios que cantaban los Israelitas a la ley que el Señor les dio.
LXXII. Platón exterminó a los mendigos: Moisés a la mendicidad.
LXXIII. ¡Admirable idea que Josefo da del derecho de los Hebreos!
LXXIV. El Evangelio le quitó muchos defectos.
LXXV. Los Príncipes Cristianos corrigieron por la nueva ley las malas leyes.
LXXVI. Con un mandato libra de la carga de muchos códigos.
LXXVII. Perfeccionó también el derecho de la guerra.
Disertación XI
¿Cuál Religión es mejor para todas y para cada una de las formas de los gobiernos?, pág. 186.
Artículo I
Ninguna secta es comparable con nuestra santa Religión para cualquiera de todas las formas de gobierno, pág. 187.
I. ¿Si la Religión Católica es menos conveniente para los gobiernos Republicanos?
II. Contradicción de la Doctrina de Montesquieu.
III. Se examina el discurso de Montesquieu.
IV. Es falso que la Religión verdadera se forme en algún Estado.
V. Es falso que los Maestros de la Religión no tuviesen sino unas ideas de política.
VI. Montesquieu desbarata sus primeras ideas con las segundas.
VII. No se distinguen las sectas Protestantes de la Religión Católica por la diferencia de los climas de norte o medio día.
VIII. No está ligada al Norte la libertad, ni al Sur la dependencia.
IX. Los países montuosos favorecen más la independencia.
X. Es falso que a los pueblos del Norte no convenga una Religión con cabeza visible.
XI. Los Calvinistas se arrogaron la soberanía Eclesiástica más que los Luteranos.
XII. Montesquieu finge tanta discordancia entre Cristo y sus Discípulos como entre Calvino y Lutero.
XIII. Se coge la palabra de Montesquieu sobre que el Catolicismo es lo mejor para las Monarquías.
Artículo II
La Religión Católica cuanto no es hecha por alguno de los Príncipes, y gobiernos, tanto más bien hace a todos estos, pág. 202.
XIV. Cuanto más sincera la Religión, más seguro su apoyo.
XV. Conjetura de no haber querido Jesucristo ser Rey.
XVI. No ser nuestra Religión impostura, aparta de los Príncipes la nota de Impostores.
XVII. No conviene en la Santa Religión que algún Soberano se presuma Pontífice.
XVIII. Ejemplo, el mal suceso del libro del Interim.
XIX. Otro ejemplo: el coloquio de Poysi.
XX. La unidad Eclesiástica ni la Iglesia puede durar siendo Pontífice algún Príncipe.
XXI. Providencia admirable de estar la Corte de la Iglesia universal fuera de alguna Corte particular.
XXII. En la secta Mahometana hay solamente un gran Potentado soberano.
XXIII. Ventajas para nuestros Príncipes de serles independiente la Religión y una madre común.
XXIV. Antigüedad de la oración publica por los Reyes.
XXV. La Iglesia vela en custodia de los Príncipes.
XXVI. Los sospechosos aunque sean personas consagradas, pueden no ser admitidos en el territorio.
Artículo III
Se reducen muchos argumentos hechos por los impíos contra la doctrina antecedente y se disuelven con claridad, pág. 219.
XXVII. Se reducen a cuatro capítulos todos sus sofismas.
XXVIII. I. Confunden los hechos de cuantos se dicen Cristianos ya Herejes, ya Católicos.
XXIX. Se reduce la segunda clase de argumentos y se satisfacen.
XXX. Discurso de Sidney que rompe sus argumentos.
XXXI. Se reduce la tercera clase de argumentos a sediciones fingidas.
XXXII. Torpe abuso que hacen los Filósofos de las voces sedición y sediciosos.
XXIII. Son convencidos por sus propios dichos.
XXIV. Demasiado calor con que habla D'Alembert por la Filosofía y contra la Religión.
XXXV. La Filosofía no ha curado los males que D'Alembert expresa.
XXXVI. Fleuri no debía animar tanto a D'Alembert.
XXXVII. Confesión de Montesquieu de la paz que ha puesto el Cristianismo entre muchos Reinos diversos.
XXXVIII. Confesión de Bayle sobre la justicia de los rigores usados por los Católicos en Francia.
XXXIX. Regla de Mecenas para examinar las acusaciones de sedición.
XL. Cuarta clase de argumentos, los hechos falsos.
XLI. Sedición imputada al Patriarca Macedonio.
XLII. Otro hecho, la muerte de Juliano.
XLIII. Otro hecho, la deserción de los Armenios contra los Persas.
XLIV. Otro hecho, la deposición de Federico II.
Artículo IV
Las opiniones Teológicas más acusadas y desacreditadas sobre los discrimines de los Reyes y de los Reinos, son menos peligrosas para los mismos casos que las reglas más aprobadas entre los Filósofos y Herejes, pág. 241.
XLV. Confesión ingenua de los excesos de algunos Teólogos Católicos.
XLVI. Se reducen las opiniones varias sobre las diferencias entre Reyes y Reinos.
XLVII. ¿A qué se reduce la opinión famosa que se ha tolerado entre los Católicos?
XLVIII. Cotejo de la opinión Teológica infamada por los impíos, con las sentencias más plausibles de los mismos impíos.
XLIX. El cotejo fue hecho ya por uno de ellos.
L. Resulta que es más inocente la opinión de nuestros murmurados Teólogos, que la doctrina canonizada entre los impíos.
LI. Los confunde Bayle por la experiencia de los sucesos.
LII. Monstruosas diferencias entre la doctrina más moderada de los Herejes, y la opinión notada a nuestros Teólogos. I.
LIII. II. Diferencia.
LIV. Los Teólogos notados solo querían dar al Papa la dispensación de las obligaciones Evangélicas.
LV. La opinión de los Teólogos dejaba a los súbditos sus obligaciones humanas y los consejos Evangélicos.
LVI. Otra diferencia de Lipsio entre lo que manda especialmente la Teología y lo que manda el derecho humano.
LVII. Estas opiniones son para tiempos estrechos, y estos las excusan también.
LVIII. Respuesta de Carlos VI a los Diputados de la Sorbona sobre la deposición de Juan XXIII.
Disertación duodécima
¿Cuál de las formas de gobierno tenga más aprobación en la Religión Católica?, pág. 257.
I. Dos razones para preferir la Religión un Gobierno, a otro.
Artículo I
El Gobierno más recomendado por el Evangelio es el que halla establecido una vez, pág. 258.
II. Contra el prurito de los Filósofos por inventar nuevas hipótesis de Gobierno.
III. Su comparación con Teseo y el Diputado de Tebas.
IV. La regla de la Religión es que no se innove.
V. La razón conteste con la Escritura.
VI. Se infiere el mérito de la Religión y el crimen de los innovadores.
Artículo II
El Gobierno moderado y suave es el que más conviene al espíritu del Evangelio, pág. 262.
VII. Se saca esta verdad de los mismos Filósofos.
VIII. Como se opone el Evangelio al cruel Despotismo.
IX. ¿Por qué el Cristianismo solamente hace eficaces a los Gobiernos moderados?
X. Donde se admita el Fatalismo, deberá el gobierno ser cruel.
XI. Falta la misma clave a los Gobiernos donde influyen el Materialismo, o el Deísmo o el Calvinismo, &c.
XII. ¡El dogma del juicio final cuanto alivia a los que de presente gobiernan!
XIII. La gracia divina es otra razón para que baste en los Gobiernos Cristianos una severidad suave.
Artículo III
La Monarquía es la naturaleza de Gobierno que se conforma mejor al espíritu de la Religión Católica, pág. 268.
XIV. Según los contrarios la Religión Católica inspira el Gobierno más perfecto.
XV. Según los mismos las Sectas prefieren al gobierno más favorable a las sediciones.
XVI. Se concluye con Jenofonte que la Filosofía y Sectas aman las sediciones.
XVII. Primera ventaja de la Monarquía, la unidad de la variedad.
XVIII. Sola ella es un cuerpo de perfecta política.
XIX. La unión en las criaturas imita la unidad en el Criador.
XX. Punto de perfección de la Monarquía.
XXI. Su paz entre el desmayo de la tiranía, y el desasosiego de la Democracia.
XXII. Constitución en que Mecenas deseaba ver al Imperio.
XXIII. Descripción del Monarca.
XXIV. En la Democracia se pierde todo por meterse en los negocios comunes.
XXV. En el Despotismo no hay acción, ni aun para los negocios particulares.
XXVI. La Monarquía es un medio.
XXVII. La igualdad solo es bien entendida en la Monarquía.
XXVIII. Lo que se quiere decir contra la Monarquía no cae sino contra su abuso.
XXIX. Observación sobre la postulación de Rey que hizo el Pueblo de Israel.
XXX. El Jus Regis que explicó Samuel no era sino según el abuso en que estaba en las Naciones.
XXXI. De aquí no ha de tomarse la idea de la Regalía.
XXXII. Se demuestra por el caso de Nabot.
XXXIII. Declaración del sentido en que habló Samuel por el discurso que hizo Jezabél a Achab.
Artículo IV
Se confirma la doctrina del antecedente y se muestra que la autoridad Eclesiástica no es perjuicio, sino ornamento y apoyo de la Monarquía, pág. 284.
XXXIV. Las ondas llevadas a los lados opuestos afirman la Religión.
XXXV. Discurso de Montesquieu por la potestad eclesiástica en una Monarquía.
XXXVI. Añade, que afirmó la Monarquía en España y Portugal.
XXXVII. Se corrigen algunos defectos en el discurso de Montesquieu.
XXXVIII. Ninguna cosa es mejor para conservar la naturaleza y dignidad de la Monarquía.
XXXIX. Es falso que ni en la Democracia, deje de ser utilísimo el Clero.
XL. Es demasiado el elogio que da Montesquieu al Clero de España y poco atento a nuestros Monarcas.
XLI. Cano y otros sabios Obispos apartaron de España el sistema que Law quiso introducir en la Francia.
XLII. Caso de Felipe II que prueba la moderación de nuestros Monarcas.
Disertación XIII
La grande extensión que tiene España fuera de los límites que los Filósofos prescriben a toda Monarquía, no se debe atribuir al Despotismo, sino a un efecto de Religión Católica que profesa, pág. 293.
I. Orden de los asuntos que se tratan en esta Disertación.
Sección primera
Artículo I
Se reúnen los malos dichos de los Filósofos y de algunos ilusos contra el engrandecimiento de la Monarquía de España, pág. 294.
II. ¿Cómo escusa Montesquieu su sistema del argumento que siente en la Monarquía Española?
III. Oposición entre su sistema y el de Agripa.
IV. Fallo de Montesquieu contra España.
V. Semejante retrato dan los Enciclopedistas aunque debiéndolo a Voltaire.
VI. Ligeras notas sobre la ninguna exactitud de lo poco que se dice.
VII. Opinión de Sidney contra las conquistas de América.
VIII. Exclamaciones de Justo Lipsio sobre las crueldades de los Españoles en América.
IX. De Juan Joaquín Gottlob.
X. De Bulanger y otros impíos Filósofos.
Artículo II
Documentos de donde los Filósofos y otros extranjeros sacan los dichos infamantes que acabamos de referir, pág. 303.
XI. Se muestran las malas Relaciones que han seguido.
XII. Pasaje y declamaciones de Quiroga.
XIII. La relación del Ilustrísimo Casas es otra declamación.
XIV. Varios juicios sobre el carácter de Casas.
XV. Medio que se debe tener para no hacer caso de sus escritos.
XVI. Se confrontan los juicios de los extranjeros con los lugares que han copiado de Casas.
XVII. Se demuestra la infidelidad con que han exagerado las declamaciones de Casas.
XVIII. Cotejo de sus ediciones con la original, y sus maliciosas variantes.
XIX. Otras alteraciones de la relación original.
Artículo III
La Monarquía de España no se dilató por la usurpación, pág. 311.
XX. El humor sedicioso de la Filosofía perturba los derechos antiguos.
Artículo IV
Causas y títulos especiales sacados de los contrarios que hacen a los Reyes Católicos legítimos Soberanos del Nuevo Mundo, pág. 313.
XXI. España ensayó en la expulsión de los Moros la conquista de los Indios.
XXII. La resolución de hacer descubrimientos precedió a la idea de toda conquista y de toda codicia.
XXIII. Los países que no estaban habitados fueron del que primero los halló y ocupó.
XXIV. ¿No estaban ocupadas las Américas? Se responde.
XXV. Los Bárbaros que andan vagos dejan las Regiones en calidad de cosas comunes.
XXVI. El primero que los hace civiles y trae a sociedad se hace Príncipe.
XXVII. Los Indianos que vivían unidos, pero violando la sociedad y la humanidad pudieron ser sojuzgados.
XXVIII. No por la idolatría, mas por la antropofagia, y otros semejantes, están los bárbaros fuera de la sociedad.
XXIX. En las Américas era general la antropofagia, sacrificios de hombres, la sodomía, &c.
XXX. Los modernos que alaban los hechos de Hércules; ¿por qué condenan su continuación mas allá de las columnas?
XXXI. El abandono de los derechos de naturaleza justifica, según Grocio, la Guerra.
XXXII. Fines justos con que los Reyes hicieron las conquistas de América.
Artículo V
De un título singular, que después de tan larga posesión, justifica las conquistas de esta Monarquía, pág. 324.
XXXIII. La fama de virtud y justicia de la Reina, primera Conquistadora, da presunciones favorables por la conquista.
XXXIV. Discurso de Bossuet sobre la Conquista de la heredad que Jacob dio a José.
XXXV. Es falso que España les quite los medios de poder subsistir.
XXXVI. Solicitud de la Reina Isabel por fertilizar la América.
Sección Segunda
España no ha mantenido sus conquistas por la tiranía, no por el Despotismo, pág. 328.
XXXVII. Cuatro defectos principales que hay en la Relación de Casas, que es el fundamento de los extranjeros.
Artículo I
El libelo del Ilustrísimo Casas, pinta al revés el carácter y naturaleza de los Indios, pág. 329.
XXXVIII. Retrato que hace de la condición de los Americanos en general.
XXXIX. Descripción de la naturaleza corporal de los Indios.
XL. Retrato infiel que Casas nos hace del espíritu de los Americanos.
XLI. Hubo necesidad de extinguir la disputa de algunos, sobre si eran racionales.
XLII. Carácter de los Indios, sacado de una información hecha entonces con especial autoridad y examen.
XLIII. Pretenden que los Españoles les pegaron las primeras malas costumbres.
XLIV. Respuesta sacada del mismo Bayle.
XLV. El Ilustrísimo Casas no puede negar la antropofagia y los sacrificios humanos.
Artículo II
La Relación del Ilustrísimo Casas describe sin alguna exactitud la población de América recién descubierta, pág. 342.
XLVI. Pone en la América, descubierta entonces, la mayor porción del género humano.
XLVII. Cálculos de Vossio y de otros acerca de la población del mundo.
XLVIII. La América debió ser lo menos poblado del Universo.
XLIX. Observaciones hechas por Cortés sobre la población de nueva España.
L. La América Septentrional era cuasi desierta.
LI. Mr. Buffon niega la población del Imperio de México. Un medio debe tenerse.
Artículo III
Se exagera sin tino la despoblación causada en la América por los Españoles, pág. 350.
LII. ¿Cómo se debe juzgar acerca de los millones de muertos? ¡Infiel critica!
LIII. Las muertes lentas no pueden ser en gran número.
LIV. ¿Si querían hacer esclavos, a qué matarlos?
LV. Notable presteza con que los Españoles despoblaban y repoblaban.
Artículo IV
La relación del Ilustrísimo Casas atribuye a ilustres personajes Españoles hechos increíbles e infames, pudiendo decir muchos excesos que cometieron otros Españoles forajidos, pág. 354.
LVI. Los excesos verdaderos de muchos Españoles perversos se deben confesar.
LVII. Calumnias indignas contra Hernán Cortés.
LVIII. Como fue el castigo que ejecutó en Cholúla.
LIX. Casas descubre que fue parcial de Diego Velázquez contra Cortés.
LX. Suplanta Casas los demás hechos.
LXI. Lo que atribuye a Don Nuño de Guzmán, y a la primera Audiencia de México.
LXII. Perfidia de los Americanos contra la inocencia que se les supone.
LXIII. Daños que han hecho a los Españoles nuevamente.
Artículo V
¿Cómo han tratado los extranjeros a los Indios?, pág. 361.
LXIV. Conducta de los Alemanes en Venezuela.
LXV. Horrible porte de los Ingleses y Holandeses con los Americanos.
Artículo VI
Aunque hubieran sido ciertos los dichos excesos de los Españoles nada se infiere contra España: ni de la relación de Casas se puede argüir sino en honor de nuestra Religión Católica, pág. 364.
LXVI. Se ha conservado a los Indios su nobleza, su libertad, y el uso de sus riquezas naturales.
LXVII. ¿Qué superstición furiosa les dieron los Españoles?
LXVIII. Mitigó la Iglesia con ellos el rigor de la santa disciplina.
LXIX. Los beneficios que entre las cosas dichas se confiesan hechos por la Religión.
Sección Tercera
Artículo I
La Monarquía de España mantiene aun cuasi igual grandeza a la que tuvo al tiempo de las Conquistas, sin aquellas sospechas de tiranía. De aquí el problema, pág. 368.
LXX. Ningún Imperio antiguo se dilató mas que el Español.
LXXI. Es mayor dificultad conservarse tres siglos cuasi igual.
LXXII. Ni posee ya países desolados, sino habitados como nuestro continente.
LXXIII. Gran población de algunas Colonias.
LXXIV. Suavidad del Imperio en que hoy viven.
LXXV. Apenas tributan, y es para su provecho.
LXXVI. No queda rastro de las causas que fingen los Filósofos, y es necesario buscarla en la Religión.
Artículo II.
La grandeza actual de la Monarquía Española no se mantiene sino sobre la virtud de la Religión Católica, pág. 374.
LXXVII. Confesión de Montesquieu en términos para discurrir de la Etiopía.
LXXVIII. Se forma un problema sobre las variaciones de Montesquieu, y se pide la solución a sus secuaces.
LXXIX. La Religión conserva lo que ella ha ganado más que la fuerza.
LXXX. Sólido y bello discurso de Mr. Buffon por esta verdad.
LXXXI. Otro discurso de Montesquieu conteste.
LXXXII. La Monarquía universal es imposible por lo humano.
LXXXIII. A la virtud de la Religión no es difícil.
LXXXIV. Recapitulación del libro segundo, y se concluye al propósito.