Punto once · Del voto o juramento hecho con miedo
P. ¿El voto hecho con miedo es válido? R. 1. Que el voto hecho con miedo grave ab intrinseco, es válido; porque en él se elige voluntariamente el voto para evadir el peligro; pues de nadie es compelido a ello, sino por sí mismo. Por este motivo, los votos hechos por miedo de la muerte o de otro grave daño, ya sea del enemigo, fiera, naufragio, o de otro principio, son válidos. Lo mismo decimos de los votos hechos por miedo grave injusto, que provenga ab extrinseco, no siendo ad extorquendum consensum, sino por otro fin, como si el padre de la doncella deflorada amenazase con la muerte al deflorador, y éste por librarse de ella, le prometiese casarse con su hija. Obliga también el voto, si el miedo grave ab extrinseco fuere justamente impuesto, aun cuando fuese ad extorquendum consensum; como si en el ejemplo puesto amenazase el padre de la doncella al deflorador, que no quería casarse con ella o resarcir los daños, le había de compeler por el juez; y por miedo de la justicia, prometiese el casamiento; porque en estas circunstancias el miedo es justamente impuesto, o por mejor decir, el padre pide lo justo, y el deflorador se impone el miedo. Los votos que se hacen por miedo leve, provenga de donde proviniere, son válidos, según común opinión.
R. 2. Que el voto hecho con miedo grave causado ab extrinseco, y ex fine extorquendi consensum, es válido, según el derecho natural; porque aunque la coacción disminuya, no quita el voluntario [323] simpliciter. La dificultad está en si es nulo por derecho positivo eclesiástico. La opinión más común y probable lo da por nulo, y se colige del cap. Cum locum, de sponsalibus. Del cap. Ad audientiam, de his, quae vi, y de otros, los cuales aunque expresamente no hablen de estos votos, los extiende a ellos la inteligencia común de los Jurisconsultos, a quienes en esta parte se ha de acceder, como peritos en el arte, y más cuando se llega a ello la costumbre de la Iglesia; de manera que todo voto hecho con el expresado miedo sea inválido.
[ Compendio moral salmaticense · Pamplona 1805, tomo 1, páginas 322-323 ]