XIX Congreso Mundial de Pax Romana España 1946

 
Conclusiones
Quinta Ponencia

«El universitario católico
ante los problemas de la Cristiandad»

Siguiendo las orientaciones pontificias y las doctrinas de los internacionalistas católicos para establecer y censurar entre los pueblos una paz, de acuerdo con la justicia y la caridad, el Congreso de PAX ROMANA proclama:

I

1. El reconocimiento de la existencia, de Derecho natural, de una comunidad entre los pueblos, basada en la unidad específica de creación y de fin sobrenatural de todos los hombres y en la interdependencia cada vez mayor de las naciones.

2. El ordenamiento jurídico de esta comunidad –teniendo en cuenta que ha de ser orden de razón, al que se han de someter sociedades libres– no puede estar justificado ni impuesto por la voluntad de los más fuertes, sino que debe tener fundamento en la ley natural dictada por Dios y en la Revelación Divina.

3. Por tanto, son fundamentales los siguientes derechos de los pueblos:

a) Derecho a la vida, del cual se derivan el pleno desenvolvimiento del propio ser, o sea, el de las características que constituyen la nacionalidad; el derecho a la propia defensa; el derecho a la mutua comunicación de los bienes, tanto espirituales como materiales.
b) Derecho a la propia conservación, del cual se derivan el derecho de independencia, el de libertad y el de soberanía intrínsecamente limitada, contra toda injusta intervención extraña en la propia existencia; el ejercicio de los atributos de soberanía, libertad e independencia, debe ser compatible con la convivencia de las naciones en la comunidad universal, según el sentido católico.
c) Absoluta libertad de comunicación con el Vaticano, como Estado soberano. [34]
d) Derecho al mutuo perfeccionamiento y cooperación, en este orden: material, intelectual y espiritual.

4. Correlativos a los anteriores derechos, los pueblos tienen los siguientes deberes:

a) Mutuo respeto, cooperación y sujeción a lo que exige el bien total de la Humanidad, rectamente determinados. Entendido que las naciones no pueden ser sacrificadas a un supuesto bien internacional porque, como tales, sólo tienen vida terrena.
b) Retorno «a las sabias e inquebrantables normas de un orden social, que, en el terreno nacional e internacional, oponen una eficaz barrera al abuso de la libertad y al abuso del poder». (Mensaje de S. S. Pío XII, Navidad, 1941.)

II

5. PAX ROMANA considera que, como expresión de la comunidad de los pueblos, no bastan meras relaciones de derecho, sino que también son necesarias instituciones jurídicas, integradas por voluntad de las naciones.

La finalidad de tales organismos debe ser:

a) Dar forma y efectividad positiva a la comunidad jurídica internacional.
b) Velar por el cumplimiento del Derecho Internacional.
c) Garantizar la interpretación, ejecución leal y fiel de los tratados y procurar su revisión, en caso de necesidad.

6. Todos los pueblos miembros de la comunidad internacional deben tener acceso a dichas organizaciones, en condiciones de absoluta igualdad jurídica.

7. Los miembros de la comunidad internacional deben comprometerse a impedir que personas o colectividades sujetas a su soberanía, atenten contra la paz internacional, atacando la vida de cualquiera de los pueblos.

8. PAX ROMANA considera insuficientes los esfuerzos hechos hasta ahora para realizar tales instituciones internacionales, y cree que sólo pueden tener efectividad estableciéndolas de acuerdo con el Derecho natural, los principios cristianos de armonía entre los pueblos y las normas pontificias.

9. La única y verdadera paz es la que, fundada en la justicia y la caridad, predica y procura la Iglesia Católica, maestra de la Humanidad, como «Paz de Cristo en el Reino de Cristo».

10. Para lograr esta paz es imprescindible «el reconocimiento de los derechos reales de Cristo y la vuelta de los particulares y de la sociedad a la ley de su verdad y de su amor», porque «son la única vía de salvación». («Summi Pontificatus».)

11. El Congreso de PAX ROMANA reafirma su fe inquebrantable en la civilización cristiana, que «no ha fracasado ni faltado a su misión», y proclama que «Europa y otros continentes viven todavía, en mayor o menor grado, de las fuerzas vitales y de los principios que han recibido por herencia cristiana, casi como transfusión espiritual de sangre». (Mensaje de S. S. Pío XII, 1º de septiembre de 1944.)

12. No obstante, el Congreso de PAX ROMANA reconoce con voluntad de enmienda que no siempre los intelectuales católicos han respondido fielmente a la llamada evangélica y al deber de conservar y difundir esa civilización cristiana.

13. Afirma igualmente PAX ROMANA que las amenazas contra la civilización cristiana y, por consiguiente, contra la paz justa, no desaparecerán mientras subsistan el egoísmo y el odio, individuales o colectivos, y tengan vigencia en el mundo de la cultura y de la convivencia humanas, concepciones y conductas materialistas neopaganas y anticatólicas.

14. En la actualidad, considera como los principales y más fuertes enemigos de la paz y de la civilización cristiana el comunismo, el liberalismo individualista y el nacionalismo e imperialismo exagerados.

III

15. PAX ROMANA proclama, ante la existencia de algunos pueblos de gran atraso, material, cultural y religioso, que en la comunidad internacional tienen un deber, inspirado en la caridad y en el bien común internacional, distributivo, de establecer organismos internacionales dedicados a velar por que dichos pueblos alcancen su desarrollo y madurez.

16. PAX ROMANA proclama, al efecto, que estos organismos internacionales, para cumplir su misión, deben atenerse a los tres principios siguientes:

a) La tutela sobre los pueblos en minoría de edad no hace perder a sus habitantes sus derechos de propiedad, ni priva a sus gobernantes de la potestad, sin perjuicio de las limitaciones que sea preciso imponer a estos derechos.
b) Esta tutela debe tener un carácter esencialmente transitorio; debe, por tanto, cesar cuando el pueblo sometido a ella pueda por sí mismo continuar su propio desarrollo y progreso. [35]
c) La tutela instituida sobre los pueblos en minoría de edad, solamente se justifica si va enderezada al beneficio de los mismos, a efecto de que puedan alcanzar, en alto grado, progreso material, cultural y religioso. Esta tutela nunca debe servir para explotar al pueblo en minoría de edad en favor del organismo internacional, a cuya protección ha sido encomendado.

17. El Congreso de PAX ROMANA proclama la necesidad de intensificar el conocimiento de los problemas misionales del mundo entre los estudiantes universitarios católicos.

a) Pide un especial estudio del problema del mundo musulmán y preocupación por elevar la cultura de sus países en orden al cristianismo, sin que pierdan su propia personalidad cultural y el cultivo de los estudios históricos, en particular acerca de sus orígenes.
b) Reconoce la insuficiencia de misioneros, ya indígenas, ya extranjeros, para llevar a cabo tal misión. Por tanto, los universitarios católicos estudiarán la cooperación de los profesionales, complementaria de la labor misional.

18. PAX ROMANA se adhiere a las conclusiones formuladas por la Asamblea de Lima sobre la conveniencia de establecer un orden de inteligencia y cooperación entre los pueblos o grupos católicos del Continente americano, y señala corno recursos de especial urgencia:

a) El reconocimiento de una posible y mejor complementación de valores como resultado de la hermandad y comprensión, basadas en la magnanimidad y el respeto, entre todos los hombres católicos que conviven en el Continente americano.
b) La actitud constante de que se respeten y defiendan mutuamente las distintas tendencias culturales en que se encarnan el espíritu e intereses católicos de los distintos países americanos.
c) La eliminación de cualesquiera reales y falsos enjuiciamientos frente a las naturales y legítimas vinculaciones de carácter espiritual y cultural que los distintos pueblos americanos establezcan con sus naciones de origen en Europa.

Por último, PAX ROMANA hace extensivo a todos los pueblos del orbe este llamamiento a un frente ofensivo común, a la cooperación y a la concordia que, por razones de particular necesidad, ha señalado nominalmente para el Continente americano.

19. Con ocasión de haberse celebrado el IV Centenario de Francisco de Vitoria, fundador del Derecho Internacional, PAX ROMANA recomienda el estudio y la aplicación actual de sus doctrinas y de la de los internacionalistas católicos, especialmente en lo que se refiere a los problemas de la paz.

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Pax Romana
XIX Congreso
XIX Congreso Mundial de Pax Romana
Madrid 1946, páginas 33-35