Tercer Congreso Católico Nacional Español Sevilla 1892

 

Carta circular
del Señor Secretario de la Junta Organizadora

Junta Organizadora del tercer Congreso Católico Español Sr. Presidente de la Junta Diocesana de...

Muy señor mío y de toda mi consideración: Por encargo de esta Junta Organizadora tengo el honor de dirigirme a V. S. como Presidente que es de esa Junta Diocesana, para que procediendo de común acuerdo resulten más eficaces las gestiones encaminadas a preparar la celebración del tercer Congreso Católico Español.

Ocioso sería encarecer a V. S. la suma conveniencia de dar el mayor impulso posible a los trabajos preparatorios, si se ha de conseguir que el próximo Congreso no desmerezca de los anteriores en importancia. Urge, pues, estimular directa e inmediatamente a los escritores católicos y a cuantas personas puedan tomar parte activa en los trabajos de las secciones, como asimismo a aquellas otras que, [14] aunque no cultiven las ciencias ni las letras, se distingan por su firme adhesión a la causa del Sumo Pontífice, por su protección decidida a toda empresa católica y por su celo en fomentar los intereses de la Religión, y puedan llevar al Congreso el prestigio de su nombre, representación o posición social, procurando que unas y otras se inscriban como miembros de esta Asamblea, ya titulares, ya honorarios. A la ilustración y discreto celo de esa Junta no se oculta que este trabajo ha de hacerse no sólo en la Capital sino también en los arciprestazgos y puntos importantes de la Diócesis, valiéndose para ello de cuantos elementos puedan utilizarse prudentemente.

Cuando a juicio de esa Junta se haya reunido un número conveniente de sócios, se servirá enviar la lista expresiva de sus nombres y demás circunstancias a esta Secretaría (Palacio Arzobispal) a fin de dar cuenta a la Junta Organizadora, según prescribe el Reglamento, y remitir a V. S. los títulos respectivos. En cuanto a las cuotas señaladas para cada socio, puede V. S. utilizar el giro oficial, que me parece es el medio más adecuado, para remesarlas a esta Secretaría, de donde pasarán a manos del Tesorero que es el Sr. Conde de Ibarra.

Espero asimismo de la bondad de V. S. que se servirá comunicar a esta Secretaría noticias sobre el estado de los trabajos preparatorios de esa Junta, a fin de que la publicación de las mismas sirva de estímulo a todos los católicos.

Por este correo envío a V. S. ejemplares del Reglamento y puntos de estudio para las secciones, rogándole que se sirva distribuirlos de la manera que le parezca más conveniente; sin perjuicio de remitirle más, si lo cree necesario.

Reciba V. S. y todos los demás individuos de esa Junta el testimonio de la consideración más distinguida con que soy su affmo. S. S. y C. q. b. s. m.,

Modesto Abin y Pinedo


 

Reglamento del
Congreso Católico Nacional
de Sevilla

Artículo 1º El objeto del Congreso es defender los intereses de la Religión, los derechos de la Iglesia y del Pontificado, difundir la educación e instrucción cristianas, promover las obras de caridad y acordar los medios para la restauración moral de la sociedad.

Art. 2º Se prohibe mezclarse dentro del Congreso en asuntos meramente políticos, entablar discusión sobre los mismos y tomar parte en las luchas de los partidos.

Art. 3º El Presidente será el Prelado de mayor jerarquía o antigüedad que asistiere. Al mismo corresponde convocar las sesiones, dirigir la discusión, tomar la iniciativa en los asuntos que se traten y proponer los Vicepresidentes que deban sustituirle.

Art. 4º Para facilitar y dirigir de una manera provechosa los trabajos del Congreso y entender en lo que se refiera a su celebración, se constituirá inmediatamente una Junta nombrada y presidida por el Rmo. Prelado de la Diócesis. Esta Junta designará las comisiones que estime convenientes para su objeto, debiendo ser uno de sus primeros actos la publicación del programa con los puntos que hayan de tratarse en el Congreso.

Art. 5º Debiendo someterse a estudio los asuntos de esta [16] Asamblea se distribuirán los trabajos en cuatro secciones. Pertenecen a la primera los de carácter piadoso; a la segunda los de propaganda; a la tercera los de caridad, y a la cuarta los de carácter científico religioso.

De las Sesiones

Art. 6º Las sesiones del Congreso serán públicas y privadas, y éstas generales y particulares.

Art. 7º Las sesiones públicas serán cuatro, a más de la inaugural, y en ellas no se permitirá discusión alguna. En cada una se leerán o pronunciarán dos discursos doctrinales o de fondo, y dos más breves a modo de alocuciones. Con el fin de no prolongar el acto demasiado, se concederán, como máximum de tiempo 45 minutos para los primeros, y 20 para los segundos.

Art. 8º Todos estos discursos estarán a cargo de los oradores invitados por la Presidencia de la Junta. Para los de fondo o doctrinales lo serán dos Prelados, dos Presbíteros y cuatro seglares; para los discursos breves se designarán oradores de diferentes regiones y clases sociales. Los temas sobre que versarán unos y otros se anunciarán oportunamente.

Art. 9º Las sesiones privadas generales, a las que concurrirán todos los inscritos como socios titulares, tendrán por objeto aprobar definitivamente las conclusiones votadas por cada sección, y tomar otros acuerdos que la Presidencia crea oportuno someter a la votación del Congreso.

Art. 10. Las sesiones particulares son las que celebran las secciones de que se habla en el artículo 5º, y a ellas tendrán derecho de asistir los socios que se hubieren inscrito, para cada una de dichas secciones. Serán presididas por el Prelado que designe el Presidente del Congreso de acuerdo con la Junta, que nombrará también un Vicepresidente y un Secretario.

Art. 11. Los trabajos de las secciones, que forman la parte más importante del Congreso, versarán sobre los puntos o temas que la Junta propondrá a su estudio y resolución, y que se publicarán con este Reglamento.

Art. 12. Los miembros titulares del Congreso que quieran escribir memorias sobre los indicados temas, deberán presentarlas con su firma en la Secretaría de la Junta con un mes, por lo menos, de anticipación al día en que se inaugure el Congreso. En estos escritos debe procurarse la brevedad posible y formularse conclusiones prácticas sobre el punto de estudio que en ellos se examine, sin cuyo requisito no serán admitidos.

Art. 13. La Junta nombrará una Ponencia para cada sección, [17] que examinará las memorias presentadas y resumiéndolas formulará sobre cada tema la conclusión práctica que haya de discutirse, la cual se repartirá impresa anticipadamente a los socios inscritos.

Art. 14. Abierta la sesión, informará la Ponencia sobre las memorias presentadas por el orden de temas, y propondrá, si así conviniere, la lectura íntegra o parcial de las mismas, como antecedente de la conclusión que ha de ser discutida y aprobada. Los socios que crean oportuno modificar o ampliar los términos en que esté formulada, presentarán su enmienda a la Presidencia o al Secretario antes de abrirse la sesión, y si, oída la Ponencia, insisten en defenderla, harán uso de la palabra con la venia del Presidente y por el orden con que la hubieren pedido.

Art. 15. Debiendo la discusión ser tranquila y encaminada al único fin que se propone la Asamblea, se concederán diez minutos para emitir cada uno su dictamen, y cinco para la rectificación. La Ponencia tendrá el derecho y el cargo de hablar después de cada discurso para contestar o para encauzar la discusión. Si algún socio se propusiera hacer un discurso más largo sobre alguno de los temas propuestos, deberá pedir permiso al Presidente con veinte y cuatro horas de anticipación, y obtenido podrá usar de la palabra durante treinta minutos.

Art. 16. Declarado por el Presidente que el punto está suficientemente discutido, y formulada en definitiva por la Ponencia la conclusión que se propone, se procederá a la votación de la misma, y resultando aceptada por mayoría de votos, quedará sometida a la aprobación del Congreso votándose definitivamente en sesión general.

Art. 17. La Junta se reserva el derecho de añadir algún otro tema y proponerlo a la sección respectiva anunciándolo con el tiempo necesario para que pueda ser estudiado por los socios. Igualmente se reserva el de aceptar algún trabajo importante, aun de persona no inscrita como socio, sobre puntos no contenidos en el programa, y someterlo al estudio de alguna de las secciones, o proponer a la Presidencia su lectura en sesión pública.

Art. 18. Las memorias enviadas a las secciones, y aceptadas, por la Ponencia, serán luego publicadas en la Crónica del Congreso, cuando menos en extracto.

Art. 19. Todas las noches, mientras dure el Congreso, se reunirán los Presidentes de sección con el Presidente y Vicepresidente de la Asamblea, para darles cuenta de las discusiones y de todo lo referente a los acuerdos que se hubieren adoptado y resolver sobre los que convenga proponer en lo sucesivo a las mismas secciones, o al Congreso en junta general. Cuando a juicio del Presidente se hubiere de proceder a votación para tomar algún [18] acuerdo, así en las secciones generales como particulares, se resolverá el asunto por mayoría de votos, y en caso de empate, decidirá el Presidente respectivo.

De los Miembros del Congreso

Art. 20. Los miembros del Congreso son titulares u honorarios. Los primeros son los que se inscriben para tomar parte en los trabajos de las secciones, o de las sesiones generales, sujetándose a lo prescrito en este Reglamento; tienen derecho a asistir a todas las sesiones, a emitir su sufragio en los asuntos que sea preciso resolver por votación, a presentar en las sesiones particulares la enmienda o proposición que estimen fundada, previo el aviso de que se habla en el artículo 14, y a recibir la Crónica en que se publiquen los trabajos del Congreso.

Art. 21. Los miembros honorarios son los que se inscriben con la mira de proteger y auxiliar al Congreso con su influencia personal o social, con donativos, suscripciones, o de cualquier otra manera que les sea posible. No toman parte activa en las discusiones, votaciones y trabajos científicos del Congreso; pero tienen derecho a asistir, en las sesiones públicas y a recibir igualmente la Crónica mencionada.

Art. 22. Para ser miembro del Congreso debe pedirse anticipadamente la inscripción a la Secretaría de la Junta por medio de los comisionados de cada Diócesis, o bien directamente, remitiendo diez pesetas, destinadas a sufragar los gastos del Congreso. En la petición debe expresarse bajo cuál de las dos clases desea ser inscrito el aspirante y cuál es su nombre, apellido y domicilio, así como también la sección a que desea agregarse. Acordada que sea la inscripción por la Junta, la Secretaría de la misma remitirá al interesado el billete respectivo que es personalísimo, y por lo tanto intransferible, cuya exhibición es de todo punto necesaria para asistir en las sesiones.

Art. 23. Los que sin pertenecer al Congreso bajo ninguno de los dos conceptos indicados desearen, sin embargo, asistir a las sesiones públicas podrán tomar al efecto un billete especial que se les expedirá por la Secretaría de la Junta.

Art. 24. La expresada Junta queda encargada de resolver las dudas y obviar las dificultades en los casos no previstos en este Reglamento.

Sevilla 8 de Noviembre de 1891.

El Secretario de la Junta,
Modesto Abin y Pinedo


 

Puntos de Estudio
para las Secciones del Congreso

Sección primera

Asuntos de carácter piadoso

1º La santificación de las fiestas desde el punto de vista moral y religioso. Manera práctica de procurar la observancia del precepto divino y eclesiástico, en conformidad con los deseos de nuestro Smo. Padre el Papa León XIII en su Encíclica Novarum rerum.

2º Medios que deben emplearse para procurar la majestad del culto en toda clase de solemnidades religiosas, y desterrar los abusos, tanto en lo que se refiere a la decoración de altares y templos, como a las imágenes y a la música sagrada.

3º Ordenes Terceras: su influencia para restaurar el espíritu cristiano en la sociedad. Medios prácticos de promover el desarrollo de las mismas, según los deseos de S. S. en su Encíclica Auspicato.

4º Conveniencia de celebrar un Congreso Eucarístico en España. Cuál debería ser el plan de esta Asamblea, y puntos que en ella debieran tratarse.

5º Señalar los medios más oportunos para corregir los [20] abusos introducidos contra el espíritu de la Iglesia en las exequias de algunos católicos, y para combatir la escandalosa e impía práctica de los entierros civiles.

6º Importancia de la devoción del Santo Rosario recomendada por nuestro actual Pontífice en sus Encíclicas Supremi Apostolatas y De Mariae Virginis Rosario. Medios de promover esta devoción y en especial la práctica de rezarla diariamente en familia.

7º Eficacia del culto del Sagrado Corazón de Jesús, y singularmente del Apostolado de la Oración para moralizar a los pueblos. Manera práctica de propagar y consolidar esta devoción.

Segunda sección

Asuntos de propaganda

1º Necesidad de combatir la enseñanza laica en todos sus grados, según los consejos de S. S. en su Encíclica Humanum genus. Conclusiones prácticas que se deducen de este estudio.

2º Ventajas importantísimas de los catecismos elementales y ampliados. Cómo debe organizarse en nuestros días la enseñanza catequística para que sea más provechosa.

3º Medios más adecuados para combatir la libertad ilimitada de la prensa, secundando los deseos de S. S. en su Encíclica Exeunte anno. Medidas que deben reclamarse contra las publicaciones obscenas e inmorales.

4º Urgente necesidad de dar activa organización a la propaganda católica escrita para restaurar el espíritu cristiano, según las indicaciones del actual Pontífice en su Encíclica Exeunte anno y de establecer bibliotecas populares católicas aun en pueblos de poco vecindario. Modo práctico de conseguirlo.

5º Conveniencia de fundar una Asociación de maestros de escuela para fomentar la enseñanza rigorosamente católica de la niñez. Plan de esta Asociación y medios de realizar su objeto.

6º Funestísimos estragos que la propaganda anticristiana hace en las costumbres por medio de las artes y bellas letras. El naturalismo materialista como elemento de corrupción. Medios que deben emplearse para contrarrestar sus efectos, particularmente en la novela, pintura y música.

7º Influencia de la propaganda antirreligiosa en la literatura dramática. Medios prácticos de combatir la inmoralidad de los espectáculos teatrales y demás diversiones públicas. [21]

Tercera sección

Asuntos de caridad

1º Obligación que tienen los católicos de subvenir a las apremiantes necesidades del Sumo Pontífice, despojado de lo necesario para el desempeño de su altísima misión. Modo de organizar la colecta de «El dinero de San Pedro» para que sea más eficaz y provechosa.

2º Organización que debe darse actualmente a los gremios y asociaciones de obreros para procurar el bienestar moral y material de los mismos, según lo indicado por S. S. en sus Encíclicas Humanum genus y Rerum novarum.

3º Medios de combatir la usura y de prevenir y remediar sus funestas consecuencias en las clases necesitadas, singularmente con la acertada organización de los Montes de Piedad y Cajas de ahorros, y con las asociaciones de socorros mutuos para obreros.

4º Ventajas del descanso dominical preceptuado por la Religión en el orden económico social. Propaganda católica sobre este punto, especialmente en los centros fabriles e industriales.

5º Relaciones entre el capital y el trabajo. Estudio de las mismas basado en la Encíclica De conditione opificum. Medios de conjurar los gravísimos peligros que entraña hoy la solución del problema social.

6º Estúdiese la manera de remediar los males de la vagancia y del abandono en la educación de los niños. Medidas más eficaces contra estas plagas sociales.

7º Medios de facilitar la celebración del matrimonio a los que viven en unión ilícita. Qué organización más oportuna podría darse a las asociaciones que tuvieran este objeto.

Cuarta sección

Asuntos de carácter científico-religioso

1º Los modernos descubrimientos astronómicos en sus relaciones con la doctrina revelada. Lo que se debe creer, lo que se puede opinar y lo que conviene sentir o admirar en vista de esos mismos descubrimientos.

2º Juicio crítico sobre las investigaciones protohistóricas [22] realizadas en la segunda mitad del siglo XIX en sus relaciones con la doctrina católica, y examen y refutación de los múltiples errores que contra esta se propalan a nombre de la Prehistoria.

3º Funestos efectos de la tendencia anticristiana que a la sociología moderna imprimen las doctrinas positivistas.

4º Medios prácticos de promover el estudio de la filosofía de Santo Tomás de Aquino, según los deseos de S. S. en su Encíclica Aeterni Patris.

5º Ventajas de los estudios egiptológicos para la controversia científico-religiosa. Las inscripciones jeroglíficas de los monumentos y papiros egipcios descifradas en la época presente dan un brillante testimonio de la verdad del Pentateuco.

6º Examen y discusión de las principales teorías que se sustentan hoy en el campo de las ciencias sobre el origen del hombre. Cómo resuelven esta cuestión las escuelas espiritualista y materialista. Impugnación de los errores que con aparato científico se oponen a la antropogonía mosaica.

7º Academias científico-religiosas. Sus ventajas y oportunidad en la época presente. Qué organización conviene darles para obtener los mejores resultados.

8º Necesidad de fomentar la publicación de revistas científicas para defender el dogma católico contra los ataques de la falsa ciencia. Plan de estas publicaciones y medios de asegurar su difusión y estabilidad.

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C.C.N.E.
III C.C.N.E.
Tercer Congreso Católico Nacional Español
Sevilla 1893, páginas 13-22