Decreto creando el Consejo Superior de Guerra
[ 9 de Noviembre de 1936 ]
Presidencia del Consejo de Ministros
Decreto
La diferente organización de los servicios que afectan a la Defensa Nacional exigen su máxima coordinación para acelerar la hora de la victoria. Ello debe lograrse estableciendo estrecha inteligencia entre el Ejército, las fuerzas de aire y mar y con cuantos organismos de carácter económico e industrial se relacionen con la guerra. Por todo ello, de acuerdo con el Consejo de Ministros y a propuesta de su Presidente.
Vengo en decretar:
Artículo 1.º Se crea un Consejo Superior de Guerra constituido por los Ministros de la Guerra, Marina y Aire, Obras Públicas, Justicia y Agricultura y por el Comisario general de Guerra.
Artículo 2.º Será misión de este Consejo armonizar y unificar cuanto con la guerra y su dirección se relacione, señalando el Plan de guerra y las directrices para que los diferentes mandos subordinados puedan desarrollarlas con su iniciativa y responsabilidad; pero con unidad de acción en todos los frentes.
Artículo 3.º Igualmente se ocupará el Consejo Superior de Guerra de cuanto se refiere a la movilización industrial del país, al armamento y municionamiento de todas las fuerzas, planes generales de abastecimiento y puesta en producción de toda la industria nacional.
Dado en Barcelona, a 9 de Noviembre de 1936.
Manuel Azaña
El Presidente del Consejo de Ministros,
Francisco Largo Caballero