Filosofía en español 
Filosofía en español


[ Que ni en el púlpito ni en el confesonario se extravíe la opinión de los fieles ]

Ministerio de Gracia y Justicia

Real orden.

En días de concordia, de quietud y de sumisión pacífica a las autoridades constituidas, juzgó necesario la Majestad del Sr. D. Carlos IV, para evitar el escándalo de varios predicadores, circular la Real orden de 16 de Marzo de 1801, que es otra de las leyes recopiladas, por la que se sirvió “encargar a todos los Prelados seculares y regulares mandaran a sus súbditos, que no abusasen de tan sagrado ministerio, y se esmeraran únicamente en persuadir y enseñar a los fieles el camino de la virtud, y el de desviarse del vicio; previniendo a los tribunales y justicias del reino que celaran sobre este punto con la mayor exactitud y vigilancia, corrigiendo y conteniendo unos y otros, según sus facultades, cualquiera exceso que notasen en esta materia, dando cuenta de todo a S. M. por la secretaría de Gracia y Justicia.”

Hallándonos por desgracia en tiempos menos tranquilos y próximos al santo tiempo de cuaresma, con una experiencia tan lamentable como reciente de la influencia perniciosa que han ejercido y ejercen algunos eclesiásticos sobre los ánimos sencillos y dóciles; solícita siempre la bondad de S. M. la Reina Gobernadora de restituir a todos los españoles la tranquilidad de que tanto necesitan, y con el fin de evitar los excesos de la imprudencia o mala fe en perjuicio del orden público; en nombre de su augusta Hija la Reina nuestra Señora Doña Isabel ii, se ha servido encargar y mandar, que los prelados del clero secular y regular, sin perder de vista los crímenes de alta traición que han cometido varios eclesiásticos con mengua de su respetable estado y desprecio de sus primeros deberes, dicten bajo su responsabilidad las providencias más eficaces para que ni en el púlpito ni en el confesonario se extravíe la opinión de los fieles ni se enerve el sagrado precepto de la obediencia y cordial sumisión al gobierno legítimo de S. M., que tan encarecidamente recomiendan las leyes divinas y humanas; y que acuerden las demás medidas preventivas que les sugiera su celo ilustrado y su adhesión sincera a la noble y justa causa de la legitimidad, con el laudable e importante objeto de que los próximos días de salud proporcionen a la España la que tanto merece y ha menester, y que puede y debe ser en gran parte obra de los prelados y colaboradores en el santo ministerio de paz, de fraternidad y cordial sumisión a las potestades legítimas. De Real orden lo digo a V. E. para inteligencia del Consejo, y su pronta circulación a los prelados seculares y regulares, y a los tribunales y justicias del reino, para que por todas las autoridades se disponga lo necesario a su puntual cumplimiento. Dios guarde a V. E. muchos años. Madrid 27 de Enero de 1834.= Nicolás María Garelly.= Sr. Presidente del Consejo Real.