Filosofía en español 
Filosofía en español

Democracia como Institución: Nematología y Tecnología

[ 896 ]

Representación política democrática (momentos y tipos):
Formal-subjetiva / Material-objetiva

1. La representación [política democrática] [895], según su momento formal o subjetivo, implica siempre la representación de la materia o contenido representado que se pretende “trasladar” al representante (aun cuando esta materia o contenido hubiera sido, a su vez, trasladada o representada previamente por los representantes parlamentarios a los representados del pueblo).

Cuando nos atenemos a la representación formal o subjetiva {que comprende el proceso de sustitución de los sujetos representados por los sujetos representantes} habrá que distinguir diferentes tipos internos de representación, según que las relaciones sean de uno a uno, de varios a uno, o de varios a varios. Y esto, en principio, cualquiera que sea la materia representada [893].

Por otra parte, las unidades términos representados de las relaciones representativas ascendentes [894] se supone que son capitativas en las democracias homologadas (aunque puedan ser unidades de grupos en las democracias corporativas). Pero no puede suponerse tal cosa cuando nos referimos a los términos representantes. Ya en 1789, en la reunión en la sala del Juego de Pelota, el Tercer Estado exigió que se votase capitativamente (por cabeza) y no orgánicamente (por estados o clases). En el llamado sistema uninominal, el término representante (el diputado) del distrito se supone que representa a los ciudadanos de ese distrito, y en tal caso la distinción entre el conjunto de esos ciudadanos, tomados como un todo distributivo o como un todo atributivo [24], no es una distinción clara, dadas las interacciones entre los propios ciudadanos; por lo que la relación de representación, en su momento subjetivo, será de varios a uno. Algunos consideran este tipo de representación como “más democrática” que la representación de varios a varios (por ejemplo, la representación que los electores logran en los representantes pertenecientes a un determinado partido, que ofrece múltiples candidatos a representantes en listas cerradas y bloqueadas).

Pero esta valoración no puede hacerse al margen de la materia representada. Por ejemplo, si la materia única es la decisión entre los extremos de una disyunción binaria, o si se trata de una disyunción múltiple, o de una alternativa. Sin embargo, suele considerarse a priori como más democrática la representación de varios a uno, cuando los varios forman parte de un conjunto holizado y distributivo, que la representación de varios a uno cuando los varios forman parte de un conjunto no holizado, sino estructurado de otro modo, y más numeroso que el conjunto holizado [733] anterior a la representación de varios a varios. Por ejemplo, en España, suele ser doctrina atribuida al PSOE considerar más democrática la elección de un candidato a la presidencia del gobierno en unas primarias (en las que intervienen cerca de 350.000 militantes, cuando solo se presenta un candidato) que la elección del candidato en un Congreso Federal, cuando solo hubiera un candidato. En cualquier caso, quienes atacan el sistema bipartidista como poco representativo, es porque confunden, desde un idealismo fundamentalista democrático [842-853], la escasa representatividad de las democracias representativas con la precaria representatividad de cualquier democracia.

2. El momento objetivo o material de la representación política democrática va referido a los contenidos o materiales de las propuestas “transportadas” o “trasladadas” en las transformaciones formales. […]

Cuando nos atenemos a la materia u objeto de la representación (por ejemplo, las propuestas puntuales o encadenadas de los electores) también habrá que distinguir diversas formas de la representación, según criterios diferentes que podemos clasificar en dos grandes grupos: directos (ascendentes y descendentes) y reflejos o circulares.

(1) Dentro de las representaciones directas y ascendentes distinguiremos a su vez, necesariamente, entre:

[a] Las representaciones unívocas (por la materia), es decir, la transformación idéntica de la materia representada, lo que ocurre generalmente cuando las materias o propuestas son “cerradas”, generalmente muy sencillas, susceptibles de ser recibidas y transmitidas a los representantes con absoluta fidelidad. En este caso, la representación podrá ser perfecta, tanto si el electorado vota capitativamente como si vota corporativamente [882], y tanto si es reducido como si es numeroso. En estos casos los ciudadanos podrán sentirse, según la materia de la representación, plenamente representados por sus representantes, siempre que se mantengan las propuestas recibidas a título de mandato imperativo.

[b] Cuando la materia no es cerrada, sino abierta a diversas posibilidades de desarrollo, interpretación o transformación, según el contexto en el que hayan de integrarse, entonces la fidelidad de la representación tiene muchas menos probabilidades de cumplirse y, en muchos casos, la representación es imposible y su idea se mantiene como una mera ficción jurídica [883]. Ni podría hablarse de representación, puesto que el pueblo representado ni siquiera habría podido tener en cuenta las contingencias de la pluralidad de interpretaciones posibles a desarrollar, que sus representantes deben improvisar, en el ejercicio de su representación, sobre la marcha. En cualquier caso, la representación ya no podrá considerarse como una transformación idéntica de la materia, sino como una transformación conformadora. De otro modo, no cabe ni siquiera hablar, salvo por ficción ideológica, de una representación estricta de la voluntad popular [891], cuando esa voluntad no tuviera objetivos definidos y, por tanto, necesitase ser conformada, más o menos profundamente, por sus representantes.

[c] Cuando la materia no solo es abierta sino indeterminada y muy genéricamente definida, por su vaguedad (“es voluntad del pueblo que aumenten los salarios”), el representante solo podrá ser elegido a título de delegado plenipotenciario, cuya tarea consistirá, de hecho, en conformar, casi totalmente, al elector por él representado. Estamos en el caso de la representación formal casi pura, puesto que la representación material se supone indeterminada por hipótesis, es decir, en el caso de la elección de un embajador plenipotenciario a quien ha de dársele carta blanca para que decida en una materia desconocida por los representados. En estos casos (que son los más abundantes) tiene poco sentido hablar de representación fiel o infiel. El representante no puede tener un mandato imperativo sobre materias determinadas y la representación, más que fiel o infiel, habrá de calificarse, ex consequentiis, de afortunada o desafortunada, o de aceptable o inaceptable por el elector.

[2] Cuando nos atenemos a las representaciones reflejas y descendentes, la idea misma de representación democrática asume un significado enteramente distinto del que tienen las representaciones directas de la voluntad del electorado. Pero este significado de las representaciones reflejas se encadenará con las representaciones directas puramente formales. Y en la medida en que ese encadenamiento mantiene una circulación regular, podrán considerarse como un mismo tipo de representación cuanto a la materia, con la importante diferencia de que este mismo tipo será interpretado una vez como representación directa y otra vez como representación refleja.

Estamos ahora muy cerca de los casos de las democracias en las cuales la representación del pueblo está canalizada a través de los partidos políticos, que ofrecen a los electores, en sus respectivos programas, materias ordenadas susceptibles de ser elegidas, los programas electorales. Ahora bien, estos programas, cuando se trata de grandes partidos nacionales, necesariamente “generalistas”, ofrecen todo un conjunto de materias (económicas, tecnológicas, energéticas, educacionales, etc.) cuya concreción y determinación práctica desborda por completo la capacidad determinativa de la voluntad popular de los electores, por la sencilla razón de que los electores, en general, ni siquiera alcanzan a entender tales materias y, por tanto, sólo pueden acogerse a la autoridad o prestigio que para ellos tenga el partido que ofrece el programa electoral.

En estos casos, el pueblo solo puede juzgar por características incidentales u oblicuas (generalmente falsas o tautológicas), vinculadas al “prestigio” del partido (tales como “partido de izquierdas que busca el progreso y la libertad”, “partido de los trabajadores frente a la burguesía financiera”, etc.). La representación, en estas condiciones, considerada desde la materia, no podrá ser directa, porque lo que ocurre es que son los partidos los que ofrecen la materia (los programas) a los electores, a la manera como las industrias creadoras de diseños (indumentarios, de automóviles, de medicamentos o de nuevos alimentos) son las que ofrecen al comprador, en un mercado pletórico, los materiales u objetos que el comprador debe elegir. Estas industrias son las que conforman, en un lapso de tiempo más o menos dilatado, la estructura de la “voluntad” de los compradores en el mercado. Los partidos políticos, asimismo, son los conformadores de las voluntades políticas del pueblo (de sus diversas partes) y sin ellos esas voluntades carecerían de objetivos en los cuales determinarse, es decir, permanecerían en estado políticamente amorfo.

En estos casos, la Idea de representación del pueblo en el Parlamento se hace imposible. Y más bien ocurre que cada diputado, o bien se representa a sí mismo en el parlamento (que es lo que venía a pedir Talleyrand, en la Asamblea francesa ya constituida tras el Juego de Pelota, como Asamblea unitaria, cuando propuso –y logró la aprobación de su propuesta– que se suprimiera el voto mandato imperativo, reconociendo a todos los diputados libertad absoluta para expresar sus opiniones y emitir sus votos), o bien se atiene a la “disciplina de voto” que exige a cada diputado por el partido a través de cuyas listas alcanzó la condición de representante, que desempeñe el papel de un mandatario con mandato imperativo, pero no del elector, sino del partido al cual han votado los electores.

En estos casos la idea de representación se oscurece hasta alcanzar su estado más tenebroso: ¿quién representa a quien en las democracias partitocráticas? El partido representa sus programas a los electores que le han votado porque (teóricamente) cada elector habrá visto, a su vez, representada su voluntad en el programa ofrecido que ha elegido; programa que, a su vez, fue redactado por la cúpula de cada partido, tratando de representar a la mayoría de una parte del pueblo que supone va a votarle, al verse representada o reflejada en él. Se trata por tanto de una representación refleja resultante de la concatenación circular de las transformaciones ascendentes y descendentes. Pero, con ello, la representación de cualquier voluntad se ha evaporado necesariamente.

{EC112 / PCDRE 227 /
EC109-113 / → EC95 / → PCDRE}

<<< Diccionario filosófico >>>