Democracia como Institución: Nematología y Tecnología
[ 889 ]
Fundamentalismo democrático primario como Tecnología de delimitación práctica del Pueblo Soberano / Pueblo referencial: Democracia como transformación unívoca / equívoca
El fundamentalismo democrático primario [867] requiere ser analizado, como hemos dicho, tanto desde el momento nematológico [888] como desde el momento tecnológico implícito en toda institución [876].
Los contenidos tecnológicos los reducimos en este bosquejo a los dos siguientes: (A) las técnicas de delimitación práctica del pueblo soberano referencial y efectivo en el contexto de los otros pueblos, democráticos o autocráticos, y (B) las técnicas del ejercicio de la soberanía del pueblo en el contexto del pueblo mismo, a través de la representación parlamentaria [891].
[En esta entrada] tratamos el primero de ellos (A):
El contenido tecnológico (real, corpóreo y estructurado), es decir, no meramente ideológico, es el “pueblo”, pero en tanto que con este término no designemos alguna entidad metafísica (como pudiera serlo el pueblo de Dios, desplegado en una iglesia militante actual), sino alguna entidad histórica definible como sociedad política en el campo antropológico (por tanto geográfico e histórico), como pudiera serlo el pueblo romano (Salus populi suprema lex est) de la época de los Gracos, o bien el pueblo francés de la época de Luis XVI, o el pueblo español de la época de Espartero, o, en general, los pueblos de Europa del siglo XVIII ilustrado (Todo para el pueblo, pero sin el pueblo). El pueblo, como contenido técnico de la democracia, implica la definición de un territorio geográfico (componente primero de la capa basal de la sociedad política) y los habitantes de esa sociedad política (componentes de su capa conjuntiva).
El “pueblo” nos remite a un pueblo situado entre otros pueblos, entre los cuales se intercala la capa cortical [828].
El pueblo, así definido, no es un contenido exclusivo de las democracias [422], porque también hablamos de pueblo en las sociedad políticas antiguas, griegas y romanas; y hablamos de pueblo en las sociedades políticas que englobamos con la denominación de Antiguo Régimen (los Reinos feudales medievales, pero también los Estados absolutos de la Edad Moderna). Una sociedad democrática solo puede ser definida en función de un pueblo referencial concreto (y “concreto” quiere decir, en términos lógicos, inserto entre otros pueblos del sistema geopolítico), como el pueblo francés ante el pueblo español. Por ello no entramos aquí en el debate entre nominalistas y realistas (en la cuestión de los universales). No se trata de afirmar que no exista un concepto universal de pueblo ante rem, y que únicamente existan los pueblos individuados visibles, audibles y tangibles; estéticos, en el sentido de Baumgartem. Se trata de afirmar que el concepto genérico de pueblo contiene, entre las notas de su connotación distributiva, precisamente a los componentes “estéticos” que lo vinculan a otros pueblos, ya sean democráticos, ya sean aristocráticos.
Desde un punto de vista lógico material la cuestión podría analizarse de este modo. Pueblo, como sociedad política, asumirá, al menos en abstracto, o por su forma gramatical, el formato lógico de una clase o totalidad distributiva, cuyos elementos son los diversos pueblos políticamente organizados en la Tierra en el curso de la historia; y la condición democrática que este pueblo podrá asumir será una característica distributiva que afectará a cada pueblo independientemente de los demás. Pero en la medida en la cual, por su materia, cada pueblo implica un territorio (y por tanto una capa basal y cortical), se relacionará con otros términos (pueblos) de su extensión.
Lo importante es advertir que los pueblos, con órganos políticos concretos, es decir, con sus capas basal y cortical definidas, dejan de ser una clase distributiva, y asumen la condición de partes de una totalidad atributiva [24], mediante la cual unos pueblos se relacionan con otros pueblos con relaciones de cooperación o de conflicto, incluso de incompatibilidad. Según esto la condición democrática atribuida a un pueblo político asumirá un sentido no tanto abstracto o distributivo cuanto referencial atributivo a los otros pueblos con los cuales el de referencia se relaciona. De donde se deduce que dos sociedades políticas democráticas, que en abstracto (o formalmente) [846] se manifiestan, en cuanto democráticas, independientes las unas de las otras, consideradas referencialmente y aun siendo de la misma clase, pueden resultar ser incompatibles y enemigas entre sí.
La consecuencia más inmediata de lo que decimos es la siguiente: que cuando hablamos de “democracia realmente existente” no nos referimos únicamente a la realización de un modelo democrático (o a la relación de una democracia concreta con su modelo ideal), sino a una democracia en la medida en que se considera en el contexto de otros pueblos, demócratas o autócratas. La democracia es siempre, desde el punto de vista lógico, democracia referencial (a un pueblo histórico, a una fracción de ese pueblo o a otros pueblos).
Esta tesis puede ser considerada como decisiva en los debates del presente en torno a las democracias realmente existentes o en fase de proyecto (aunque éste sea aureolar) [787]. Cuando un partido nacionalista secesionista (sardo, bretón, checheno, kurdo, vasco, catalán o gallego) se declara demócrata frente al Estado del cual forma parte, y éste también se declara demócrata, la condición de demócrata no puede tomarse, como suele hacerse ordinariamente, como un conjunto de propiedades abstractas distributivas, sino sobre todo, y en primer plano, como un conjunto de propiedades posicionales referidas al pueblo concreto, en relación con otros pueblos [886].
Ahora bien, en la medida en la que reconocemos que en el formato lógico de “pueblo”, en su sentido político (no meramente etnológico, o sociológico, o demográfico), han de estar representadas, y no como accidentes, las relaciones (interacciones) comerciales, bélicas, lingüísticas, diplomáticas… con los demás pueblos (que siguen siendo elementos de la clase genérica “pueblos políticos”), se hará inexcusable suscitar la cuestión genética del siguiente modo: ¿qué relación genética tienen los pueblos democráticos con los restantes pueblos?
Los dos tipos de respuestas que podremos considerar son los siguientes:
(a) La teoría [fundamentalista] de la transformación o generación unívoca
La respuesta que se funda en la transformación idéntica de la sociedad humana en sociedad democrática. La sociedad democrática procedería en el fondo de otra sociedad democrática, por lo menos in actu exercito. Es decir, un pueblo democrático no mantendría relación genética con otros pueblos no democráticos. Cabría mantener la correspondencia entre estas teorías políticas de tipo (a) con las teorías biológicas de la célula que se acogen al principio de Virchow, omnis cellula ex cellula.
Según este primer tipo (a) de respuestas, el pueblo, como concepto político, sería ya por sí mismo democrático, en la medida en la cual se constituye a partir de un contrato social de individuos libres que deciden vivir en sociedad política precisamente para “recuperar” su libertad, comprometida por las dificultades propias de la vida solitaria, en el seno de la naturaleza. “Recuperación” que transforma a los individuos en ciudadanos (Rousseau, Rawls). Dicho de otro modo: la forma democrática sería la esencia misma de la sociedad política. De este modo cabría decir que las democracias proceden de las democracias y que, por consiguiente, derivan por una suerte de “autofundación” [845].
Esta respuesta rusoniana se basa en el postulado de la libertad (más que en el de la igualdad) como fundamento de la democracia. Postulado ya formulado en la Antigüedad por Aristóteles, a su modo, y en nuestro tiempo por Kelsen, quien añade que la igualdad [887] es una idea a la que cabe aproximarse antes que por la vía democrática, por la vía de las autocracias fascistas o soviética.
Por supuesto, esta teoría sobre la génesis de la democracia como consustancial con la misma sociedad política constituye acaso la formulación más radical posible de lo que aquí llamamos fundamentalismo democrático primario, es decir, fundamentalismo en su sentido prístino, puesto que la democracia queda aquí elevada a la condición misma de fundamento de la sociedad política en general. Y hasta un punto tal en el que las demás formas de organización de la sociedad política (oligarquías, autocracias, tiranías, dictaduras) deberían considerarse como degeneraciones de la democracia prístina [864].
Y en la medida en la cual esta teoría genética fundamentalista de la democracia se compone con el supuesto de que el fundamento, además de sus funciones de génesis, asume las funciones de physis, se concluirá que la democracia constituye el verdadero telos, destino o fin de la sociedad política, en la historia humana: el fin de la Historia. [888]
Por nuestra parte rechazamos de plano este tipo de fundamentalismos democráticos primarios. Y ello por una única razón central que juzgamos necesaria y suficiente: que los individuos no existen como tales individuos, dotados de la facultad de pactar, antes de que existan sociedades políticas [553-608] estatales o preestatales. La individualidad, dotada de facultad de pactar, se forma precisamente en el seno de la sociedad política, y no solo en la sociedad natural (tribus, clanes, familias, etc.), en la cual el individuo aprende a hablar y recibe así la posibilidad de adquirir la máscara a partir de la cual podrá transformarse en persona [278-313].
Como situación que, aunque dista mucho de ser prístina, puede considerarse un caso particular de esta primera respuesta basada en la hipótesis de las transformaciones idénticas, nos referimos aquí al caso de las democracias procedentes por escisión o secesión fraccionaria de otras democracias previamente establecidas. Dado un pueblo democráticamente organizado (como pueda serlo el de la España de 1978) las corrientes separatistas o soberanistas que surgen de su seno y se orientan a la constitución, por secesión, de nuevas sociedades democráticas soberanas e independientes (independientes, por tanto de la democracia preexistente), son esencialmente antidemocráticas, si no en el terreno abstracto distributivo, sí en el terreno atributivo referencial. En efecto, tales democracias secesionistas lo primero que buscan es romper la unidad del pueblo político del cual han nacido. (Es interesante recordar aquí la embrollada redacción de los artículos 19 a 21 de la Declaración universal de los derechos de los pueblos, que se firmó en Argel el 4 de julio de 1976, donde aunque reconoce que un pueblo puede ser minoría dentro de un Estado, no por ello los derechos de esa minoría “pueden servir de pretexto para atentar contra la integridad territorial y la unidad política del Estado”, siempre que éste actúe democráticamente.)
Por ello no deja de ser asombroso que nuestros demócratas fundamentalistas consideren también como partidos demócratas homólogos a los partidos secesionistas, como el PNV o ERC (en relación con el “pueblo español”). Es cierto que, desde la ideología secesionista, se seguirá afirmando que la democracia proyectada deriva en realidad de una democracia prístina y prehistórica (la constituida supuestamente por las primeras comunidades vascongadas, catalanas o gallegas de la edad saturnal). Solo en apariencia, dirán los secesionistas, ellos descienden de la democracia española; por la sencilla razón de que esta democracia no existió jamás, como tampoco habría existido jamás la Nación española [740], que habría sido una “prisión de naciones” que buscan ahora, después de muerto Franco, su realización, no sólo en sí sino también para sí.
(b) La teoría [no fundamentalista] de la transformación o generación equívoca o heterogénea
Según esta teoría (incorporada a la filosofía política del materialismo) toda sociedad democrática procede de la transformación de una sociedad previa no democrática. Por ejemplo, de la “evolución” de una sociedad esclavista, o bien, de una sociedad feudal, o de un estado absoluto del Antiguo Régimen. Para abreviar: las democracias modernas serían el resultado de la evolución (o Revolución, como la de 1789) de las sociedades autócratas, o de los reinos del Antiguo Régimen, transformados, mediante la democracia, en Naciones políticas [828].
Esta evolución (o revolución) habría estado inspirada por un principio de libertad individual. Un principio que, por razones muy diversas, mueve al súbdito a transformarse en ciudadano [891] [Vid. Gustavo Bueno, “Democracia de ciudadanos, democracia de súbitos”, El Catoblepas, núm. 159]; transformación que se habría llevado a cabo mediante el proceso de holización o división de una sociedad estamental organizada en partes anatómicas en sus individuos átomos capaces de expresar su voluntad [895] en una asamblea. Otra cosa es que esta holización no haya podido dejar de ser abstracta en su ejecución, puesto que los individuos, holizados como ciudadanos, no se agotan en su condición de tales. Los ciudadanos no son sólo ciudadanos (o elementos de la nueva sociedad política democrática), sino que siguen siendo individuos que figuran como elementos de otras clases (profesiones, familias, religiones, lenguas, culturas…), muchas veces en conflicto con la clase ciudadana a la que pertenecen. Ideológicamente la holización tendió a regularse por el principio metafísico de la igualdad entre los átomos o individuos. [848] […]
En cualquier caso, el pueblo referencial no es una entidad creada por la democracia, ni por la revolución. El “pueblo”, como concepto político, existía ya en el Antiguo Régimen, como un pueblo delimitado históricamente. Como un pueblo adscrito a un territorio basal, la tierra de los padres, la patria; un pueblo que, en el curso de los siglos, habrá llegado a hablar una lengua común, a compartir costumbres comunes e incluso a constituir, si no una Nación política, sí una Nación histórica, resultante de las fusiones, en diverso grado, de las diferentes naciones étnicas constitutivas [730].
La transformación del “pueblo” del Antiguo Régimen en el “pueblo” de la democracia moderna no tendría por qué entenderse siempre como una transformación abrupta, similar a una creación ex nihilo de la nueva sociedad. Habrá que reconocerse la existencia de estructuras propias del Antiguo Régimen (por ejemplo, instituciones de democracia procedimental [880] en algunos sectores –concejos abiertos, tribunales populares para reparto de tierras de caza, de ganado o de aguas, democracia procedimental a escala municipal, pero en el seno de un régimen estamental aristocrático–) que, sin embargo, por sí mismas, no pueden considerarse como constitutivas de una sociedad democrática.
La democracia de la Norteamérica de habla inglesa tuvo su origen en la secesión de las colonias respecto del Imperio británico, organizado según el Antiguo Régimen, ya muy evolucionado desde la revolución de 1648. Más adelante llegará (El nacimiento de una nación) la federación [742] de estas colonias emancipadas que constituirán un único Estado soberano, una Nación, y que por denominación oblicua [790] retrospectiva recibirá la denominación de los Estados Unidos de América.
En cualquier caso las técnicas de delimitación del pueblo soberano referencial en el contexto de los pueblos que con él se relacionan no brotan simplemente de las líneas doctrinales escritas en el papel mojado de una Constitución. Brotan de la riqueza que ese pueblo se apropió (para formar su capa basal) y de la fuerza de ataque o de defensa (de su capa cortical). Si un pueblo tiene capacidad para “darse a sí mismo” una Constitución es porque tiene riqueza para sostenerse de modo recurrente y fuerza para resistir o atacar [850] a los pueblos que le amenazan.
{EC95 /
→ EC113 / → PEP / → PCDRE / → FD 125-153 / → ENM}