Filosofía en español 
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Democracia como Institución: Nematología y Tecnología

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Idea general analógica de Democracia: Libertad de / Sociedad soberana autodirigida
Taxonomía de las democracias según criterios formales-holóticos

Fue Aristóteles quien advirtió el carácter analógico de la Idea de democracia: “Hay quienes piensan que existe una única democracia y una única oligarquía, pero esto no es verdad; de manera que al legislador no deben ocultársele cuántas son las variedades de cada régimen y de cuántas maneras pueden componerse” (Política, 1289a).

Sin embargo, Aristóteles no ofreció una taxonomía [837-838] estricta de las clases de democracia, y se limitó a citar algunas variedades, basándose en criterios empíricos y materiales (del estilo: democracia de campesinos, democracia de comerciantes…), más que en criterios formales (es decir, holóticos, en nuestro caso), criterios que tengan en cuenta las relaciones posibles entre el todo y las partes (partidos) involucradas en la Idea de democracia. […]

He aquí en qué haríamos consistir la Idea general (analógica) de democracia:

Ante todo, en una Idea que tiene como referencia obligada a un todo social humano Π (un grupo, clan, familia, club, sociedad mercantil, comunidad religiosa…); lo que significa que el concepto de democracia, o el adjetivo “democrático”, carece de referencia y de sentido aplicado a un individuo aislado (y no a una sociedad de individuos humanos). Adán en el Paraíso, antes de la creación de Eva, no podría recibir el predicado de “demócrata”, tampoco Cristo, ni su vicario en la Tierra, el Papa (salvo que se le considere como un obispo más), ni menos aún el Dios monoteísta del unitarismo (el Dios de Miguel Servet o de Isaac Newton). En cambio, tendrá algún sentido plantear la cuestión teológica acerca de la posibilidad de hablar de democracia, aunque sea por analogía, en el ámbito de la deidad trinitaria o en el ámbito de la asamblea de los dioses olímpicos.

Supuesta esta referencia social cabría definir la condición democrática de una sociedad en función de la libertad de coacción (libertad-de) [831-832] que a ella quepa atribuirle en el momento de tomar decisiones respecto a la elección de representantes del pueblo, o de los planes o programas que afectan a su propio desarrollo.

La condición democrática de una sociedad, considerada como un todo, tiene que ver, según esto, con la soberanía de esa sociedad, totalizada respecto de otras sociedades de su entorno, y también de otras sociedades de su dintorno [90]. Una sociedad que está dirigida, coaccionada, intervenida, tutelada o esclavizada por otras sociedades de su entorno, no puede considerarse como soberana, ni como democrática. Y una sociedad, en cuanto a su totalidad, que está coaccionada, dirigida, controlada, etc., por una parte interna suya, tampoco puede considerarse como soberana, ni menos aún como democrática. Antes bien, habría que clasificarla como una oligarquía o como una tiranía.

Una sociedad soberana, en sentido estricto, es una sociedad en la cual el todo social, que ya está dado históricamente, en cuanto integridad de sus partes, se supone (aunque sea ideológicamente), que es a través de estas partes como toma sus decisiones. Cabe decir también que una sociedad soberana es una sociedad “autodirigida” por la integridad de las partes formales que constituyen el todo social; por ello, la soberanía se predicará, en primer lugar, de las sociedades políticas, “autodirigidas”, en cuanto constituyen una totalidad definida respecto de otras sociedades de su entorno (el “autos” no hay que referirlo al todo social sustancializado, sino a la interacción eficaz entre sus partes internas). Una sociedad soberana, autodirigida, se opone, por tanto, a las sociedades heterodirigidas, subordinadas, tuteladas, etc. Y esta soberanía de la sociedad política total, se mantiene en el caso de aquellas sociedades políticas que, aun estando dirigidas o controladas por una parte de su dintorno, no están, sin embargo, coaccionadas o tuteladas por sociedades exteriores (políticas, económicas, religiosas). Una sociedad política oligárquica, incluso una tiranía, aunque no pueda considerarse democrática, puede aproximarse a la situación de soberanía por su libertad-de tutela, control o intervención respecto de otras sociedades exteriores.

En resolución: una democracia es una sociedad libre, con libertad-de; y esta libertad-de puede afectar a la sociedad, respecto de otras sociedades, o a sus partes formales respecto de otras partes (incluyendo aquí, como caso límite, a los individuos o átomos [733] que ya no pueden considerarse como unidades sociales, aunque, por analogía de atribución, puedan considerarse como partes de la sociedad democrática).

Las democracias, así definidas, pueden clasificarse formalmente según diferentes criterios que tienen mucho que ver con la Idea de holización [825] […].

Según el primer criterio q, […] opondremos las democracias procedimentales (+q) […] cuantitativas (aritmetizadas…), holizadas, a las democracias [no procedimentales] […] cualitativas, holísticas (-q).

Como criterio de subdivisión de las democracias q, acudimos al criterio c […], según el cual oponemos las democracias capitativas atómicas o moleculares (+c) a las democracias no capitativas (-c) […], molares.

Como tercer criterio [p] distinguiremos las democracias políticas (+p) de las democracias apolíticas (-p), siempre que tomemos la perspectiva de la politicidad del Estado.

Cabría introducir un cuarto criterio r fundado en las diferencias entre los modos de llevar a cabo (en el progressus) la representación de los diputados del cuerpo electoral en el Parlamento. […]

Los criterios p, q y c pueden cruzarse entre sí, dando lugar a una tabla que discrimina seis clases o variedades de democracia [cuyos fundamentos y ejemplificaciones se exponen en la entrada siguiente].

{BS42 75-78 /
BS42 / → PCDRE / → Tesela 67 / → Tesela 70}

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