Filosofía en español 
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Idea de Imperio

[ 721 ]

Idea filosófica de Imperio como Idea límite: Catábasis de los cursos diapolíticos y metapolíticos

La Idea filosófica de Imperio [720] puede considerarse una Idea límite que aparece como una catábasis [103] de los cursos diapolíticos y metapolíticos que confluyen gracias a un concepto metapolítico de Imperio:

a) El curso del desarrollo diapolítico de las relaciones de un Estado sobre otros Estados parciales, cada vez en mayor número, y que tienen como límite la totalidad de los Estados, el Género Humano políticamente organizado. (La Idea filosófica de Imperio se contrapone, en esta perspectiva, a la Idea apolítica del Género Humano en el sentido, por ejemplo, del anarquismo).

b) El curso de desarrollo del sujeto titular del Imperio que, comenzando por la condición de sujeto del Estado hegemónico sobre los Estados subordinados (a quienes ha de mantener en su soberanía), ha de desarrollarse (en cuanto Idea límite) hasta el punto de que el Imperio mismo por él ejercido no lo sea por el Estado hegemónico (un papel propio de los Imperios diapolíticos), sino precisamente por el Emperador, como símbolo del orden total o “impersonal” que ha de presidir la coordinación de todos los Estados (por tanto, la constitución del Emperador como autoridad que ya no impera formalmente en cuanto Rey de un Estado, sino en cuanto autoridad orientada al coorden de todos los Estados incluido su propio reino). Una autoridad (y aquí estriba la contradicción a la que ella conduce) que no se base en su Poder Real; una autoridad, por tanto, que no puede considerarse positiva, sino abstracta. Desde este punto de vista, la idea filosófica de Imperio es un imposible político (como el perpetuum mobile es un imposible físico). Pero no sería legítimo darle la espalda; porque estas Ideas, de estructura más bien terciogenérica [75], se reproducen una y otra vez, como efectos que son de procesos dialécticos obligados, y solo recorriéndolos será posible apreciar su imposibilidad. Una Idea que sigue todavía viva en quienes alimentan el proyecto de una “paz perpetua” [852] y del “próximo fin de la Historia” [888], promovido o vigilado por alguna gran potencia (como pudo serlo la Unión Soviética en la primera mitad del siglo XX, o los Estados Unidos de América en la segunda mitad). En cualquier caso, la Idea filosófica de Imperio, en cuanto Idea límite, encontraría su función, no ya tanto como Idea utópica (que nos remitiera “más allá” de la Historia), sino como una Idea de “límite revertido”, reaplicable a las situaciones históricas determinadas, en la medida en que en ellas sea posible disociar, por ejemplo, el Poder Real y el Poder Imperial.

La Idea filosófica de Imperio, en cuanto vinculada al Género Humano, no puede consistir solamente en la naturaleza universal de las prólepsis [234] correspondientes, formalmente consideradas. Esta es su condición necesaria, pero no suficiente. La Idea filosófica de Imperio como Idea práctica debe asumir una morfología política, y según los tipos de esta morfología, así los diferentes modelos de Imperios en sentido filosófico:

La tradición Occidental (que haríamos arrancar en el Imperio de Alejandro) [724] se caracterizaría por una concepción del Imperio como co-orden de sociedades políticas previas, cuyo modelo primigenio son las ciudades. El hombre, definido por Aristóteles, es animal político, es decir, animal que vive en ciudades. El Imperio de Alejandro habría proyectado la organización del Género Humano a través de su organización en ciudades libres, de suerte que el Imperio consistiría en sembrar de ciudades autónomas todos los territorios incorporados al Imperio; en esta tradición se habría mantenido el Imperio romano, a partir de la Urbs originaria. Tras la caída del Imperio romano, el Imperio, en sentido filosófico se reorganizará dentro de la morfología de los Reinos (sin excluir a las ciudades, más bien republicanas). El Imperio, por tanto, ha de comenzar conservando el status de los Reinos (o el de las ciudades) y, eventualmente, generando otros Reinos o ciudades nuevos: el Emperador ha de reconocer las leyes propias de los Reinos, los Fueros, o las Constituciones de las ciudades. Un Emperador, por ello, puede dividir su Imperio, por razones de herencia, por ejemplo, en Reinos, porque con ello no destruye el Imperio (considerado desde el punto de vista filosófico), sino que lo desarrolla.

La Historia Universal [722] puede recuperarse como proyecto filosófico (no metafísico) desde una Historia de los Imperios Universales si es que estos Imperios se definen en función de un Género Humano que no puede estar dado previamente al proyecto de esos Imperios que pretenden, precisamente, definirlo y constituirlo.

{EFE 206-207, 213-214 /
EFE 171-238 / → CC 285-345 / → BS11 3-27 / → BS24 27-50}

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