Filosofía en español
Clase especial de leyes físicas que reflejan la constancia de las propiedades o relaciones fundamentales de los procesos naturales. Estas leyes constituyen un elemento importantísimo e inseparable de la estructura de cualquier teoría física. Actualmente se conocen: las leyes de la conservación de la masa, de la energía, del impulso, del momento del impulso, del espín, de la carga eléctrica, de la carga bariónica, del espín isotópico, de la paridad, de la extrañeza y otras. Por el grado de generalidad de su acción, esas leyes pueden dividirse en generales y particulares. El descubrir las limitaciones del alcance de una ley general de conservación, lleva al descubrimiento de una nueva ley de este tipo. Así, cuando se alteró la vigencia de la ley de la conservación de la paridad en el terreno de las interacciones débiles se descubrió la ley de la conservación de la paridad combinada. Las leyes de la conservación se hallan relacionadas con las propiedades de la simetría del espacio y del tiempo. Por ejemplo, la ley de la conservación de la energía va ligada a la homogeneidad del tiempo. La ley de la conservación del impulso va unida a la homegeneidad del espacio. Las leyes de la conservación expresan la indestructibilidad de las propiedades básicas de los objetos materiales y, en su conjunto, confirman el principio de que la materia en movimiento no puede ser creada ni destruida. Los procesos de las transformaciones recíprocas de los objetos materiales están controlados por las leyes de la conservación. Gracias a ello, esas leyes constituyen una profunda base de las causas necesarias, sujetas a ley, de los nexos de la naturaleza. Como quiera que son las leyes más generales en una determinada teoría física, poseen un enorme valor heurístico. Las leyes de la conservación reflejan una de las partes de la contradicción dialéctica, propia a la naturaleza, la contradicción entre la conservación y el cambio.
Diccionario filosófico · 1965:274
Clase especial de principios científicos que reflejan la constancia de las propiedades o relaciones fundamentales de la naturaleza. En la estructura de las teorías físicas, los principios de la conservación se formulan como leyes de la conservación y como principios de la invariación. Actualmente se conocen las leyes de la conservación de la energía, de la masa, del impulso, del momento de impulso, del spin, &c. En la teoría especial de la relatividad se formula el principio de la invariación de las leyes de la naturaleza con relación a los sistemas que se desplazan de modo uniforme y rectilíneo unos respecto a otros. Forman parte de la teoría física las constantes fundamentales: h, constante de Plank en la mecánica cuántica: c, constante de la velocidad de la luz en la teoría de la relatividad. La constancia de estas magnitudes puede considerarse como una variedad específica de los principios de la conservación. Así pues, las variedades de los principios de la conservación son múltiples. Esta diversidad es comparable con la de las formas de movimiento de la materia. En la investigación de los sistemas complejos, particularmente biológicos, adquiere gran importancia el concepto de estructura, y los principios de la conservación adoptan aquí la forma de principios estructurales. Los principios de la conservación controlan los procesos de las transformaciones mutuas de los objetos materiales. Constituyen un profundo fundamento de las conexiones causales lógicas y necesarias de la naturaleza. Siendo las leyes más generales de una u otra teoría científica, los principios de la conservación tienen una gran significación heurística y reflejan uno de los aspectos de la contradicción dialéctica: la contradicción entre la conservación y el cambio.
Diccionario de filosofía · 1984:84