Filosofía en español 
Filosofía en español

Parte primera · Libro undécimo. Del sexto y noveno Mandamiento de la ley de Dios, que son: No fornicar, No codiciar la mujer ajena


Capítulo III

Examen de los pecados contra naturaleza, tactos, &c.

1  ¿Qué es pecado contra naturaleza? Desordenada junta del marido con la mujer, aunque in proprio vasi, con peligro de efusión es mortal; por deleite, venial; por no poder más, no es pecado, como no haya en lo uno, y lo otro peligro de efusión fuera del vaso. Sodomía, que es junta de hombre con hombre, o hombre con mujer in alieno vase, o mujer con mujer, &c. Bestialidad es junta con bestia, y es el mayor de los pecados de lujuria. Toled. cap. 13.

8  ¿Qué es pecado de Molicie? Voluntaria efusión de semen sin cópula o polución voluntaria; y es en tres maneras. En sueños, despierto sin consentimiento y despierto con él. ¿La que sucede en sueños, o comienza estando durmiendo? Si no tiene el hombre plena potestad para refrenarse, no es mortal, dado que no precediese causa que lo fuese; como si antes de dormir desease polución por deleite; que desearla por salud, o evitar tentaciones, no es pecado con tal que ese deseo no sea de suerte que en realidad de verdad sea causa de polución, cual sería el deseo muy intenso, y más práctico, que especulativo. La polución del que despertó comenzando a tenerla en sueños, si no consiente, no es pecado mortal, pero eslo la voluntaria, o la que procede de haber dado causa voluntaria para ella con pleno consentimiento, comiendo cosas cálidas, o echándose de manera, que se siga la polución, o no absteniéndose de las cosas, por las cuales sabe que le suele venir, cuando son cosas de que tiene obligación a abstenerse por esa causa; pero no hay esa obligación cuando las cosas no son malas de suyo, o se recibe algún daño en abstenerse de ellas, o se priva de algún bien. ¿La que se tiene voluntariamente despierto? Si se desea juntamente alguna persona, admite pecado de la mima especie que fuera, si le cometiera verdaderamente, fuera de su particular malicia. Nunca puede tenerse lícitamente, ni por vía de sanidad, por donde pecan gravemente los médicos que aconsejan polución, o cópula ilícita, y los que los obedecen. Padecer sin voluntad polución, no es pecado, como ni fuerzada la mujer, aunque naturalmente haya deleite. Fili. hic.

9  ¿Qué otras cosas prohíben? Deseos venéreos, tocamientos en partes deshonestas siempre, y en manos, rostro, o otras partes exteriores cuando hay mal deseo, o peligro. Ósculos, y abrazos con lascivia o por carnal deleite, aunque no se pretenda cópula. Todos los ósculos y tocamientos que se ordenan a la cópula se encierran en ese mismo acto; los que hubiere después de la cópula, como no sean muy inmediatos a ella, son distinto pecado; y muchos serán un solo pecado, no habiendo interrupción de deseo malo, con todo eso es más seguro decir el número, si no hubo cópula. También se prohíbe toda de delectación morosa, aunque proceda de acto lícito, como del conyugal; porque tal delectación no es lícita sino en el mimo acto conyugal. La alteración carnal, que procede precisamente de la vista de una mujer hermosa, y de oír cosas deshonestas, aunque sea con advertencia, como no haya consentimiento, sino que se pare en el natural gusto que suele traer precisamente la alteración, es totalmente pecado venial. Tho. San. l. 9 d. 46.

[ Antonio de Escobar y Mendoza, Examen de confesores y práctica de penitentes, edición 34, Pamplona 1639, folio 100v-102r. ]