![]() |
| Compendio moral salmaticense | Tratado diez y ocho. Del séptimo y décimo precepto del Decálogo |
| Capítulo segundo. Del dominio y posesión | |
| Punto décimo | <<< • >>> |
| De los montes, selvas, y dehesas | |
|
P. ¿A quién pertenece el dominio de los montes, selvas y dehesas? R. Que por derecho de gentes pertenece al pueblo más cercano, a no ser que por algún título sean de otro, o de algún particular. [488] P. ¿Puede el Príncipe o la república prohibir el pastar o cortar leña en los lugares comunes bajo ciertas penas? R. Que sí; porque muchas veces convienen estas providencias al bien común. Con todo, no pecarán gravemente los vecinos, según la común opinión de los Teólogos, en contravenir a tales prohibiciones, a no ser los árboles cortados de mucho valor, o ser grave el daño causado al público. Lo mismo dicen de los vecinos de los pueblos confinantes, cuando pastan o cortan leña en las dehesas, o montes ajenos, a no ser grave el perjuicio; porque una y otra parte sabe el hecho, y mutuamente se condonan, contentándose con que el transgresor pague la multa impuesta. Pecarán si, gravemente con obligación de restituir los que pastan o cortan en las dehesas, selvas, o montes de algún particular, o en los de los lugares no vecinos; porque entonces no se da mutua compensación, ni tácito consentimiento; bien que en orden a la restitución se deberá atender a las circunstancias del dueño, del daño, lugar, costumbre, y leyes municipales de los pueblos. A los pobres no se les ha de prohibir recoger la leña de poco valor para alivio de sus necesidades. |
| Proyecto filosofía en español © 2000 www.filosofia.org |
Moralistas | Compendio moral salmaticense Pamplona 1805, tomo 1, páginas 487-488 | |