Filosofía en español 
Filosofía en español


[ Cátedra de Lógica fundamental vacante en la Universidad de Zaragoza ]

[ 24 de Septiembre de 1929 ]

parte oficial

Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes

anuncio

Oposiciones, turno libre, a la Cátedra de Lógica fundamental, vacante en la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Zaragoza, y su agregada, de igual Facultad, de Santiago.

A los efectos y en cumplimiento de lo prevenido en los artículos 14 y 15 del vigente Reglamento de oposiciones a Cátedras, de 8 de Abril de 1910,

Esta Dirección general hace público lo siguiente:

1.º Que el Tribunal para juzgar los ejercicios fue nombrado por Real orden de 9 de Julio de 1928 (Gaceta del 26), no habiendo sufrido modificación por efectos de renuncias.

2.º Que por reunir y haber justificado dentro del plazo legal las condiciones exigidas por el Reglamento se declara admitidos a la oposición los siguientes aspirantes:

D. Juan Pérez Millán.
D. Benjamín Temprano y Temprano.
D. Hipólito R. Romero y Flores.
D. Emilio Huidobro de la Iglesia.
D. Perfecto García Conejero.
D. José Gaos y González Pola.
D. Andrés Martínez de Azagra y Beladiez.
D. Juan Francisco Yela y Utrilla.
D. Jacinto de la Riva y Silva.

3.º Que los aspirantes don Alejandro Díez Blanco y don Antonio Losada y Dieguez, para ser admitidos a la práctica de los ejercicios y antes de su comienzo, habrán de entregar al Tribunal una póliza de 2,40 pesetas que falta en las certificaciones de sus respectivas hojas de servicios, como reintegro que corresponde, según la vigente ley del Timbre del Estado.

4.º Que por los motivos que se expresan quedan excluidos los siguientes aspirantes:

D. Manuel Heredero y Pérez, por no acompañar a su instancia documento alguno justificativo de reunir las condiciones legales exigidas por el Reglamento para ser admitidos a los ejercicios.

D. Eduardo Ovejero y Maury, por no justificar tener el título de Doctor en la Facultad o haber aprobado los ejercicios correspondientes al mismo grado, y por no estar cerrada ni certificada la hoja de servicios que ha presentado, careciendo ésta, por tanto, de todo valor legal.

5.º Que todos los opositores admitidos habrán de justificar previamente ante el Tribunal haber abonado los derechos a que hace referencia la Real orden de este Ministerio de 24 de Marzo de 1925 (Gaceta del 30).

6.º Que el plazo, tanto para reclamaciones a que se consideren con derecho los aspirantes, como para recusaciones, a que se refieren los mencionados artículos 14 y 15 del Reglamento, es el de diez días, a contar desde la publicación del presente anuncio en la Gaceta de Madrid.

Madrid, 24 de Septiembre de 1929. El Director general, Allué Salvador.