Filosofía en español 
Filosofía en español


Real orden acordando la distribución de asignaturas en la Facultad de Filosofía y Letras.

[ 19 septiembre 1900 ]

Ministerio de Instrucción pública y Bellas Artes

Real Orden

Ilmo. Sr.: En virtud de lo dispuesto en el Real decreto de 20 de Julio último, que ha reorganizado las enseñanzas de la Facultad de Filosofía y Letras;

S. M. el Rey (Q. D. G.), y en su nombre la Reina Regente del Reino, ha tenido a bien disponer lo siguiente:

1.º La distribución de las asignaturas en la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad Central será la que sigue:

Estudios comunes a todas las facultades

primer grupo

Lengua y literatura españolas, clase diaria, acumulada a D. Cayo Ortega y Mayor, Catedrático numerario.

Lógica fundamental, clase diaria, Catedrático numerario D. Antonio Hernández Fajarnés.

Historia de España (curso preparatorio), clase diaria, Catedrático numerario D. Juan Ortega y Rubio.

segundo grupo

Lengua y literatura latinas, clase diaria, Catedrático numerario D. Antonio González Garbín.

Teoría de la Literatura y de las Artes, clase diaria, D. José Surroca y Grau, Profesor Auxiliar.

Historia Universal, clase diaria, Catedrático numerario D. Miguel Morayta.

Licenciaturas

Licenciatura en Filosofía.

primer grupo

Antropología. Se dará en la Facultad de Ciencias.

Psicología superior, clase diaria, acumulada a Don Antonio Hernández Fajarnés, Catedrático numerario.

Ética, clase diaria, acumulada a D. José Campillo y Rodríguez, Catedrático numerario.

Lengua griega, clase diaria, Catedrático numerario D. José Alemany y Bolufer.

segundo grupo

Historia de la Filosofía, clase alterna, Catedrático numerario D. José Campillo y Rodríguez.

Psicología experimental. Se cursará en la Facultad de Ciencias.

Lengua y literatura griegas, clase diaria, Catedrático numerario D. Enrique Soms y Castelín.

Licenciatura en Letras.

primer grupo

Paleografía, clase alterna, Catedrático numerario D. Mariano Muñoz y Rivero.

Latín vulgar y de los tiempos medios, clase alterna, Catedrático numerario D. Vicente Vignau y Ballester.

Literatura española (curso de investigación), clase alterna, acumulada a D. Antonio Sánchez Moguel, Catedrático numerario.

Lengua griega, clase diaria, Catedrático numerario D. José Alemany y Bolufer.

Lengua arábiga, clase diaria, Catedrático numerario D. Francisco Codera y Zaidín.

segundo grupo

Filología comparada del latín y del castellano, clase diaria, Catedrático numerario D. Ramón Menéndez Pidal.

Lengua y literatura griegas, clase diaria, Catedrático numerario D. Enrique Soms y Castelín.

Lengua hebrea, clase diaria, Catedrático numerario D. Mariano Viscasillas y Urriza.

Bibliología, clase alterna, Catedrático numerario D. Cayo Ortega y Mayor.

Gramática comparada de las lenguas indo-europeas, clase alterna, acumulada a D. Enrique Soms y Castelín, Catedrático numerario.

Licenciatura en Historia.

primer grupo

Historia antigua y media de España, clase diaria, Catedrático numerario D. Eduardo de Hinojosa y Naveros.

Historia Universal, edad antigua y media, clase diaria, Catedrático numerario D. Manuel María del Valle y Cárdenas.

Geografía política y descriptiva, clase diaria, Catedrático numerario D. B. Miguel García Romero.

Arqueología, clase alterna, Catedrático numerario D. Juan Catalina y García.

segundo grupo

Historia moderna y contemporánea de España, clase diaria, Catedrático numerario D. Fernando Brieva y Salvatierra.

Historia Universal moderna y contemporánea, clase diaria, acumulada a D. Manuel Sales y Ferré, Catedrático numerario.

Numismática y Epigrafía, clase alterna, Catedrático numerario D. Juan Catalina y García.

Doctorados

Doctorado en Filosofía.

Metafísica, clase alterna, Catedrático numerario D. Nicolás Salmerón y Alonso.

Estética, clase alterna, Catedrático numerario Don Francisco Fernández y González.

Sociología, clase alterna, Catedrático numerario D. Manuel Sales y Ferré.

Filosofía del Derecho. Se cursará en la Facultad de Derecho.

Doctorado en Letras.

Estética, clase alterna, Catedrático numerario Don Francisco Fernández y González.

Lenguas y literaturas neo-latinas, clase alterna, Catedrático numerario D. Antonio Sánchez Moguel.

Sánscrito, clase alterna, Catedrático numerario Don Mario Daza de Campos.

Gramática comparada de las Lenguas semíticas, clase alterna, acumulada a D. Mariano Viscasillas y Urriza, Catedrático numerario.

Doctorado en Historia.

Sociología, clase alterna, Catedrático numerario D. Manuel Sales y Ferré.

Historia de la civilización de los judíos y musulmanes, clase alterna, acumulada a D. Juan Ortega y Rubio, Catedrático numerario.

Historia de América, clase alterna, acumulada a D. Fernando Brieva y Salvatierra, Catedrático numerario.

Lenguas y literaturas neo-latinas, clase alterna, Catedrático numerario D. Antonio Sánchez Moguel.

2.º De acuerdo con lo dispuesto en el art. 33 del Real decreto, mientras la situación del Tesoro público no lo consienta y no lo autorice la experiencia que se vaya adquiriendo en la implantación de la reforma decretada, en las Universidades de Barcelona, Granada y Salamanca, se darán las enseñanzas correspondientes a la Licenciatura en la Sección de Letras, y en las de Sevilla, Zaragoza y Valencia las de la Licenciatura en la de Historia, conservando en la última el carácter de provincial que actualmente ostenta.

3.º Las asignaturas del primer grupo de los estudios comunes a las tres Licenciaturas se cursarán en todas las Universidades, estarán siempre a cargo de Catedráticos numerarios, con arreglo a lo dispuesto en el art. 5.º del Real decreto de 18 del corriente, y continuará en ellas, con las denominaciones determinadas en el art. 12 del Real decreto de 20 de Julio, el mismo Profesorado numerario que en la actualidad las desempeñe en propiedad.

4.º Los Rectores de las Universidades de distrito remitirán a este Ministerio, antes del 26 del presente mes, las propuestas que formulen las Facultades, de la distribución de los Profesores en los restantes grupos, con sujeción a lo dispuesto en los Reales decretos de 20 de Julio último y de 18 del corriente.

5.º De conformidad con lo preceptuado en el artículo 6.º del Real decreto del 18 de este mes, las asignaturas que forman los tres grupos de Paleografía y Latín vulgar y de los tiempos medios, Arqueología y Numismática y Epigrafía, y Bibliografía y Literatura española (curso de investigación), no se incluirán en las propuestas de distribución que formulen las Facultades, ni se admitirá matrícula para ellas y los grupos de que forman parte en las Universidades de distrito, hasta tanto que sean provistas definitivamente en la forma que establecen las disposiciones vigentes.

6.º En todas las Universidades, los Catedráticos de Lengua griega y de Lengua y Literatura griega alternarán en la enseñanza de sus respectivas asignaturas. Los de Historia Universal e Historia de España podrán guardar el mismo orden en sus enseñanzas, si así previamente lo acordaren.

7.º Se autoriza a los Rectores para que todas las variaciones del personal facultativo contenidas en esta Real orden, dictada de conformidad y para ejecución del Real decreto de 20 de Julio último, las comuniquen a los interesados y las hagan constar en sus respectivos títulos administrativos.

De Real orden lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos consiguientes. Dios guarde a V. I. muchos años. Madrid 19 de Septiembre de 1900.

G. Alix

Sr. Subsecretario de este Ministerio.