Filosofía en español 
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Tomo sexto Discurso tercero

Fábula del establecimiento de inquisición en Portugal

§. I

1. Esta es otra tal que la de las Batuecas. A portentosas quimeras da pasaporte la credulidad de los hombres: y lo peor es, que cuando la multitud conspira [165] en franquear puerta al embuste, por el mismo hecho la deja casi enteramente cerrada al desengaño. Tal vez todo un Reino admite como constante un hecho de gran [166] magnitud, y de reciente data, que se dice pasó dentro de él. Los que vienen después, hallándole autorizado con el común asenso, se consideran justísimamente dispensados [167] de todo examen; o por mejor decir, ni aun llegan a dudar de si la materia pide examen. Cuanto va corriendo el tiempo, tanto se va fortificando la mentira. Al [168] principio solo le dio acogida la inconsideración del vulgo: después ya la protegen las reglas de la crítica; porque si alguno tiene osadía para reclamar, luego le echan [169] acuestas la temeridad de contradecir una opinión tan común, que ya salió de la esfera de opinión. ¿Cómo (dicen) todo un Reino pudo ser engañado en orden a un hecho, que si fuese falso, precisamente había de constar a todos los que vivían al tiempo en que se coloca su data la falsedad? Por cuanto la misma relación supone, que fue cosa de grande estrépito, de largo negociado, en que intervinieron los primeros Personajes de la Nación; ni podía ser otra cosa, considerado el asunto, y sus circunstancias. [170]

§. II

2. Tal es el estado en que se halla la fabulosa historia del establecimiento de la Inquisición en Portugal, cuya narración es del tenor siguiente. Un mozo, llamado Pedro Saavedra, natural de Córdoba, no solo de excelente pluma, mas de insigne acierto in imitar todo género de letras, se aplicó a usar de esta habilidad para engrandecer su fortuna: arte infeliz, cuyo uso apenas puede jamás dejar de ser delincuente. Su osadía era mucha, sus pensamientos altos: por lo cual, no contento con aquellos cortos, o medianos intereses, que otros adquieren con tan infame medio, aspiró a otros mayores, donde a proporción del fruto va creciendo el riesgo. Así, fingiendo Cédulas Reales, Despachos del Consejo, y Libranzas de los Ministros de Hacienda, no solo sacó de las Arcas Reales buenas cantidades de dinero, mas logró ponerse un Hábito de Santiago, y consiguió una Encomienda de tres mil ducados. Suele ser traidora la fortuna de las primeras empresas; porque dando aliento a la temeridad para otras más arriesgadas, al fin abandona en el mayor peligro a los mismos, que se metieron en él, fundados en su favor. Así sucedió a nuestro Saavedra. La casualidad de ver un Breve Apostólico, que traía un Religioso, que venía de Roma, dirigido a Don Juan el III, Rey de Portugal; le puso en la senda del precipicio, excitándole la idea de emprender un alto asunto, mediante la habilidad, que tenía para imitar los caracteres, fórmula, y estilo del Breve. Púsosele, pues, en la cabeza tomar el carácter de Nuncio Apostólico, para introducir en el Reino de Portugal el Santo Tribunal de la Inquisición. Debe creerse, que esta intentona no fue motivada por el celo de la Religión; sino que resuelto a todo trance a darse aquel aire de grandeza, no halló otro asunto más a propósito para pretextar la Legacía, o le pareció, que logrado el fin, como esperaba, la grande utilidad, que de él resultaba a la Religión, y al Reino, le facilitaría el perdón del delito. Fabricadas, pues de su mano las Letras, y Despachos [171] necesarios, y aprovechándose de los dineros, que había negociado con las trampas antecedentes, para echarse tren competente, se entró en Portugal muy puesto de Nuncio. Dispuso tan bien las cosas, y hizo el papel con tanto arte, que fue recibido, y tratado como tal. Duró esta farsa seis meses, en los cuales logró el fin de entablar la Inquisición. Mas descubierta luego la maraña, aunque subsistió el efecto del embuste, fue preso el Artífice; y después de varias competencias entre el Tribunal Real, y el de la Inquisición, prevaleciendo éste, fue por él el reo condenado a galeras, en las cuales estuvo diez y ocho años, al cabo de los cuales salió de ellas a petición del Pontífice Paulo IV, deseoso de conocerlo. Pone la relación la Legacía del falso Nuncio, y establecimiento de la Inquisición en el año 1539.

§. III

3. Esta es la historia del embustero Saavedra, y de su decantada introducción del Tribunal de la Fe en el Reino de Portugal. Lo que parece dio tanto curso a esta patraña entre los Españoles, fue una Comedia de Autor incierto (un Ingenio de esta Corte), intitulada: El Falso Nuncio de Portugal, donde, circunstancia más, o menos, está vertida la historia, que acabamos de referir. No quiero por eso decir, que el Autor de la Comedia lo fue de la fábula, pues está ya antes estaba estampada por dos Escritores Españoles: el primero el Doctor Luis de Páramo en su Obra de Origine, & progressu Sanctae Inquisitionis: el segundo Don Pedro Salazar de Mendoza en la vida, que escribió del Cardenal Tavéra. Lo que hizo el Autor de la Comedia fue propagar la noticia, de modo que se extendiese a todo género de gentes; porque no hay medio tan eficaz para vulgarizar una historia, como plantarla en solfa en una Comedia.

4. Tampoco se entienda, que los Autores dichos, o alguno de ellos tramasen la fábula. Uno, y otro fueron muy serios, para que pueda atribuírseles esa torpeza. El Doctor Luis de Paramo, que fue quien primero la dio a luz, escribió lo que halló en una relación, que dice le dio el P. Fr. [172] Miguel de Santa María Religioso Jerónimo, copiada de un manuscrito de la Biblioteca del Real Monasterio del Escorial. Salazar de Mendoza siguió a Páramo, con que ni uno, ni otro deben ser reconvenidos como fiadores de la verdad de la historia.

§. IV

5. Gustoso abrazo el empeño de rebatir esta fábula, no solo por la razón general de ser error común, lo que derechamente la constituye debajo de mi jurisdicción, mas también por el particular motivo de vindicar la Nación Portuguesa de la injuria, que se le hace en suponerla tan ruda, que se dejase engañar de un hombrecillo solo, en negocio tan alto, y en tales circunstancias, que la más débil advertencia bastaría para descubrir el enredo. Amo, y venero a esta nobilísima Nación por todas aquellas razones, que la hacen gloriosa en todo el Orbe. El nacimiento me hizo vecino suyo, y el conocimiento apasionado. Extrañarán lo segundo los que saben lo primero, porque entre los confinantes, sujetos a distintas Coronas, suele reinar cierta especie de emulación, que los hace mal avenidos; pero como el Cielo me dio un espíritu desembarazado de estas preocupaciones vulgares, igualmente estimo el mérito en cualquiera parte que le encuentro. Ni el País donde el sujeto nace, ni el partido que sigue, añaden un grano de peso en aquella balanza donde examino lo que vale:

Tros, Tyriusque mihi nullo discrimine agetur.

6. Vuelvo a decir, pues que venero la Nación Portuguesa por muchas relevantes cualidades, que concilian mi respeto. Blasones son, que la caracterizan, su gloria militar, continuada hasta hoy desde los más remotos siglos, su ardiente celo por la conservación de la Fe, su eminencia en las letras, su fecundidad en producir excelentes ingenios: en fin, el amor paternal de sus Príncipes a los vasallos, la inviolable lealtad de los vasallos a sus Príncipes. No ignoro que está notada su arrogancia entre las [173] Naciones, como lunar, que quita algo de lustre a aquellas virtudes; pero si bien se reflexiona, se hallará, que por lo común esto que se llama en ellos jactancia, nada es en el fondo más que chiste, y donaire, y en tal cual individuo un inocente desahogo de la vivacidad del espíritu. He visto en muchos, que he tratado, todo género de dulzura, atención, y urbanidad, lo que no es compatible con la soberbia hinchazón, que se les atribuye. En mi persona propia tengo experiencia palpable de que el desprecio, y aversión, que les imputan, respecto de los súbditos de la Corona de Castilla, no tiene más fundamento, que nuestra aprehensión. Altamente están impresas en mi corazón, y en mi memoria las especialísimas honras, que he debido a algunos Señores Portugueses, igualmente eminentes por su nobleza, que por su agudeza, y erudición, dignándose estos de preconizar al mundo mis rudas tareas con elogios, que solo estarían bien colocados en los mismos Panegiristas. ¿Dónde está, pues, esa altanería orgullosa, con que se dice, que los Portugueses pisan todo lo que no es suyo?

§. V

7. Volviendo al propósito, digo, que el que el embustero Saavedra se hiciese recibir en la Corte de Portugal como Nuncio, o Legado de su Santidad, es muy difícil de creer: y el que, aun supuesta su admisión, pudiese sostener por espacio de seis meses el carácter de tal, es una quimera. Lo primero se prueba, porque aunque forjase el Breve Apostólico conducente a este efecto, guardando rigurosamente el estilo de la Curia, e imitase perfectamente la firma del Secretario de Breves, nada haría con todo esto, mientras no le sellase con el Anillo del Pescador, que es la nota, o divisa esencial de los Breves de su Santidad, por lo menos de los que se dirigen a los Príncipes. ¿Tan inexpertos, o tan insensatos Ministros tenía el Rey Don Juan el III, que no notasen esta falta? Y el suplir el sello, no entiendo cómo podría ajustarlo. Según el tiempo en que colocan este suceso, ya el Rey Don [174] Juan llevaba 18 años de Reinado, en los cuales consta, como se verá más abajo, que había recibido diferentes Breves de Roma. ¿Cómo, pues, se le podría engañar solo con el trampantojo de la imitación de la letra, faltando lo más esencial para que pegase la trampa? Así toda la grande habilidad de Saavedra en imitar letras, o hurtar firmas, podría servirle para hacerse Nuncio de su Santidad al Rey de Sián, u de Pegú, mas no a una Corte Católica.

8. La dificultad, que hay en lo segundo, es mucho más insuperable. Habiendo algunos estorbos que vencer en Portugal (como en la relación se supone que los había, y aun repugnancia de parte del mismo Rey) para admitir el Tribunal de la Inquisición, era preciso que el Rey, inmediatamente al arribo del fingido Nuncio, escribiese al Papa, y también a su Embajador en la Corte Romana: consiguientemente por las respuestas de estos, que no podían tardar seis meses, ni aun cuatro, se había de descubrir la maraña.

§. VI

9. Pero la más eficaz impugnación de todo lo dicho, así en cuanto a la primera parte, como en orden a la segunda, la debemos a la diligencia del P. Fr. Antonio de Sousa, Religioso Dominicano, Consejero de la Suprema Inquisición de Portugal, que en un tratado de Origine Sanctae Inquisitionis in Regno Lusitaniae, que introdujo al principio del Tomo, que escribió, debajo del título: Aphorismi Inquisitorum, bate en ruina la fábula de que tratamos, sin dejar en su falsedad la menor duda, pues todas las noticias que da en aquel tratado, son deducidas de las mismas Bulas Apostólicas, que se expidieron sobre el negocio de la Inquisición de Portugal, y de otros muchos Instrumentos originales conservados, ya en la Secretaría Real, ya en los Archivos de la Suprema Inquisición, y de las Subalternas. Pondremos aquí lo que este docto Religioso escribió sobre la materia, tomando las cosas desde su primer origen.

10. Refiere la expulsión de los Judíos de España por [175] los Reyes Católicos, año 1482, y como el Rey Don Juan el II de Portugal los permitió allí por tiempo limitado, pena de que no saliendo al término señalado, fuesen hechos esclavos, como de hecho se vendieron muchos como tales por haber faltado al orden. Añade, que el Rey Don Manuel, año de 1497, renovó el mismo Edicto; pero habiéndolo quebrantado algunos Judíos por piedad del Rey no se llevó a ejecución la pena de la esclavitud, sino que salieron muchos; y que otros, u de miedo de las vejaciones, que les hacían en los navíos, o por amor a la fertilidad del País, que habitaban, recibieron fingidamente el Bautismo, con lo que se quedaron, pactando, que en veinte años no se les había de inquirir sobre su fe. Pero como esto solo sirvió a que permaneciesen en su error, y educasen en él a sus hijos, el Rey Don Juan el III, que entró en la Corona año de 1521, visto los grandes desórdenes, que esto ocasionaba en el Reino, pidió al Papa Clemente VII, que estableciese la Inquisición en Portugal; mas por negociación de los Judíos, dificultó mucho tiempo el Papa concederla, hasta que el año 1531, a 15 de Diciembre, despachó Bula para su erección en toda forma: que el año 1533 lograron los Judíos indulto de todos los delitos de Fe, que habían cometido: que muerto Clemente VII, gobernando la Silla Apostólica su inmediato sucesor Paulo III, obtuvieron de él, que se suspendiese la Inquisición el año de 1534, y el año siguiente consiguieron indulto general de todos los delitos de que conoce el Santo Oficio. Pero que viendo Don Juan el III, que con estos indultos no se hacía otra cosa que deteriorarse el negocio de la Fe, y que en vez de enmendarse se multiplicaban los Judíos, instó a Paulo III, trayéndole a la memoria lo que había sucedido en tiempo de su antecesor, y lo que en su mismo tiempo se experimentaba, sobre que fundase la Inquisición, a cuyo intento le hizo presente, que su celo por la exaltación de la Fe le había hecho permanecer quince años en esta pretensión: a cuya instancia, condescendiendo el Papa, expidió Bula el día 23 de Mayo del [176] año 1536, concediendo la erección del Santo Tribunal, y nombrando por primer Inquisidor General a Don Fr. Diego de Silva, Religioso de San Francisco, Obispo de Ceuta, y Confesor del mismo Rey Don Juan III, el cual tomó posesión del Oficio el día 5 de Octubre de dicho año; desde cuyo tiempo se mantuvo el Santo Tribunal en aquel Reino, y el referido Don Fr. Diego de Silva permaneció en el empleo de Inquisidor General hasta el día 10 de Julio de 1539, en que hizo dejación del empleo, y entró inmediatamente en él el Infante Don Enrique, por facultad, que había dado el Papa en la Bula de erección para que sucediese quien el Rey nombrase.

§. VII

11. Esto es en suma lo que refiere el Padre Fr. Antonio de Sousa, sacado todo de instrumentos auténticos; a que se añade, que este Religioso, sobre ser natural de Lisboa, fue familiar del Infante Don Enrique, y muy inmediato al tiempo de la primera fundación de la Inquisición en aquel Reino: circunstancias, que aun sin el subsidio de los instrumentos, persuaden estaría muy enterado de la verdad del hecho.

12. ¿A vista de esto, qué fe debemos dar al manuscrito del Escorial, que no sabemos cuándo, cómo, por quién se introdujo allí, ni está guarnecido de prueba alguna de su legalidad? Ninguna, pues el estar depositado en aquella Biblioteca, en ninguna manera le autoriza, sabiéndose que las mayores, y más escogidas Bibliotecas, en materia de manuscritos, son como la red del Evangelio, que pescan de todo, bueno, y malo. Ninguna, digo, pues pugna diametralmente con las seguras noticias del P. Sousa, no por un capítulo solo, sino por dos, ambos muy capitales. El manuscrito pone la erección de la Inquisición en el año de 1339. Según la relación de Sousa, estaba ya eregida tres años antes. El manuscrito supone, que había resistencia de parte del Rey de Portugal: según la relación de Sousa; tan lejos estaba este Príncipe de resistirla, [177] que antes la solicitaba; y esta solicitación había empezado muchos años antes.

13. Por otra parte, si el Doctor Páramo copió como se debe suponer, fielmente el manuscrito, hay en él un anacronismo garrafal, que le constituye merecedor de sumo desprecio; pues dice, que Saavedra, con Cédula fingida de Felipe II, consiguió la Encomienda de que hablamos arriba, y la disfrutó por espacio de diez y siete años, todo esto antes de fingir la Legacía; lo cual absolutamente repugna, porque la Legacía se supone efectuada el año de 1539, y Felipe II no entró en la Corona hasta el de 1555, en que la cedió Carlos V. Más cauto anduvo en esta parte el Autor de la Comedia, que el del manuscrito del Escorial, y que el Doctor Páramo; pues notando la incompatibilidad, que expresamos, pone en el Reinado de Carlos V la falsificación que estotros señalan en el de Felipe II.

14. No es esto aun lo más fuerte, y eficaz, que hay en la materia, sino que el mismo Páramo, casi inmediatamente a la relación que hace del enredo de Saavedra, abiertamente se contradice, y desbarata todo lo que acaba de referir; pues formando la serie cronológica, de los Inquisidores Generales de Portugal, dice, que el primero, fue Don Fr. Diego de Silva, Obispo de Ceuta, Confesor de Don Juan el III, quien fue electo para este empleo el año de 1536, y que desde aquel año lo sirvió hasta el de 1539, que lo renunció; y entró en su lugar el Infante Don Enrique, hermano del Rey Don Juan el III, Arzobispo de Ebora, Cardenal que fue después, y Rey de Portugal: en que le vemos enteramente de acuerdo con lo que dice Fr. Antonio de Sousa, y que por consiguiente no deja la menor duda, en que toda la relación antecedente es una patraña... ¡Notable inadvertencia de Escritor, cuando no solo acaba de referir aquel suceso, mas añade, que le tiene por verdadero! [178]

§. VIII

15. Sin embargo de todo lo dicho, una objeción difícil nos resta que desatar, y es, que Gonzalo de Illescas, que escribió mucho antes que Páramo, da por constante el hecho que impugnamos, como cosa sucedida en su tiempo, y de notoriedad pública: añadiendo, que él vio al mismo Saavedra en las Galeras pagando su delito. Así dice en el lib. 6 de la Historia Pontifical, cap. 4. Siempre que me acuerdo de este Nicolao Laurencio, (fue éste un pobre Notario Romano, que en tiempo del Papa Clemente VI, en fuerza de su valor, e industria se apoderó de la Ciudad de Roma, y la gobernó absoluto un pedazo de tiempo) me parece su negocio al de aquel Nuncio, que vimos en nuestros días, que con letras falsas hizo creer al Rey de Portugal, que le enviaba el Sumo Pontífice Paulo III a él por Legado, y él se hubo tan discretamente en todo lo que pudo durar la disimulación: y entre otras cosas muy señaladas que hizo, fue una introducir en el Reino de Portugal el Santo Oficio de la Inquisición a modo de Castilla, de donde se ha seguido en aquel Reino grande servicio de Dios. Llamábase este buen hombre Saavedra, y era, según oí, natural de la Ciudad de Córdoba, grandísimo Escribano, y tenía otras muchas habilidades; y después le vi yo en las Galeras de su Majestad remando, a donde estuvo muchos años, hasta que se le dio libertad, y murió en ella pobremente.

16. He confesado, que esta objeción es difícil, por estar fundada en testimonio de Autor contemporáneo, y que no escribió, según parece, atenido a la dudosa fe del manuscrito del Escorial, el cual es bien verisímil que no hubiese visto, sino a la voz común; a que añade mucho peso el haber visto al mismo delincuente en las Galeras. Pero toda su dificultad subsiste precisamente entretanto que se considera solitariamente el testimonio del Autor alegado. Quiero decir, que la autoridad de Illescas sería bastante a persuadir la especie, a no estar contra [179] su deposición, ya la grande inverisimilitud (que arriba hemos manifestado) del hecho, si ya la poderosísima testificación del Padre Sousa, ya la del mismo Páramo, que es contra producentem. Pero todos estos argumentos en contrario de tal manera debilitan el que se funda en la autoridad de Illescas, que le dejan sin fuerza alguna.

17. ¿Mas cómo Illescas pudo padecer un error tan craso en orden a un suceso de su tiempo? Para satisfacer a esta pregunta, no he menester valerme de la Crítica, que de este Escritor hizo Leonardo de Argensola, de quien no dudó decir, que había sido fácil en creer, y ligero en escribir. Digo, que no he menester valerme de esta Crítica, porque el Autor más cauto puede caer tal vez en igual yerro. Varias veces hemos notado de cuán leves principios suele nacer un error popular, que cunde todo un Reino, y como a veces echa tales raíces, que tarde, o nunca llega el desengaño. En este Reinado tenemos experiencia de algunos, que corrieron mucho tiempo; y aunque después llegó el desengaño, subsisten los impresos, que los publicaron; y en la posteridad hará su testimonio tanta, o mayor fuerza, que en nuestro tiempo el de Illescas.

18. Tampoco debe movernos el que Illescas viese al mismo Saavedra en las Galeras. Estaría en ellas por otros delitos de falsario, que verdaderamente había cometido, sin que esto haga consecuencia para el principal, que le imputaba el rumor popular. Lo que pudo engañar más a Illescas, y lo que acaso engañó a toda España, es, que el mismo Saavedra se adscribía aquel suceso. Esto se colige de que el Manuscrito del Escorial suena ser Autor de él el mismo delincuente. Y aunque esto para muchos le añadirá fuerza, y peso, eso mismo en mi dictamen le hace despreciable. ¿Qué crédito merece un embustero de profesión? Oh! que no se culparía a sí mismo, me dirán, si no fuese verdadera la culpa. Replico, que sí: y que esto es cosa, que se ve muchas veces. Un delincuente, que se ve en estado de no tener ya más que perder, [180] ni por lo que toca a la pena, ni por lo que mira a la infamia, no rehúsa adscribirse uno, u otro delito más sobre los que verdaderamente ha cometido, y aun con estudio, y de intento suele hacerlo, cuando el delito es de tal naturaleza, que acredita más su industria, o su valor. Este es el caso en que se hallaba el falsario Saavedra, cuando por sus embustes se vio condenado a Galeras. Por tomar el carácter de Nuncio Pontificio en Portugal, ser venerado como tal en aquel Reino, y introducir en él, al abrigo de ese engaño, el Tribunal de la Inquisición, conocía, que no se le había de agravar en Castilla la pena merecida por otros delitos. Respecto del Reino, donde no se había cometido la culpa, la grande importancia del fin suprimía la torpeza de los medios. Por otra parte, con la ficción de un delito de ese género ostentaba una habilidad singularísima, una osadía incomparable, que son las dos cosas, que más lisonjean la imaginación de los hombres. Los que con repetidas maldades perdieron la vergüenza, y la fama, suelen hacer jactancia de un heroísmo contrahecho, que consiste en tener corazón, y astucia para emprender, y lograr insultos ardentísimos, porque solo por ese camino se pueden hacer famosos. Esto se entiende, cuando esa vanagloria no hace de peor condición su fortuna. Tal era la situación de Saavedra al ver concluida su causa.

19. Lo único, pues, que puedo admitir como verdadero en esta Historia, es aquello poco que se requiere para que la mentira fuese hija de algo. Creíble es, que Saavedra se fingiese Legado Pontificio, y hiciese el papel de tal en algunas Aldeas, o Lugares cortos de Castilla, y Portugal, donde sin mucha dificultad podría hacer valer el embuste, y utilizarse mucho en él, ya pidiendo dineros prestados, ya beneficiando dispensaciones; y que después sobre el pie de esta verdad añadiese en su relación circunstancias fabulosas, que engrandeciesen la Historia hasta el grado de hazaña heroica en la línea de la trampa. [181]

§. IX

20. Es cosa notable, que casi al mismo tiempo se representó en Italia otra Comedia semejantísima. Un famoso Ladrón, cuyo verdadero nombre ignoro, habiendo conocido que se parecía mucho en los lineamentos del rostro al Cardenal Ludovico Simoneta, Legado que fue en el Concilio Tridentino, luego que murió este Purpurado, tomó su nombre, adornóse de los hábitos, e insignias correspondientes a un Cardenal Legado, echó equipaje magnífico, circundóse de bastante número de domésticos, cuya representación hacían los compañeros de sus robos, y con este aparato discurrió por algunos Pueblos, cometiendo insignes estafas con el pretexto de dispensaciones, en que se extendía a más de lo que pudiera un verdadero Legado; pero no duró mucho la farsa. Habiendo tenido audacia para entrarse en el Boloñés, Donato de Cesia, Vice-Legado a la sazón de Bolonia, le mandó prender, y ahorcar, usando en el suplicio del gracejo de hacerle llevar pendiente al cuello una bolsa vacía, y debajo de ella, para distinguirle del verdadero Simoneta, y hacer escarnio del embuste de haber tomado su nombre aquel desdichado, un título, que alternando poco el mismo nombre, decía: Sine moneta.

21. Más hacia nuestros días, y con más dicha logró otro pícaro pasar por Embajador de un gran Rey, engañando a otro gran Monarca con toda su Corte. Por los años de trece, o catorce del presente siglo se apareció en París uno, que se decía Embajador del Rey de Persia a Luis XIV, y el asunto de su Embajada era proponer amistad, y alianza entre los dos Monarcas. En efecto fue admitido, y cortejado como tal, y el Rey Luis usó de la ostentosa formalidad de colocarse en su Trono para darle audiencia: honor, que se decía no haber acordado cincuenta años había a otro alguno. Había el supuesto Embajador Persa, porque no faltase color alguno a la figura que hacía, regalado algunos presentes nada viles al Rey Luis, en que, sobre el interés del engaño, [182] supo hacer bien su negocio; porque en la despedida recibió otros de más que duplicado valor. En fin, después de muy cortejado, y regalado algún tiempo en París a costa ajena, porque toda se la hizo el Rey de Francia, sin gastar él una blanca, y aumentado su caudal con los presentes recibidos, se salió de aquel Reino, y ya estaba en Alemania, cuando empezó a ser olido el engaño. No se supo más de este hombre, ni quién, ni de dónde era. Creo, que donde pudiese explicarse sin riesgo, no dejaría de jactarse con vanidad, y complacencia de haber impunemente engañado, y hecho burla de un Príncipe tan advertido como fue Luis XIV.

22. Acaso alguno nos argüirá con este mismo hecho, sacando de él consecuencia para la posibilidad del que impugnamos en el presente discurso. Pero es facilísima la solución. La ninguna correspondencia, y larguísima distancia, que hay entre las Cortes de Francia y Persia, facilitaban el embuste, y dificultaban el desengaño, por lo menos hasta pasar largo espacio de tiempo. Entre Lisboa, y Roma es poca la distancia, y mucha la comunicación. Así, no podía durar el embuste, o tardar el desengaño por espacio de seis meses, como la fábula supone. No disimularé, que algunos quedaron en la fe de que el que hizo el papel de Embajador de Persia en París, verdaderamente lo era; pero los que con más reflexión pesaron todas las circunstancias se persuadieron a que todo fue fingimiento. Y aun algunos llegaron a sospechar, que la fábula se tramó dentro de la misma Francia, y que fue invención áulica, para divertir con aquella extraordinaria representación de grandeza al Rey Luis de las melancólicas aprehensiones en que le había puesto su muy avanzada edad.

{(a) 1. Poco ha salió a luz uno de estos Impresos enanos, a quienes damos el nombre de Folletos, con el título siguiente: Breve Relación, en que se refiere la vida del falso Nuncio de Portugal, Alonso Pérez de Saavedra, y el modo que tuvo para introducir en aquel Reino Santa Inquisición... copia de la que él propio escribió a instancias del Eminentísimo [183] Señor Don Gaspar de Quiroga, Arzobispo de Toledo, Cardenal de la Santa Iglesia de Roma, con su mano izquierda, después que le cortaron la derecha. El que le saca a luz se nombra Don Bernardino Antonio de Ochoa y Arteaga, que dice ser natural de la Villa de Madrid.

2. Luego que vi el referido título en la Gaceta de la Corte, como yo en el sexto Tomo del Teatro Crítico había escrito, y probado ser fábula la Historia del establecimiento de la Inquisición en Portugal, por artificio del embustero Saavedra, hice juicio (¿y quién no haría el mismo?) de que el que la daba a luz incorporaría en el propio impreso tales cuales pruebas de ser verdadera la Historia. Digo tales cuales pruebas, pues nunca podía esperarlas sólidas, siendo tan concluyentes las que yo había dado de ser fabulosa. Con esta persuasión hice venir de Madrid el Escrito, resuelto a rebatirle, y responder a lo que alegase contra mi sentir.

3. Ningún juicio, al parecer, más bien fundado que el mío, ninguno más errado. Llegó el Escrito a mis manos. ¿Qué hallé en él? Nada más que la Historia desnuda, sin más guarnición, que la Dedicatoria, una aprobación, y Prólogo. ¿Pero acaso en la Dedicatoria, o en el Prólogo nos dice donde halló esta Historia, o quien se la comunicó, o alega a favor de ella algún testimonio, aunque sea de poco peso? Nada. Sin embargo habla en la Dedicatoria, y Prólogo con tanta satisfacción, y me insulta tan soberbiamente, como si verificase su Historia con las más auténticas pruebas del mundo. Esta es una de aquellas cosas, que no se creen, si no se ven: verdaderas aunque sumamente inverosímiles. Son dignas del mayor reparo estas palabras de la Dedicatoria, expresando al Ilustrísimo Personaje, a quien dedica la Historia, el motivo que tiene para hacerlo: [184] Porque solo V.S. y por su dignidad corresponde protegerla, para que con tan gran Mecenas, y Supremo Protector pueda salir a la Plaza del mundo, libre del temor, que la amedrenta, de las mordaces lenguas de las que tienen tal condición, que viven más de lo que muerden, que de lo que comen: pues aun antes de ver la luz, no ha faltado Crítico, que la haya procurado morder en público Teatro, bien que como cobarde no se atrevió a hacerlo, sino desde el sagrado de una Cogulla.

4. ¿Qué habré yo hecho a este Don Bernardino Antonio de Ochoa y Arteaga (a quien protesto, que no conozco, ni he oído nombrar jamás) para que tan sin Dios, ni ley me maltrate? ¿Cómo pude yo ofender a quien no conozco? Pero acaso heriría yo en alguna parte de mis Escritos su ejercicio, o profesión: porque quizá el Don Bernardino será, o Saludador, o Investigador de la Piedra Filosofal, o Adivino por las rayas de las manos, o Conjurador idiota, o Médico desgarretador; porque a estas cinco clases de gentes tengo algo resentidas.

5. Mas sea lo que fuere, aun cuando la Historia, que saca a luz, fuese probable; ¿qué mérito haría yo, para tratarme de mordaz, en capitularla de falsa? Antes bien siempre sería asunto propio de índole benigna, y pluma piadosa, procurar librar a la insigne Nación Portuguesa, especialmente al Rey, y sus primeros Ministros, de la nota de imprudencia, y aun de fatuidad, que no pueden menos de imponerle los que creyeren aquella Historia, mayormente quitando al mismo tiempo de la cuenta de un Español, que se dice hijo de padres honrados, tantos atroces delitos como enuncia de él aquella Historia; y la infame pena de Galeras, como cuentan otros; u de cortarle la mano, como refiere Don Bernardino. La mordacidad antes estará en lo contrario; esto es, en imponer a la Nación Portuguesa aquella nota, y a un Español de honrado nacimiento estos delitos.

6. ¿Y cómo le podré yo tampoco pasar al Señor Don Bernardino el que el Ilustrísimo Mecenas, que busca, por su dignidad corresponde proteger esa Historia? ¿Al que preside el Tribunal de la Fe, al que continuamente vela en la defensa de las verdades infalibles, corresponde proteger una fábula, indigna de toda creencia? ¡Qué monstruosidad! aun cuando fuese verdadera la Historia, no correspondería a su dignidad (aunque por otro título pudiera) protegerla, porque la Dignidad está destinada a la protección de verdades de otra esfera más sublime; y sería más humillarla aplicarla a la defensa de una Historieta de ninguna importancia.

7. Lo de que como cobarde no me atreví a morder esa Historia, sino [185] desde el sagrado de una Cogulla, ¿qué querrá decir? Significa sin duda, que yo para morderla, sin incurrir la nota de cobarde, debía primero dejar la Cogulla, y apostatar del Hábito, que visto. Pues perdone el señor Don Bernardino, que aunque me tratase, no solo de cobarde, mas aun de Hereje, o Judío, no lo haría jamás; y si antes he mordido esa Historia desde el sagrado de la Cogulla, sin salir del mismo sagrado la he de morder más ahora, como su merced verá luego.

8. Llamo morderla más, (por usar de su bella frase) probar, que toda ella es una mal tejida patraña, con nuevas concluyentes razones, y éstas (para que tenga en ello más mérito) deducidas del mismo contexto de la Relación, que dio a luz. Notable inconsideración de Caballero no advertir, que los mismos rasgos, que estampa, están mostrando clarísimamente la falsedad de lo que publica. Apenas hay suceso en toda la Relación, que no peque algo de inverisímil. Mas por no cansar al Lector elegiremos solo algunos pocos capítulos, los que con más evidencia muestran la falsedad.

9. En la primera palabra de la Relación se encuentra una muestra clara de la impostura. La Historia está en forma de Carta, escrita, y dirigida del supuesto embustero al Cardenal de Quiroga, y empieza con la cortesía arriba, Eminentísimo Señor. Digo, que esta es una prueba ineluctable de que esa Carta es supuesta, porque en tiempo del Cardenal Quiroga, ni muchos años después, no se dio a los Cardenales el tratamiento de Eminentísimos. Murió dicho Cardenal el año de 1594, como se puede ver en la serie de los Cardenales, que trae Moreri, en la Edición del año de 25: Pero los Señores Cardenales no tuvieron el tratamiento de Eminencia, y Eminentísimos, hasta Urbano VIII, que les dio ese honor; y Urbano ascendió a la Silla Pontificia el año de 1623; veinte y nueve años después de muerto el Cardenal Quiroga, como todo se puede ver en el mismo Moreri, V. Cardenal, y V. Urbain VIII. El que los Cardenales antes de Urbano VIII solo gozaban los epítetos de Ilustrísimos, y Reverendísimos; y que dicho Papa les concedió el de Eminentísimos, es cosa que saben los niños de la Escuela. Con que el embustero Saavedra solo en profecía pudo tratar de Eminentísimo a aquel Cardenal. Y no hay que decir, que esta pudo ser una equivocación, o de quien copió, o de quien imprimió la Carta, porque en toda ella, siempre que le dirige con expresión lo que dice, que es muchas veces, es con el tratamiento de Eminentísimo, y V. Eminencia. Con que aquí no hay que pensar, o discurrir, sino que el impostor, que fingió dicha Carta, es muy posterior al tiempo en que suena escrita, y pensaba [186] el pobre, que era mucho más añejo en los Cardenales el epíteto de Eminentísimos. Vamos adelante.

10. Página 12 y 13 refiere que estando el Emperador Carlos V en Africa, fingió el mismo Saavedra una Carta de este Monarca a su hijo Felipe II, en que mandaba, se le diese a Saavedra una Encomienda de cuatro mil ducados de renta, que estaba vaca, como en efecto la logró, y gozó por espacio de diez y nueve años, hasta el día que se vistió de Cardenal en Sevilla, que entonces la traspasó a su Mayordomo por particular Decreto, que fingió de su Majestad; añade, que el Mayordomo la gozó otros diez y nueve años: y concluye así: Atribuyolo a particular juicio del Cielo, por estar esta Encomienda como añeja y perdida, según se supo después que yo fui preso, porque entonces se la concedió a su Majestad el Papa Paulo III.

11. Muy atrasado estaba en cosas de Cronología el que supuso esta Relación. Vamos ajustando cuentas. Dos veces estuvo Carlos V en Africa, la primera el año de 1535, en la Expedición de Túnez: la segunda el de 1541, en la de Argel. Demos, que el Autor de la Carta hable de la primera, que es para él lo más favorable. Contando desde el año de 1535 diez y nueve años, que gozó la Encomienda Saavedra, y otros diez y nueve que la gozó su Mayordomo, arribamos al año de 1573, y entonces fue cuando, según lo que acabamos de leer, prendieron a Saavedra, y despojando a su Mayordomo de la Encomienda, se la dio la Santidad de Paulo III al Rey de España. Ahora bien, Paulo III murió el año de 1549, según todos los Historiadores, como asimismo, según todos los Historiadores, fue la expedición de Carlos V a Túnez el año dicho de 1535. Con que dio al Rey la Encomienda Paulo III veinte y cuatro años después que murió. Conciérteme el señor Don Bernardino estas medidas.

12. Ni cabe el efugio de que fue equivocación de la pluma, o de la Imprenta poner Paulo III en vez de Paulo IV, o Paulo V, porque ninguno de estos Papas lo era el año de 1573, ni circum circa. Paulo IV murió el año de 1559, y Paulo V no subió al Solio hasta el de 1605: con que no hay por donde escapar.

13. Mas: Según lo que dice al fin del Escrito, seis meses después que se vistió de Cardenal, le prendieron; esto es, luego que se descubrió el embuste. Supónese, y él lo insinúa en la cláusula, que poco ha copiamos, que luego que le prendieron, despojaron a su Mayordomo de la Encomienda, dándosela el Papa al Rey. ¿Dónde hemos de poner, pues, los diez y nueve años, que dice gozó su [187] Mayordomo de la Encomienda? Pues ni aun caben para la posesión diez y nueve meses. ¿Quién no ve, que la trampa de la Encomienda se venía a los ojos descubierta la de la Legacía? Solo alguno, que escribiese durmiendo, pudo ser Autor de esta Carta. De otro modo, ¿cómo podía dejar de advertir una contradicción tan palpable?

14. A la pág. 16, y siguientes explica el arbitrio que halló para suponer las Letras Apostólicas, que le constituían Legado à Latere, y autorizaban para introducir el Tribunal de Inquisición en Portugal. Dice, que pasando a Madrid, encontró en Marchena a un Jesuita, que venía de Roma con un Breve de Paulo III, para fundar una Casa en España y dar principio a la Compañía de Jesús, y otra en Portugal: que el Padre le mostró a Saavedra el Breve; que éste tuvo modo para quedarse con él el tiempo que fue menester para copiarlo; y dicho Breve le sirvió de pauta para contrahacer forma de letra, estilo, y sello; del que luego fraguó para constituirse Cardenal, Legado à Latere; y en virtud del cual, aviandose luego de Cardenal, y Legado, después de la detención de pocos días en Sevilla, pasó a Badajoz, y de allí, escribiendo al Rey de Portugal, vencidas algunas dificultades, logró su entrada en aquel Reino.

15. Paremos aquí un poco: Este encuentro con el Jesuita en Marchena, fue, según se cuenta, el año de 1554, porque es preciso dejar pasar los diez y nueve, contados desde el año de 1535, que gozó la Encomienda, pues muy luego después de este encuentro, vistiéndose de Cardenal, la traspasó a su Mayordomo. Acabamos de ver, que el Jesuita, según la Relación, era el primero que vino a fundar Colegios de su Religión en España, y Portugal: de donde sale, que la Compañía ningún Colegio tuvo en España, ni Portugal, ni Fundador de él, hasta el expresado año de 1554. Pues ve aquí, que por mal del pobre Don Bernardino, que no reparó en dar a luz tan enorme tejido de patrañas, antes de dicho año tenían los Jesuitas en España, y Portugal muchos Colegios, habiendo recibido muchos años antes varios Fundadores. El primer Colegio que tuvieron los Jesuitas en nuestra Península, fue el de San Antonio de Lisboa, fundado por el P. Simón Rodríguez el año de 1541. El segundo el Conimbricense, fundado por el mismo Padre en 1542. El tercero el Complutense, fundado por el P. Francisco de Villanueva, que había venido del Conimbricense, año de 1543. El cuarto el de Valencia, fundado por el P. Antonio de Araoz; pero con caudales del P. Diego Mirón, y de su Padre. El quinto el de Valladolid, por el P. Pedro Fabro el año de 1545; pero no es la [188] misma fábrica, ni sitio de los que hay hoy en aquella Ciudad. Estas noticias son extraídas del P. Orlandino, Historiador de la Compañía, a quien están conformes todos los demás de aquella Ilustrísima Religión.

16. Fuera de esto en la misma parte del Escrito se repite el paracronismo de suponer a Paulo III vivo mucho tiempo después de muerto; y se añade al anacronismo de dar ya entonces por canonizado al Glorioso San Ignacio de Loyola, pues el Jesuita hablando con Saavedra, (pág. 19) le nombre nuestro P. S. Ignacio de Loyola, y es cierto que no lo fue, hasta muchos años después, se entiende beatificado por Paulo V el año de 1609, y canonizado por Gregorio XV el de 1622.

17. Mas es, que suponiendo, que el encuentro con el Jesuita fue el año de 1554, que es la cuenta que resulta, contando los diez y nueve años, que gozó Saavedra la Encomienda desde la expedición de Carlos V a Túnez, aun estaba entonces San Ignacio entre los mortales pues este Santo, según refiere su Compañero el P. Rivadeneyra, que sabía muy bien, no murió hasta el de 1559.

18. Pág. 22. dice, que el Jesuita habiéndole descubierto su ánimo de plantar la Inquisición en Portugal, y la habilidad que tenía de contrahacer todo género de letras, le animó a la empresa: El religioso (dice) viendo que en mí ni faltaba habilidad, ni industria, y sobre todo cantidad de maña, que ella sola bastaría para asistirme con la cantidad de maravedís, por tener genio de contrahacer firmas, y cualquier género de carácter, o letra; y supuesto que el Papa, Emperador, y cuantos Reyes había, tenía debajo de mi mano, dijo, que por qué no echaba la tijera, despachando los Poderes necesarios de parte de su Cesárea majestad el Señor Emperador, y de otros Príncipes, y de la Corte Romana.

19. Muy del caso serían los Poderes del Emperador, y de otros Príncipes para el Reino de Portugal, solo dependiente entonces de su particular Soberano. ¡Raro cerrar de ojos del señor Don Bernardino!

20. Pero todos los absurdos, contradicciones, y extravagancias, que hasta aquí he señalado, toleraría con más facilidad, que la que voy a notar ahora. ¿Es posible, que el señor Don Bernardino no tropezase en creer el desatino de que un Jesuita, que con Breve de su Santidad venía a dar principio a la Religión de la Compañía en España (comisión que necesariamente le supone muy sabio, y muy ejemplar) exhortase, y cooperase al enormísimo crimen de suponer Letras Apostólicas falsas? ¿Qué importa que el fin fuese bueno? ¿Ignoraría ese Padre la máxima fundamental: Non sunt facienda mala, unde veniant bona? [189] ¿Cómo es posible, que el que fingió esta Relación, no fuese un hombre extremamente tonto?

21. Pág. 39 dice, como puesto ya de Cardenal en Sevilla, con libramiento, y firma fingida del Marqués de Tarifa, Embajador a la sazón por España en Roma, cobró de su Mayordomo en aquella Ciudad treinta mil ducados. Vaya, que pudiese pegar el petardo. ¿Pero el Mayordomo dejaría de escribirlo luego a su Amo? ¿Este no le respondería, que tal libranza no había dado, ni tal Cardenal, ni otro con tal comisión había salido de Roma? ¿Pues esto, el Mayordomo no había de gritar el embuste, y descubrir a todo el mundo la maraña? ¿Pues cómo tardó después seis meses en ser descubierto, y esto únicamente por la diligencia de un Vicario del Lugar de Mora, como dice a lo último?

22. Omito otros muchos reparos, que califican la impostura, porque sobran los propuestos para convencer al entendimiento más preocupado. Con que lo que ganó el que dio a luz este Escrito, fue hacer mucho más evidente, que yo lo había puesto en mi sexto Tomo, ser suceso fabuloso el mismo, que pretende persuadir verdadero. Cierto que ocupó muy bien el tiempo, el cuidado, y la Prensa el señor Don Bernardino Antonio Ochoa de Arteaga.}


{Feijoo, Teatro crítico universal, tomo sexto (1734). Texto según la edición de Madrid 1778 (por Andrés Ortega, a costa de la Real Compañía de Impresores y Libreros), tomo sexto (nueva impresión, en la cual van puestas las adiciones del Suplemento en sus lugares), páginas 164-182-189.}